Lo más ofensivo es que la circular excluye únicamente a las unidades administrativas de oficinas centrales, jurisdicciones sanitarias, laboratorio estatal y la Comisión de Riesgos Sanitarios. ¿Cuántos trabajadores son esos? ¿Para qué sirve entonces ISESALUD y la Secretaría de Salud del Estado si su personal operativo fue transferido sin garantías? Esta omisión no es técnica: es política, jurídica y profundamente humana.
Las nuevas reglas establecen tres modalidades de apoyo: fortalecimiento de MIPYMES, promoción de inversión y proyectos estratégicos. Pero muchas de estas líneas de acción (infraestructura urbana, seguridad, educación) son funciones propias del gobierno. ¿Por qué canalizar recursos fiscales a través de un fideicomiso para ejecutar políticas públicas que ya tienen presupuesto asignado? La contradicción es profunda.
. Mientras tanto, los hospitales carecen de insumos básicos, los programas preventivos no operan y los pacientes en estado crítico, como quienes luchan contra el cáncer, enfrentan un desabasto y en otros casos un acceso incierto.
Nos prometieron una nueva justicia. Con jueces electos por voto popular, se dijo que la legalidad estaría más cerca del pueblo. Que no habría nepotismo, que las sentencias serían rápidas, que el sistema judicial se regeneraría desde adentro.
Asimismo, la nueva Ley de Transparencia obliga a resolver solicitudes en 20 días hábiles más 10 de prórroga. Solo las primeras 20 hojas se entregan sin costo, salvo algunas excepciones a criterio de las Unidades de Transparencia. Se amplía la discrecionalidad de las Autoridades Garantes al calificar la reserva o confidencialidad.
La justicia en Baja California ha cambiado de rostro. El 1 de septiembre de 2025, el Congreso del Estado celebró una sesión extraordinaria en la que 148 jueces y 24 magistrados rindieron protesta, incluyendo al nuevo Tribunal de Disciplina Judicial. El acto fue solemne, pero la solemnidad no basta. La justicia no se mide en ceremonias, sino en hechos. Y los hechos, hasta ahora, son incómodos.
En Baja California, el Congreso analiza una reforma que busca sancionar el uso ilícito de cámaras en vía pública, práctica conocida como “halconeo”. La iniciativa, presentada por el Ejecutivo estatal, propone modificar el artículo 317 TER del Código Penal para castigar con hasta ocho años de prisión a quienes instalen sistemas de videovigilancia con fines delictivos.
El decreto, sin embargo, omite por completo a los órganos establecidos por la Ley de Seguridad Pública del Estado: el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública Estatal y los Comités Ciudadanos Municipales.
Estos vacíos evidencian que la mejora técnica no corrige la fragilidad normativa: sin atribuciones activables, defensa jurídica ni proporcionalidad operativa, la corresponsabilidad sigue siendo declarativa, no funcional.
En Mexicali, el calor no es una cifra meteorológica: es un umbral de riesgo. Cada verano, las temperaturas superan los 50 grados Celsius, y el suministro eléctrico deja de ser una prestación técnica para convertirse en garantía vital.