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lunes, octubre 19, 2026
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El Kado, sin imputaciones relevantes

A casi dos meses y medio de que fue detenido en Yucatán, el presunto narcotraficante Héctor Manuel Gil García, alias el Kado, el Kazador o el Ka2ador, sólo enfrenta un proceso penal por delitos de poca monta que en poco tiempo podrían ser revertidos legalmente por su defensa, pues a la fecha ni el Gobierno Federal ni el de Baja California han ejercitado acción penal en su contra por acciones graves que se asegura ha cometido en el Noroeste del país, al calificarlo como generador de violencia y autor de extorsiones y otros crímenes.

En días pasados, como lo informó ZETA, el Tribunal Colegiado de Apelación del Decimoquinto Circuito, con residencia en Tijuana, decretó el sobreseimiento de la causa penal 118/2016 instruida en contra del Kado en esta frontera, al determinar que operó en su favor la prescripción de la acción penal por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, ilícito que databa desde hace más de 10 años.

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La resolución emitida en el toca penal 477/2026 revocó el auto de vinculación a proceso dictado por la Jueza de Control Especializada en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en Tijuana y ordenó girar el oficio de libertad del imputado al reclusorio donde se encuentra internado. Sin embargo, el fallo judicial de segunda instancia no se tradujo en la excarcelación del imputado, quien continuará privado de la libertad en el Centro de Reinserción Social de Mérida, en Yucatán, debido a que enfrenta un proceso por delitos contra la salud, portación de arma de fuego de uso reservado y posesión de cartuchos.

Identificado por las corporaciones de seguridad del Grupo Coordinación de Baja California como presunto operador operativo y financiero del Cártel Arellano Félix, Gil García fue asegurado en la entidad yucateca en julio pasado en un operativo conjunto instrumentado por fuerzas federales. Tras su ingreso al centro penitenciario de Mérida, la defensa del procesado presentó una demanda de amparo para evitar el traslado hacia algún penal de Baja California o centro federal de readaptación social del país.

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A pesar de las acciones emprendidas para evitar su reubicación penitenciaria y de haber obtenido la extinción de la causa penal tramitada en Tijuana, la situación jurídica de Gil García se mantiene supeditada a las actuaciones judiciales adscritas al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Yucatán.

 

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LA DETENCIÓN

La aprehensión de Héctor Manuel Gil García ocurrió el 22 de julio de 2026 durante una intervención desplegada en el estado de Yucatán por elementos de la Secretaría de Marina, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la Fiscalía General de la República. De acuerdo con los informes oficiales remitidos por las corporaciones participantes, la captura derivó de trabajos de inteligencia e intercambio de información procesada entre autoridades mexicanas y agencias del Gobierno de los Estados Unidos de América, entre ellas la Administración de Control de Drogas y la División de Investigaciones de Seguridad Nacional del Departamento de Seguridad Nacional.

Los hechos asentados en el Parte Policial Homologado establecen que la intervención operativa se concretó momentos previos a las 20:20 horas en el estacionamiento de una tienda de conveniencia OXXO ubicada junto a una estación de servicio Pemex, a la altura del kilómetro 21 de la Carretera Federal 180, en el municipio de Kanasín, Yucatán. Los agentes captores localizaron a Gil García en compañía de su esposa a bordo de una camioneta tipo SUV marca GMC Yukon Denali, color negro, modelo reciente, que portaba placas de circulación del estado de Quintana Roo.

Al momento de realizar la inspección corporal al sospechoso, los agentes federales detectaron a la altura de su cintura, del lado izquierdo, un arma de fuego tipo pistola calibre .380, marca Springfield Armory, modelo Hellcat, provista de un cargador abastecido con un cartucho útil del mismo calibre. Durante la revisión practicada al vehículo, en la cajuela destinada a las herramientas de emergencia, las autoridades aseguraron dos cartuchos adicionales calibre .223 y 7.62 milímetros, una bolsa plástica transparente con 490 gramos de clorhidrato de metanfetamina, un paquete confeccionado con marihuana con peso de 4.5 kilogramos, una báscula gramera digital y diversas bolsas sintéticas de color azul utilizadas para la dosificación.

Reportes de inteligencia militar y policial detallan que la presencia de Gil García en la Península de Yucatán respondía a una red de protección operacional encabezada por Isaac Ripa Bárcenas, alias el Ripa o el Parri, sujeto identificado en los registros del Grupo Coordinación de Baja California como integrante de la estructura del Cártel Arellano Félix desde 2010. Las indagatorias señalan que el imputado se trasladó al Sureste mexicano tras un distanciamiento con agencias estadounidenses con las que mantuvo contacto como fuente confidencial entre 2020 y 2023, relación que se fracturó tras episodios de violencia registrados a principios de 2024 en el condado de San Diego, entre ellos el homicidio de su socio Christian Espinoza Silver, alias el Chato, en University City, y el posterior ataque armado contra Bryan Corona, el Apache, en Chula Vista.

 

CAUSA PENAL AÑEJADA

El antecedente penal en Baja California que originó la reciente resolución de sobreseimiento se remonta a agosto de 2016, cuando elementos de corporaciones policiales locales interceptaron al Kado en inmediaciones del fraccionamiento Chapultepec, en Tijuana. En aquella intervención, policías aseguraron al sujeto un arma de fuego corta tipo escuadra, un cargador metálico y dos cartuchos útiles. Puesto a disposición del Ministerio Público de la Federación, le fue dictado un acuerdo de libertad en virtud de que el delito de portación de arma de fuego no ameritaba prisión preventiva oficiosa y el imputado acreditó de manera suficiente su arraigo domiciliario en la localidad.

No obstante la medida cautelar concedida en primera instancia, la delegación estatal de la Fiscalía General de la República (FGR) mantuvo integrada la averiguación previa y solicitó formalmente al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Baja California fijar fecha y hora para la celebración de la audiencia inicial de formulación de imputación dentro de la causa penal 118/2016. Tras ser notificado en reiteradas ocasiones en el domicilio registrado en autos, Gil García no compareció ante el órgano jurisdiccional, motivo por el cual la jueza de control dictó el acuerdo de sustracción de la acción de la justicia y libró la correspondiente orden de aprehensión en su contra.

El mandato de captura permaneció sin ejecutarse durante un periodo de diez años hasta el mes de julio de esta anualidad, cuando agentes de la Policía Federal Ministerial notificaron y cumplimentaron la orden en reclusión al interior del Centro de Reinserción Social de Mérida, donde el imputado se encontraba internado tras su detención. En la continuación de la audiencia inicial celebrada mediante el sistema de videoconferencia, el MPF obtuvo el auto de vinculación a proceso por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, la medida cautelar de prisión preventiva justificada dentro del reclusorio yucateco y un plazo de dos meses para el cierre de la investigación complementaria.

Disconformes con la resolución de primera instancia, los defensores particulares de Gil García interpusieron el recurso de apelación, dando origen al toca penal 477/2026 del índice del Tribunal Colegiado de Apelación del Decimoquinto Circuito, con residencia en Tijuana, bajo el argumento –válido- de que, desde la fecha de los hechos e inicio de las actuaciones procesales promovidas por la representación social había transcurrido en exceso el plazo previsto en la norma penal para la persecución del ilícito. El 1 de octubre reciente, los magistrados del tribunal de alzada declararon fundados los agravios, revocaron el procesamiento y ordenaron el sobreseimiento definitivo de la causa por extinción de la potestad punitiva del Estado.

Foto: Cortesía

PROCESO YUCATECO

Aunque la jueza de origen emitió el oficio de libertad para el Kado, el recluso permanece privado de la libertad en Mérida. La causa penal 93/2026, radicada en el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Yucatán, mantiene procesado a Héctor Manuel Gil García. En la audiencia inicial celebrada el 25 de julio de 2026 y su continuación del 30 siguiente, la jueza de control federal resolvió vincular a proceso al imputado por los delitos de portación de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, posesión de cartuchos de uso reservado y delitos contra la salud en la modalidad de posesión de clorhidrato de metanfetamina y Cannabis sativa L. con fines de comercio. La esposa también fue vinculada, exceptuando la portación de la pistola. Ambos quedaron en prisión preventiva.

Frente al auto de procesamiento, la defensa particular promovió el recurso de apelación ante el Tribunal Colegiado de Apelación del Decimocuarto Circuito, con residencia en Mérida. Los defensores alegaron inconsistencias procesales en el Informe Policial Homologado, imprecisiones en las coordenadas geográficas del sitio de la detención y presuntas violaciones a la cadena de custodia en el embalaje del armamento y los narcóticos. Asimismo, sostuvieron la ausencia de elementos probatorios directos para acreditar la finalidad de venta de las sustancias aseguradas y criticaron la falta de individualización de la conducta imputada a la coimputada.

El 4 de septiembre de 2026, el tribunal de alzada, bajo la ponencia de la magistrada Guadalupe Belem Lobato Rodríguez y con el voto unánime de la magistrada Yazuri Aracelly Arias Raz y del magistrado Óscar Rodríguez Álvarez, confirmó el auto de vinculación a proceso. El fallo colegiado estableció que las variaciones documentales señaladas resultan intrascendentes en esta etapa inicial y que la cantidad de droga, la presencia de la báscula gramera digital y la falta de condición de adictos de los detenidos constituyen indicios congruentes que permiten inferir razonablemente la finalidad de comercialización de los estupefacientes asegurados por las fuerzas policiales federales.

La resolución judicial ratificó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa dentro del reclusorio de Mérida. En tanto no concluya la etapa de investigación complementaria y se desahogue el juicio oral correspondiente, Gil García mantiene la condición jurídica de procesado, de manera que en su favor rigen plenamente las garantías procesales establecidas por la norma constitucional de la República.

 

INVESTIGAN EN B.C.

Más allá de los expedientes delictivos judicializados, las evaluaciones del Grupo Coordinación de Baja California clasifican a Héctor Manuel Gil García como uno de los principales generadores de violencia en los municipios de Tijuana, Ensenada y Playas de Rosarito. Informes institucionales de seguridad lo ubican como líder de células operativas adscritas a la estructura del Cártel Arellano Félix, atribuyéndole el control de zonas estratégicas para el trasiego transfronterizo de drogas, cobro de piso y extorsiones. Pese a esta clasificación en las mesas de seguridad regionales, durante una década no existieron órdenes de aprehensión libradas en su contra por delitos de alto impacto en la entidad.

La relevancia de Gil García en la cúpula criminal se incrementó a mediados de 2025, tras la detención de Pablo Edwin Huerta Nuño, alias el Flaquito, concretada el 17 de junio de ese año. A partir de ese evento, las autoridades de seguridad identificaron al Kado como uno de los virtuales sucesores en la conducción de las actividades ilícitas de la organización criminal, junto con los hermanos Ruiz Rayas y Emanuel Rubio, alias el Disney. Reportes de inteligencia señalaron que Héctor Gil asumió el mando directo de células encargadas de ejecutar purgas internas en la delegación San Antonio de los Buenos, en Tijuana, y en las colindancias con el municipio de Playas de Rosarito, ordenando agresiones armadas contra sus propios subordinados, entre ellos, hechos atribuidos a su subalterno Jesús Antonio Rodríguez Navarro, alias el Polar, para evitar deserciones hacia grupos rivales.

Los registros de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana documentan la presencia operativa de Gil García en la zona rural de Ensenada desde mediados de 2023. El 23 de julio de ese año, la Fiscalía General del Estado reportó la colocación de una manta con mensajes amenazantes en la delegación Francisco Zarco, en la Ruta del Vino, firmada con el seudónimo “El Ka2ador del CAF”, anunciando disputas territoriales contra facciones contrarias. Cuatro días después, el 27 de julio de 2023, el imputado evadió un operativo de persecución realizado por elementos de la Guardia Nacional en el poblado de San Vicente, tras ser transportado y custodiado por elementos de la propia FGR.

Las investigaciones integradas por la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) establecen líneas de indagación abiertas por homicidio y delincuencia organizada. Las autoridades federales atribuyen a la estructura encabezada por el procesado, operaciones de tráfico masivo de fentanilo, metanfetamina y cocaína hacia Estados Unidos, así como la articulación de actividades de extorsión a comerciantes y empresarios en la franja costera de Baja California. Sin embargo, estas imputaciones formuladas por las corporaciones de seguridad no se han presentado formalmente ante los juzgados de control competentes para la emisión de las correspondientes órdenes de aprehensión.

Adicionalmente, reportes institucionales de inteligencia señalan que las carpetas de investigación integradas en la Ciudad de México recaban testimonios para sustentar las imputaciones sobre la cúpula directiva de la organización delictiva en la franja de la región fronteriza. Hasta ahora, en favor de Héctor Manuel Gil García prevalece el principio constitucional de presunción de inocencia, en términos del artículo 20, Apartado B, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales de la República.

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