19.3 C
Tijuana
martes, junio 16, 2026
- Publicidad -

Contenidos sobre

Constitución General de la República

Responsabilidad médico-legal

Las penas que se imponen a los usurpadores de Profesiones: Quienes sin tener título profesional ejerzan alguna profesión reglamentada, según el Código Penal Federal en su numeral 250 Fracción II incisos del A al B, corresponden a pena de prisión de 1 a 6 años al usurpar cualquier profesión.
- Advertisement -

- Últimas Noticias

- Advertisement -