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martes, octubre 1, 2024
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Responde Tribunal burocrático a señalamientos de corrupción

Ante las suposiciones de que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, ha invadido la esfera de la autonomía del sindicato de burócratas, al validar tomas de nota en los cinco municipios y tomarse atribuciones de oficializar las mismas ante toda autoridad, incluso entrando en desacato por desobedecer a un Juez.

El propio Presidente, Ricardo Alberto Díaz Carrasco respondió que ha sido respetuoso y solo resolvió las tomas de nota que le presentaron en octubre del año pasado, reiteró que las tomas de nota surtieron efecto el 16 de octubre de 2018, y que la suspensión fue el 30 del mismo mes, por tal motivo son “legales”.

“La suspensión no impide como cualquier acto jurídico, la toma de nota tiene repercusiones en el tiempo, efectivamente con la toma de nota se adquiere la representación del sindicato o la titularidad, y por ende, los actos que deriven de la misma, no hay un, esos son los efectos de la toma de nota y no hay un asunto de suspensión que diga que diga que se deje sin efectos esa toma de nota”, refiere.

El servidor público en desconocimiento de la Ley de Amparo, dijo que las tomas de nota surtieron efectos a partir del 16 de octubre, sin embargo, pasó por alto la Ley, pues el Amparo 1172/2018 surtió efectos el 30 de octubre, el Artículo 17 de la Ley de Amparo manifiesta que el plazo para ampararse es de 15 días después de que entre en vigor el acto reclamado.

Además el Artículo 18 manifiesta que “los plazos a que se refiere el artículo anterior se computarán a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos, conforme a la ley del acto”.

“Literalmente como te lo comentaba ahorita, dice que se mantenga las cosas en el estado que actualmente guardan, al 30 de octubre. El 16 de octubre ya se había admitido la toma de nota y posteriormente dice que, para que las autoridades responsables Presidente Municipal, Director de Recursos Humanos y Presidente el Tribunal de Conciliación y Arbitraje se abstengan de realizar actos derivados de la toma de nota, nosotros no hemos derivado actos después de la toma de nota”, confirmó.

El Amparo fue presentado en tiempo, a los 11 días hábiles, 4 días antes del plazo, entonces se suspendió las tomas de nota, pese a ello, el Presidente si ha desacatado la orden del Juez al reafirmar en los escritos que las tomas de nota son legales, siendo el acto suspendido por el Amparo.

“Ojo aquí hay una cosa que es lo que está ahorita, a lo mejor en controversia, al estar así limitada la suspensión, las demás autoridades responsables, al no haberse dejado sin efecto la toma de nota, no tienen impedimento no, las autoridades responsables, las autoridades que no fueron señaladas como responsables, que no fueron llamadas a juicio en el Juicio de Amparo en realidad no tendrían por qué tener la obligación aclaro es la opinión mía”, defendió.

Pero sin acudir a ningún actor político, sindical, ni judicial, pero sí consultando un experto en derecho laboral, quien afirma que en la Suspensión de Amparo Indirecto “no es necesario que se señale como responsable a la autoridad encargada de llevar a cabo su ejecución”.

En cuanto a la falta de cumplimiento a la orden del Gobernador del Estado, Carlos Mendoza Davis sobre cumplir con su declaración Patrimonial, Fiscal y de Intereses en forma, dijo que ya le llamaron la atención al ver la publicación de ZETA, por tanto quedaría resuelto el “error involuntario”.

 

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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