Luis Adán “N”, identificado como “El 500”, fue vinculado a proceso el día de ayer, viernes 9 de octubre, por su presunta responsabilidad en los delitos de posesión de droga y portación de arma de fuego.
Identificado en la Mesa de Seguridad como quien estaba a cargo del control del narcomenudeo y la narco-guerra del Cártel de Sinaloa contra el Cártel Jalisco Nueva Generación en Tijuana y Tecate, “El 500” fue detenido el 3 de octubre.
La resolución de vincularlo a proceso tuvo lugar en audiencia celebrada en el Poder Judicial de la Federación en Tijuana, en la que además de los representantes de la Fiscalía General de la República y los abogados defensores participaron tres testigos, quienes fueron interrogados por ambas partes.
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Para solicitar la vinculación a proceso la Fiscalía se sustentó en la versión de las autoridades a cargo de la detención, consistente en que el imputado fue detenido en la vía pública; en tanto que los defensores sostuvieron que la aprehensión se ejecutó en el domicilio de Luis Adán (en Rosarito), de manera irregular y sin que poseyera droga y portara un arma de fuego.
El juez de Distrito Luis Manuel Cota aseguró que ambas versiones eran “altamente creíbles”. Sin embargo, explicó, los datos de prueba aportados por la defensa no fueron suficientes para desacreditar la versión de la Fiscalía, sustentada en el Informe Policial Homologado.
“No resulta tan tajante vulnerar la versión de los agentes”, remarcó.
Dijo no encontrar un factor lógico en cuanto a que la autoridad supuestamente actuó en contra del Luis Adán ingresando a su domicilio.
Para determinar el auto de vinculación el juez estableció que en primer término se cumplió con los requisitos de formular la imputación, darle la oportunidad a Luis Adán de declarar y solicitar la apertura del proceso.
Mencionó que la inspección pericial arrojó que sí había de por medio 527 gramos 400 miligramos de metanfetamina y un arma de fuego Smith and Wesson calibre 40; y que también se contaba con la inspección del lugar exacto de la detención (calle Tula colonia Villas de Costa Rica Playas de Rosarito), así como del vehículo en el que se habría encontrado a Luis Adán en posesión del narcótico y portación de la pistola.
También expuso que uno de los testigos, identificado como Rosendo, no indicó haber escuchado los gritos de auxilio que supuestamente profirió Luis Adán ante el ingreso referido de los aprehensores.
En un momento de la audiencia Luis Adán deploró la detención, según él ejecutada de forma indebida y con el antecedente de haber estado dos años tres meses en prisión a raíz de que en 2023 fuera aprehendido (por elementos de la Fiscalía General del Estado y como probable responsable de ejecutar a un elemento de la Agencia Estatal de Investigación en Tijuana).
“En relación al incidente anterior, yo no lo pondero. Yo no puedo ponderar que en esencia haya tenido un problema anterior”, puso de manifiesto el juez de distrito.
El imputado, además, aseguró que los agentes que habrían ingresado a su domicilio lo golpearon.
“Su defensa pretende que yo determine que sí hay tortura y que nulifique el actuar de la autoridad”, observó el juez, quien expuso que el mecanismo para acreditar semejante práctica debía aprobarse por las vías legales idóneas.
“La Corte dijo que el tema de la tortura debe impactar el tema procesal y el administrativo para poder determinar debe realizarse un vasto (número) de pruebas”, expuso y refirió que en todo caso ese aspecto se esclarecería a lo largo del proceso (con lo que ya estaba anticipando la resolución a tomar). Informó que daría vista a la Comisión de Derechos Humanos.
Remarcó que en vista de que el testigo identificado como Rosendo no aseguró que haya visto a Luis Adán siendo detenido en su domicilio, sino que tan solo dijo que habría podido tratarse de él por la voz que percibió, no podía echarse abajo la versión de que fue detenido en la vía pública.
También participó en calidad de testigo un perito identificado como Sor Ivabelle. De entrada, el juez dijo que ese participante no se ocupó de inspeccionar el lugar de la detención que marcó el Informe Policial Homologado, para revertir la versión de la autoridad.
Agregó que aun cuando incluyó una fotografía (publicada el 3 de octubre por ZETA con motivo de la detención de Luis Adán), en un intento de probar que la aprehensión procedió al interior del domicilio del imputado, no pudo establecer en qué lugar y cuándo fue tomada.
Observó que la esposa del imputado, quien igualmente participó como testigo, refirió que la foto la tomó un periodista. De ahí que, el juez, hiciera notar que en ningún momento el testigo de nombre Rosendo hablara de la presencia de medios de comunicación en el domicilio de Luis Adán.

Aludió a un USB que la esposa del imputado entregó a los abogados defensores, con un video de la privada en que ella y Luis Adán habitaban, en el que se mostró cámaras de vigilancia con los cables desprendidos y la puerta de la residencia averiada supuestamente por el ingreso forzado de los aprehensores. El dispositivo también contenía fotografías de la misma vialidad y el material fotográfico publicado por este semanario; apareciendo el imputado en una foto presuntamente tomada al interior de su domicilio el día de la detención.
Durante su participación la cónyuge aceptó que una vez que entregó el USB a los abogados, estos agregaron material.
“Todo lo que trajo de videos está manipulado”, señaló el juez.
En cuanto a las cámaras desprendidas cuestionó que los abogados no hubieran intentado rescatar el contenido del supuesto ingreso de los agentes a la privada. “La información que se está grabando a dónde se va. De la nube nunca se borra”, manifestó.
También afirmó que mientras que Luis Adán dijo que algunos de sus aprehensores iban encapuchados, su cónyuge refirió que todos.

Recalcó que los agentes sustentaron su versión de que los hechos tuvieron ocasión en la vía pública.
También recordó que durante la participación de los testigos quedó constancia de que a través de los vidrios del vehículo de Luis Adán, con todo y estar polarizados, se podía ver hacia el interior de la unidad. Ello a propósito de la presunción de la autoridad de que una persona advirtió a los agentes que un individuo es encontraba en portación de un arma al interior de un automóvil.
Teniendo en cuenta que no se desacreditó la versión de los agentes, “voy a llegar a la conclusión de que alguien poseyó el narcótico y portó el arma”, asentó el juez,
Arguyó que los datos de prueba aportados por la fiscalía fueron “suficientes para generar una presunción”.
Habiendo iniciado la audiencia minutos antes de las 16:00 horas, el juez emitió el auto de vinculación a las 23:15.
La fiscalía solicitó un mes como plazo para llevar a cabo la investigación complementaria, solicitud con la que estuvo de acuerdo la defensa. De tal suerte que la próxima audiencia quedó programada para el 9 de noviembre.
Luis Adán, quien a raíz de su detención, ejecutada el 3 de octubre, ya se encontraba recluido, permaneció en prisión preventiva oficiosa por disposición del juez.





