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viernes, febrero 20, 2026
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SCJN obliga a Gordillo a pagar 19.2 mdp al SAT por ISR no declarado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el 19 de febrero de 2026 revisar el amparo promovido por Elba Esther Gordillo Morales, exdirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), con el que pretendía impugnar un crédito fiscal de 19 millones 269 mil 323 pesos por concepto de impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente a los ejercicios de 2008 y 2009. Con esta resolución, la exlideresa magisterial quedó obligada a liquidar dicho adeudo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El Pleno del máximo tribunal, encabezado por el ministro Hugo Aguilar Ortiz, determinó por unanimidad y sin discusión que la revisión solicitada por Gordillo Morales no plantea ningún tema de constitucionalidad de normas generales, único requisito que permitiría a la SCJN analizar el caso. A propuesta de la ministra Lenia Batres Guadarrama, los integrantes del Pleno revocaron el acuerdo admisorio dictado el año anterior por la entonces ministra presidenta Norma Piña, al considerar que los argumentos de la exdirigente gremial son exclusivamente de legalidad y ya fueron atendidos por los tribunales de alzada.

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El origen del crédito fiscal se remonta a octubre de 2021, cuando el SAT determinó que durante 2008 y 2009 —periodo en que Gordillo Morales encabezaba el SNTE y fungía también como exsecretaria general del PRI— recibió depósitos en sus cuentas bancarias y realizó pagos a tarjetas de crédito que debieron considerarse ingresos acumulables distintos a salarios para efectos del ISR. La exlideresa sostuvo de forma consistente que esos gastos con tarjeta, realizados en gran medida en tiendas de lujo en Estados Unidos, correspondían a erogaciones de representación institucional del SNTE, argumento que no logró acreditar documentalmente ante las instancias competentes.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) señaló en julio de 2024 que Gordillo Morales no aportó prueba alguna que respaldara que los ingresos cuestionados fueron gastos de representación gremial, por lo que dejó firme el crédito fiscal. Esa resolución fue confirmada el 27 de marzo de 2025 por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, fallo que la exlideresa llevó ante la SCJN con la pretensión de obtener una revisión definitiva que, tras la resolución del 19 de febrero de 2026, ya no procederá.

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El caso guarda antecedentes en una serie de litigios fiscales paralelos. En votaciones divididas registradas en enero de 2021, el TFJA anuló dos créditos fiscales distintos que sumaban 25.5 millones de pesos, correspondientes a los ejercicios de 2010 y 2012, al considerar que el SAT había vulnerado el derecho de defensa adecuada de Gordillo Morales, dado que las auditorías se realizaron mientras ella se encontraba privada de su libertad. En ambos casos se dejó abierta la posibilidad de que los procedimientos de revisión se reiniciaran. Dicho argumento no fue aplicable a los créditos fiscales de 2008 y 2009, pues la exdirigente fue absuelta en 2018 de los cargos de lavado de dinero y delincuencia organizada de los que fue acusada en 2013.

Durante la misma sesión del 19 de febrero de 2026, la ministra Batres Guadarrama informó además que la empresa Total Play Telecomunicaciones, S.A. de C.V. ratificó su desistimiento del amparo con el que combatía el pago de un crédito fiscal por 645.7 millones de pesos, lo que dejó firme la sentencia que la obliga a liquidar ese adeudo.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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