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lunes, junio 1, 2026
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Morena y PRI doblan apuesta por financiamiento del PES

Tuvo que llegar una reforma judicial y -con ello- un cambio en la integración de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que por primera vez desde el 2024, los magistrados aceptaran analizar de fondo el esquema de distribución de financiamiento público de partidos políticos locales en Baja California, donde una cuestionable práctica legislativa por parte de diputados de Morena, principalmente, provocó que el Partido Encuentro Solidario (PES), perciba alrededor de 80 millones de pesos al año para su gasto corriente.

El monto convierte al PES en el organismo político que mayor financiamiento público tiene en Baja California, casi tres veces más que Morena, partido que obtuvo “carro completo” en la última elección, y a pesar de que la franquicia del exreo del Hongo, Jorge Hank Rhon, sólo obtuvo el tres por ciento de la votación, con lo que apenas salvó el registro.

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La tarde del pasado miércoles 20 de mayo, los togados Gilberto Bátiz García (presidente), Claudia Valle Aguilasocho, Mónica Aralí Soto Fregoso, Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, analizaron una serie de recursos electorales presentados en todo el país, donde destacaba el de Baja California.

Se trata del recurso de reconsideración SUP-REC-74/2026, que acumuló las inconformidades de los partidos PRI y Morena, además del Partido del Trabajo, cuyo objetivo es exigir la revocación del acuerdo emitido por el Instituto Estatal Electoral (IEE) y de las dos sentencias del tribunal local y Sala Guadalajara, en el que mediante una fórmula establecida tanto en los artículos 41 y 116 de la Constitución Mexicana y 50 y 51 de la Ley General de Partidos Políticos, se distribuye el financiamiento de partidos políticos que este año ronda en Baja California, en los 152 millones de pesos, de los cuales prácticamente la mitad se otorgarán al PES.

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En tres ocasiones anteriores, los magistrados decidieron desechar las impugnaciones presentadas por Morena y el PRI, que refieren una inequidad en la contienda, además de una desproporción en torno al dinero que percibe el PES con respecto a su nivel de votación, debido a que consideraban que se trataba de un tema de legalidad, pero no representaba una controversia de carácter constitucional, además de no identificar relevancia ni trascendencia para la vida política del país.

Tuvieron que llegar dos magistrados de voto popular y con respaldo morenista, de los cuales uno fue electo presidente y la otra (Claudia Valle) es originaria de Mexicali y egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), para que la Sala Superior cubriera sus dos vacantes y modificara el criterio tomado durante tres años.

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A diferencia de los otros procesos en los que fue desechado sin entrar al fondo del asunto, gracias a cuatro votos -de los cuales dos son de los nuevos togados- se determinó ejecutar un análisis más profundo, lo que dejará un precedente que prácticamente lapidaría cualquier intento de recurrir el tema. Con ello, Morena eleva la apuesta y se juega un posible precedente en contra que se volvería muy complicado de volver a recurrir.

La pifia legislativa, fraguada desde la Comisión de Gobernación del Congreso de Baja California, presidida por el diputado Juan Manuel Molina, y avalada por la mayoría morenista del Poder Legislativo, ha costado al erario estatal un monto que ronda los 250 millones de pesos en tres años en beneficio del PES.

TEPJF REVOCA Y ANALIZARÁ EL FONDO

El expediente SUP-REC-74/2026, analizado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, era claro y no tenía mayor sobresalto en comparación con recursos anteriores. El análisis del togado presentado ante la Sala Superior determinó desechar los recursos de reconsideración presentados por Morena y PRI, principalmente, por considerar que se trataba de un acto sin trascendencia por tratarse de una aplicación correcta de la norma con una consecuencia particular en el caso.

El secretario General de Acuerdos, Carlos Hernández Toledo, leyó el proyecto que lo acumuló sin emitir detalles junto con otros recursos que también pretendían desechar. Sin embargo, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho emitió un posicionamiento sobre la pretensión.

De manera general, la letrada afirmó que el caso -sin mencionar nombres de partidos- reviste “relevancia y trascendencia”, ya que la distribución del financiamiento del dinero para partidos políticos, debido a la fórmula 70 y 30, generaba una situación atípica en Baja California, y aplicar la norma debe analizarse también en función de sus consecuencias.

La distribución del recurso público se otorga en un 30 por ciento de manera equitativa y el resto a través del análisis porcentual de votación de cada partido, por lo que, en condiciones normales, el organismo político con más sufragios en la elección para diputados es el que más dinero público percibe.

Valle consideró que es importante analizar si aplicar la norma de manera explícita es compatible con el principio de proporcionalidad del recurso público; y fue secundada por la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, la cual afirmó que la norma actual provoca -a dicho de los quejosos- una concentración desproporcionada de recurso en el partido político en cuestión, el PES:

“Nos brinda la oportunidad de analizar, redefinir y establecer criterios que permita la coherencia del sistema electoral, particularmente en el financiamiento del ámbito estatal; principalmente los cuales, de diversas circunstancias, la consecuencia y aplicación de la norma puede traer consigo efectos transgresores de los principios constitucionales. Así, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto, lo cual en su caso considero que debe ser objeto de análisis”, refirió Mónica Soto, quien reconoció que el año pasado tuvo un criterio diferente, pues primero solicitó reconsiderar y posteriormente cambió su voto en sentido opuesto, hecho que ella mismo reconoció durante la sesión.

El magistrado presidente Gilberto Bátiz García, se unió a sus compañeras en el análisis de fondo, lo que provocó una respuesta del ponente Fuentes Barrera, quien aseguró que no le parecía un tema de trascendencia, debido a que se trata de un caso específico que provoca una situación no contemplada en la norma, lo cual no cuestiona la regla ni algo que sea -dijo, incompatible. En otras palabras, revisar si se aplicó la fórmula correctamente -consideró- es un tema exclusivamente de legalidad y no de constitucionalidad, por lo que no es un tema que deba analizarse dentro del Pleno.

Agregó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la acción de inconstitucionalidad 137/2023 ya analizó este tema y aseguró que confirmaron la legalidad de la fórmula y la ilegalidad realizada por el Congreso de Baja California al modificar el artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos local, donde intentó legislar el financiamiento de los partidos políticos locales, cuando esa facultad corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión.

Fuentes aseguró que si con el antecedente de la Suprema, el Pleno del TEPJF decide analizar de fondo e intervenir en el caso específico, prácticamente se estaría haciendo una función de legislador y no de juzgador. Además, no se esclarece un tema inédito ni un criterio interpretativo relevante o útil para el análisis nacional.

Hay que recordar que el origen de este conflicto se dio cuando en 2023, el Congreso de Baja California hizo una modificación de la fórmula de distribución de partidos políticos para que se redujera el financiamiento público a la mitad, hecho que impactó en todos los partidos que decidieron recurrirlo.

La Suprema desechó prácticamente todos los planteamientos salvo el del PES, debido a que un Congreso local no puede modificar las fórmulas de partidos políticos locales, dado que es facultad de los diputados federales, según la Constitución.

Esto provocó que el financiamiento de todos los partidos políticos nacionales redujera a la mitad, pero el PES, cuya legislación es federal, no padeciera la aplicación de la norma y por consecuencia, la redistribución del dinero para el PES aplicaría de forma diversa y benéfica (dado que la bolsa de distribución de los organismos locales) se le entregara en un 70 por ciento sólo a su partido.

 

LAS TRES POSIBILIDADES

Abogados electorales consultados por ZETA hicieron referencia a que esta podría ser la última vez que el caso pueda recurrirse ante una instancia superior, pues a partir de que se analice de fondo, se definirá un criterio específico que tendría que considerarse para futuros casos similares.

En el primer planteamiento se podría quedar el esquema actual, donde el PES percibe un monto que ronda los 80 millones de pesos para este 2026, mismo que se está otorgando mediante ministraciones mensuales.

En entrevista, el secretario de Asuntos Electorales de Movimiento Ciudadano, Miguel de Loera, comentó que esto terminaría con la controversia, “al ser las sentencias que dicta la Sala Superior, definitivas e inatacables y en este caso vinculante al caso Baja California, no pudiera volverse a poner a consideración, pues se estaría resolviendo el fondo del asunto, aclarando esto mientras continué así como está el texto legal”, refirió el representante de Movimiento Ciudadano, quien aseguró que este problema se generó por una deficiente reforma emitida por el Poder Legislativo, en 2023.

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion (tepjf)

La otra opción es que se determine un estudio de fondo y se aplique que las consecuencias de la norma violan la proporcionalidad y la distribución del recurso público, lo que representaría una reducción exclusivamente para el partido local, es decir, al PES, dado que se decretó que la reforma del financiamiento público se decretó constitucional por parte de la SCJN para partidos políticos nacionales.

“El hecho de que se reduzca el monto que recibe, no se traduce en una redistribución o incremento a los demás partidos políticos, porque la determinación para los Partidos con Registro Nacional, les son aplicables el criterio establecido en la ley local de partidos políticos, para dichas entidades de interés público. Aquí el principal problema a dilucidar para la Sala Superior es qué criterio novedoso podría establecer, para arribar a la proporcionalidad que, en el pasado, se incluyó en un proyecto previo, que también se terminó abandonando”.

Sin embargo, consideró que ordenar una reestructuración en el financiamiento público y la medición de sus consecuencias, como lo plantea Morena de Baja California, tendría consecuencias para otras entidades del país.

“Esta decisión tendrá también un impacto o al menos como precedente, en las entidades federativas en las que se cuente con partidos locales. Recordemos que inclusive en PRD, terminó constituyéndose en algunos estados, como partido con registro local”.

Miguel de Loera consideró que el problema real radica en el diseño normativo actual, que establece únicamente la existencia de una pluralidad en partidos políticos como destinatarios del 30 por ciento de la distribución igualitaria, por lo que la concurrencia de un único partido local es -según dijo- sui géneris que no se contempló en la Ley.

Independientemente de los resultados, el especialista electoral aseguró que, como alternativa, está utilizar los mismos principios de la Ley General, donde se haga una pre asignación tomando en cuenta a todos los partidos con derecho a recibir financiamiento público para cuantificar el valor de cada fuerza política y asignar deduciendo el valor de la UMA, que establece de la Ley General de Partidos Políticos en lo local, que es del .65 y .25 por ciento de la Ley local para partidos nacionales, lo que reduciría el financiamiento de 79 millones a 16 o 17 millones de pesos.

“Es importante recalcar, que, si bien es cierto, ha generado todo tipo de opiniones de rechazo, la cantidad de recursos destinados, en este caso al partido local, esto obedece a una modificación a la ley, que la Suprema Corte de Justicia determinó que fue inconstitucional por parte del Legislativo, es decir, no fue responsabilidad del partido local”, sentenció.

Cabe señalar que todos los planteamientos presentados por el PRI y Morena fueron desechados por los tribunales local y Sala Guadalajara, argumentando, ya sea porque presentaron argumentos que no se plantearon desde el principio o porque hubo una fundamentación genérica y carente de fundamento jurídico.

También porque Morena y el PRI atribuyeron que se trata de una falla sistémica, cuando -a juicio de los tribunales- la distribución del recurso proviene de una normativa constitucional y que equidad no es igualdad aritmética. Los tribunales también consideraron que la desproporción del recurso público no es por una deformación del sistema, sino de la norma misma.

Todos los argumentos emitidos por ambos partidos fueron desechados en las instancias previas.

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Autor(a)

Eduardo Villa
Eduardo Villa
Periodista desde 2011 y corresponsal en Mexicali del Semanario Zeta. Participante del Border Hub del International Center for Journalists y coautor del libro “Periodismo de Investigación en el ámbito local: transparencia, Acceso a la Información y Libertad de Expresión”
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