La presidenta Claudia Sheinbaum firmó la reforma constitucional que establece como requisito obligatorio contar exclusivamente con la nacionalidad mexicana para quienes aspiren a la Presidencia de la República, gubernaturas estatales o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La medida legal, que modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Carta Magna, entrará en vigor de cara al proceso electoral de 2028.
El decreto se formaliza tras concluir el trámite legislativo en el Congreso de la Unión —donde obtuvo la mayoría calificada en ambas cámaras— y recibir el aval de 22 congresos estatales que integran el constituyente permanente.
“Hoy firmamos el decreto ya aprobado por el Senado, por mayoría calificada, por la Cámara de Diputados, por mayoría calificada, y por los congresos estatales, es decir, el constituyente, de que ningún presidente o presidenta, gobernador o gobernadora pueden tener doble nacionalidad. ¿Qué significa esto? Ahora Luisa María nos lo va a explicar: a partir del 2028, quien quiera postularse al cargo de gobernador o gobernadora, jefa de gobierno, jefe de gobierno, presidente o presidenta de la República, sólo puede ser mexicano. De eso se trata este decreto”, explicó.
EL ALCANCE OPERATIVO Y LOS REQUISITOS DE RENUNCIA ANTE EL INE
La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, detalló los procedimientos que implicará la aplicación de la norma. La funcionaria puntualizó que la reforma no limita los derechos de la ciudadanía general para poseer dos o más nacionalidades, sino que restringe dicha condición exclusivamente para los perfiles que busquen ocupar las titularidades de los poderes ejecutivos federal y locales.
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Bajo este esquema, los aspirantes que posean una segunda nacionalidad deberán tramitar y concluir la renuncia a esta antes de solicitar formalmente su registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE).
“Establece como requisito necesario para toda persona que quiera registrarse como candidato, candidata para ser Presidente o Presidenta de la República, gobernador o gobernadora, jefe o jefa de Gobierno, tendrá necesariamente, previo al registro del INE, de contar con doble nacionalidad, renunciar a ella”, dijo.
PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL Y REGLAMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
La consejera jurídica indicó que el decreto será publicado durante la edición vespertina en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para dar cumplimiento formal a los tiempos constitucionales. Asimismo, reconoció que el gobierno federal deberá emitir lineamientos reglamentarios en el corto plazo para definir los mecanismos institucionales del trámite.
El proceso de dimisión a una nacionalidad extranjera no será competencia únicamente de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en territorio nacional, sino que requerirá gestionar los procesos legales correspondientes ante las autoridades del país de origen de la segunda ciudadanía, estableciendo un procedimiento administrativo que complementará la nueva normativa electoral.





