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lunes, octubre 7, 2024
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Constitución General de la República

Responsabilidad médico-legal

Las penas que se imponen a los usurpadores de Profesiones: Quienes sin tener título profesional ejerzan alguna profesión reglamentada, según el Código Penal Federal en su numeral 250 Fracción II incisos del A al B, corresponden a pena de prisión de 1 a 6 años al usurpar cualquier profesión.
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