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martes, mayo 7, 2024
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Casos de maltrato animal deben pasar de lo mediático

Más allá de la estela mediática que sigue a un caso de maltrato o crueldad animal, están los resultados que ha dejado la penalidad del hecho después de siete meses de haberlo integrado al Código Penal de Baja California: de noviembre del 2014 a julio del 2015, son nueve averiguaciones previas iniciadas en la Procuraduría General de Justicia del Estado y una sentencia. Según los datos otorgados por la fiscalía estatal, siete de las investigaciones iniciadas aún están en integración y dos han sido consignadas a algún juzgado. Una de ellas es la del caso del restaurante de comida china Lo Yen City, en cuya cocina se encontró un perro degollado y listo para ser guisado. La otra corresponde al caso de Juan Antonio Robledo Magallanes y Mauro Arrillaga Mayahua, acusados de abuso constante contra perros callejeros en la colonia Salvatierra. El artículo 342 del Código Penal para el Estado de Baja California tipifica como maltrato animal conductas crueles como lesiones, mutilaciones, tortura, sadismo, zoofilia y demás que produzcan sufrimiento, agonía prolongada o la muerte de un animal, delito que se castiga con una pena de 3 meses hasta 2 años de prisión. Al tratarse de un delito que se persigue de oficio, el Ministerio Público está obligado a iniciar una investigación en cuanto conoce un asunto, pero uno de los lastres de cada averiguación es la falta de testigos directos, apunta el subprocurador de justicia en Tijuana, Jorge Alberto Álvarez Mendoza. “La mayoría de las denuncias derivan de un video o una imagen que la gente sube a redes sociales, se hacen los peritajes de los videos, se analizan y se agregan al expediente y se trata de ver en el lugar de los hechos, buscar testigos para que nos hagan el señalamiento y obviamente también tomar la comparecencia de los responsables”. La conducta de Robledo Magallanes y Arrillaga Mayahua, se dio a conocer precisamente a través de un video difundido a través de redes sociales, en el que queda constancia de como Robledo azota y patea a un perro hacia el interior de una cisterna. Vecinos de los indiciados manifestaron que este tipo de comportamiento era común entre ellos, llegando incluso a matar a otros animales. Tanto Robledo como Arrillaga fueron detenidos el 29 de junio en posesión de dos paquetes de marihuana por elementos de la Policía Municipal de Tijuana, por lo que fueron presentados ante el Ministerio Público del Fuero Común por la probable comisión de delitos contra la salud. En otra grabación realizada al momento de su detención, Robledo justifica su actuar diciendo que el perro en el video intentó morderlo en tres ocasiones. “Tenían lesiones en la cabeza, como golpes, pero no necesitaron ser internados en la veterinaria. Tienen cicatrices de golpes en el cuerpo, de golpes antiguos”, detalló Carmen Villarreal, representante de ProvidAnimal, acerca del par de perros recuperados. La denuncia quedó asentada en la averiguación previa 4234/15/206, la cual inició sin detenidos, esto porque los presuntos responsables se encontraban consignados por otro ilícito. Álvarez Mendoza considera que a pesar de lo reciente de esta reforma, el tipo penal no dificulta la comprobación del ilícito, y que si bien la mayoría de las averiguaciones siguen integrándose, esto se debe a que solo cuentan con videos y no con un dato claro acerca de la identidad de los responsables; el lugar y momento de la comisión del delito y el porqué de la falta de testigos. A manera de conclusión, señala que en la medida en que se logre castigar a los responsables de estas conductas es que el maltrato animal dejará de darse, e invitó a quien tenga conocimiento de un caso de maltrato animal a informar de manera inmediata al Ministerio Público.   Animalistas opinan “Este tipo de casos son muy útiles para que la ciudadanía se dé cuenta que la reforma penal que se aprobó en noviembre de 2014 es una realidad, que el maltrato animal es delito en Baja California y que es muy importante que la ciudadanía denuncie, que las denuncias no son por teléfono, tienen que ser personalmente ante el Ministerio Público”, agrega la abogada Villarreal. Recomendó que en caso de denunciar crueldad animal, no basta con llamar al 066, pues es necesario documentar el hecho con fotografías o videos, y no esperar a que las organizaciones sean quienes denuncien formalmente. Como resultado de la reforma al Código Penal, Villarreal aseguró que existe una sentencia por el delito, obtenida en enero de 2015, en que al responsable solo se le imputó la penalidad mínima por matar a un perro chihuahua frente a su familia, además de un precedente, anterior a la tipificación de crueldad animal, en que a una mujer se le condenó a 6 meses de prisión por matar a un par de gatos, integrándose el delito de daño a propiedad ajena. Gabriel Pérez Kim, presidente de Abogados Animalistas de México (AAOFMEXICO) en Tijuana, considera que la penalidad “debe ser más severa”. “El mismo gobierno captura y mata perros”, señaló el activista, por lo que argumenta que el discurso que se pretende dar es incongruente y que no basta con la tipificación del maltrato o crueldad animal como medida preventiva. El siguiente paso en la lucha de los animalistas es “la eliminación de los antirrábicos como medios de educación y control animal”, sostiene. “Éstos han sido un fracaso porque el capturar y matar te fomenta el abandono, la irresponsabilidad y la crueldad hacia los animales. Por un lado tenemos la reforma del código penal, multando y hasta con tres meses a 2 años de cárcel, y por otro lado tenemos licencia para matar en los antirrábicos y en las corridas de toros…no hay un criterio aceptable”, refiere. Aseguró se trabajará con el Estado y el municipio para cambiar la política de captura y matanza por una de unidades de esterilización, como ya se ha aplicado en el Estado de Sinaloa, pues dice que es la única entidad en el país en la cual no se mata en los antirrábicos, avance que también se presenta en el condado de San Diego, si bien el problema no tiene las mismas dimensiones en la ciudad vecina. El activista dice que la mejor medida preventiva para estas situaciones es una mayor efectividad del órgano procurador de justicia y del sistema judicial en la investigación y castigo de este delito. Considera que entre los animales domésticos, se encuentran expuestos al maltrato por igual, ya sean domiciliados, ‘semidomiciliados’ o callejeros. “Una sociedad y un gobierno que respetan a los animales domésticos y aun a los animales que se van a consumir dándoles una muerte rápida e indolora, entonces tendremos también respeto por nuestro prójimo, por nuestro vecino y por todos los seres humanos”, concluyó.   Panorama Nacional Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) publicados en 2014, en México habitan más de 18 millones de perros, de los cuales solo el 30 por ciento tienen dueño, el resto viviendo en las calles por abandono o por haber nacido en las mismas, estadística que no toma en cuenta a los gatos como otro animal doméstico común. Con 70 por ciento de su población canina viviendo en la calle, México se posiciona como el tercer lugar a nivel mundial en este rubro. El delito de maltrato animal no se encuentra legislado en la totalidad del país, siendo que solo se castiga este tipo de conducta en los estados de Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Aguascalientes, Querétaro, Chihuahua, Colima, Guanajuato, San Luis Potosí, Jalisco, Puebla, Nayarit, Yucatán, Quintana Roo, Puebla y el Distrito Federal. De estos estados el que castiga con mayor dureza esta conducta es Coahuila, con hasta 9 años de prisión, mientras que en Guanajuato la penalidad máxima es de 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad y hasta 100 días multa.


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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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