El Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito confirmó la sentencia condenatoria de 15 años de prisión dictada en contra de Jesús N., por el almacenamiento, distribución e intercambio de material fotográfico con contenido explícito y de exhibicionismo corporal de personas menores de edad a través de redes sociales.
La resolución judicial emitida desestimó los agravios presentados por la defensa pública del imputado y dejó firme la pena privativa de la libertad, la sanción económica equivalente a dos mil días de multa e indemnización para la reparación del daño de las víctimas.
De acuerdo con las constancias de la investigación iniciada en diciembre de 2022, los hechos delictivos se registraron en el periodo comprendido del 10 de marzo al 21 de diciembre de ese mismo año.
Durante ese lapso, el ahora condenado, de 40 años de edad en la época de comisión del delito, y residente del municipio de La Paz, utilizó una cuenta personal en la plataforma Facebook para almacenar y enviar mediante mensajes privados un catálogo de imágenes digitales donde aparecían al menos 20 niños y adolescentes.
Los peritajes médicos e informáticos desahogados en el proceso determinaron que once de los menores eran expuestos en actos sexuales explícitos, mientras que en otros seis casos se registraban capturas de exhibicionismo corporal con fines sexuales, acompañadas de conversaciones escritas de connotación pedófila.
El origen de las indagatorias derivó del reporte fortuito realizado por un ciudadano que prestó un equipo de cómputo de su propiedad al imputado para ayudarlo en la búsqueda de empleo.
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Al ingresar a la vivienda para cerrar la puerta y colgar las llaves, el propietario observó que la pantalla de la computadora permanecía encendida y sin clave de acceso, mostrando conversaciones abiertas de la red social donde se apreciaban fotografías de niños sin ropa
Ante el temor de que se tratara de una conducta ilícita o que pudiera poner en riesgo a sus propias hijas menores de edad que convivían con el visitante, el testigo acudió de inmediato ante las autoridades de la entidad para entregar la computadora e iniciar la denuncia formal.
La Policía Estatal Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública de Baja California Sur tomó el caso e integró los primeros análisis de las cuentas y direcciones electrónicas utilizadas para la difusión de este material.
Posteriormente, elementos de la Policía Federal Ministerial de la Agencia de Investigación Criminal ejecutaron la orden de aprehensión dictada por la autoridad judicial en contra de Jesús N, trasladándolo e ingresándolo al Centro Penitenciario de La Paz.
Tras el desarrollo de las audiencias de juicio oral celebradas en diciembre de 2025, el juez de distrito en funciones de tribunal de enjuiciamiento en la capital del estado dictó la condena de 15 años de prisión el 19 de diciembre y fijó las sanciones en la sesión del 23 de diciembre del mismo año. Resolución ahora confirmada en segunda instancia.
Asimismo, la autoridad judicial ordenó la destrucción definitiva de los archivos digitales incautados y giró instrucciones a la empresa administradora de la red social para la eliminación de las conversaciones almacenadas en los servidores.
En la apelación, la defensa pretendía la nulidad de las pruebas argumentando una supuesta intromisión ilegal a la privacidad de las comunicaciones digitales del acusado.
Sin embargo, el tribunal de alzada determinó que la actuación del ciudadano constituyó un hallazgo fortuito justificado por la protección de menores, resolviendo que la preservación de la salud psicosexual y la integridad de la niñez prevalece sobre la privacidad del procesado, por lo que Jesús N. continuará recluido en el penal de La Paz cumpliendo la condena dictada.





