Este domingo 15 de marzo, los exagentes de la Policía Municipal de Tijuana Juan “N” y Abel “N” fueron vinculados a proceso bajo la presunción de haber cometido tortura y violación en contra de Carlos Dámaso López el 27 de abril de 2022 en un establecimiento con servicio de internet y máquinas tragamonedas sobre bulevar Pacífico y calle del Granizo.
Juan “N” y Abel “N” habrían incurrido en tales delitos mientras se desempeñaban como miembros de una unidad K9 de la policía municipal, en conjunto con otros dos elementos de la corporación policíaca. Además de los actos de tortura agravada, violencia sexual y violación impropia agravada, están acusados de robo con violencia, abuso de autoridad y homicidio calificado.
Carlos Dámaso López murió el 18 de mayo de 2022, víctima de un choque séptico. En el acto procesal celebrado el día de hoy el juez de control sostuvo que con todo y que la muerte del “ofendido” no sobrevino el día en que tuvieron lugar los hechos “todo concluye” que el cuadro de gangrena que enfrentó tras la agresión sexual en su contra derivó “de la lesión” ocasionada por el acto de violación impropia agravada.
El juez recordó que la agresión a Carlos Dámaso López, identificado como encargado del establecimiento, consistió en la introducción de un palo de escoba “en tres ocasiones”, perpetrada por otro de los policías que de acuerdo con los elementos aportados por la Fiscalía General del Estado ingresaron al local comercial.
Agregó que la introducción de un objeto por el ano quedó documentada en certificado médico.
En cuanto al delito de robo con violencia, consideró de “difícil ubicación el dinero exacto” sustraído. Mencionó que en lo concerniente a dos testigos que reconocieron haber asistido ese día al lugar a utilizar las máquinas tragamonedas, identificados como Santos y Saúl, éstos declararon haber sido despojados de 500 y mil 500 pesos.
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Observó que los policías ingresaron al establecimiento “sin causa justificada u orden jurisdiccional” y que lo primero que hicieron fue “reducir a las personas (presentes en el local) indicándoles que se tiren al piso”.
En cuanto al abuso de autoridad: “Ya se estableció que los aquí presentes (Juan “N” y Abel “N”) fueron servidores públicos”, remarcó.
Información proporcionada a ZETA por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal dio cuenta de que ambos imputados “están dados de baja”.
El acto procesal se llevó a cabo en la modalidad de semipresencial. Además del personal del Poder Judicial del Estado a la sala de audiencias acudieron Adolfo Azcárraga y Alejandra Mendoza, defensores de los exagentes; así como dos representantes de la fiscalía y una asesora jurídica; en tanto que Juan “N” y Abel “N” comparecieron vía remota.
En la audiencia de imputación celebrada el miércoles 11 de marzo se dictó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en contra los dos exservidores públicos.
El abogado Adolfo Azcarraga señaló en alusión a la investigación inicial emprendida por la fiscalía que no se especificó dónde rindió su declaración (el 28 de abril) el “ofendido”.
Cuestionó que una testigo, identificada como Griselda García Navarro, no se encontraba en el lugar de los hechos el día en que estos se suscitaron (entre las 10:20 y 10:40 pm); “de oídas narra lo que el ofendido le contó”, cuestionó.
Acusó falta de documento de identidad de parte de tres testigos: “No presentaron identificación”.
Expuso que uno de los videos presentados como soporte para la investigación no mostró a qué corporación pertenecían las dos unidades en las que se transportaban quienes ingresaron al café internet y que tampoco daba lugar a constatar la presencia de los dos imputados. Añadió que de las descripciones aportadas por el testigo Santos Valles Mondragón “ninguna coincide” con la apariencia de Juan “N” y Abel “N”.
Una representante de la fiscalía refirió que en su declaración Carlos Dámaso López describió “a cada una de las personas que ingresaron” y que su declaración sí tuvo ocasión en sede ministerial. Puntualizó que el testigo identificado como Santos reconoció en imágenes a los imputados.
Hizo notar que una de las patrullas en que se desplazaron los agentes estaba asignada a un oficial de nombre Francisco y Juan “N”, en tanto que la otra a Abel “N” y un agente llamado Heriberto.
Remarcó que la defensa no contaba con elementos suficientes para solicitar la no vinculación a proceso. La asesora jurídica a su vez expuso que los datos de prueba aportados por la FGE eran suficientes y establecían que los dos investigados participaron en los actos de los que se les acusó.
El juez de control arguyó en referencia a la falta de documento de identidad en el caso de “tres” testigos: “si llegáramos al extremo de que el testigo presente identificación dejaría fuera a todas las personas en situación de calle que no tienen identificación”.
Sostuvo que “cuando se habla de identificación es que (el testigo) sea localizable”. Conforme a videos y el rol de servicio los imputados ocuparon las dos patrullas en cuestión, aseveró.
El abogado defensor no guardaba estatus de perito para determinar si la firma de uno de los testigos (Santos Valles) es auténtica, mencionó.
De los motivos de la violación a Carlos Dámaso López refirió que consistieron en que el agresor recurrió a esa medida en un afán de obtener información del encargado del establecimiento relacionada con hechos violentos.
También hizo observar que si a Juan “N” y Abel “N” se les ordenó no oponerse a la comisión de los consabidos actos ilícitos la normativa obliga a los policías a no obedecer órdenes que no estén estipuladas en la Ley.
“El día de hoy, 15 de marzo, voy a dictar auto de vinculación a proceso en contra de Juan y Abel”, asentó el juez de control, quien a propósito de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa mencionó: “se mantiene”.
Advirtió que para llevar a cabo la investigación complementaria el plazo no podrá exceder de 2 años, de tal suerte que fijó cinco meses para que la fiscalía proceda con la indagación correspondiente. Dirigiéndose a la representante de la fiscalía expresó: Haga todo lo que sea necesario para que el proceso concluya; “ya pasaron (casi) cuatro años y las pruebas se van desvaneciendo”, circunstancia que en otros casos se traduce en impunidad.
La próxima audiencia se llevará a cabo el 17 de agosto de 2026. (Eduardo Andrade Uribe)







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