Un grupo de seis colectivos presentó el 3 de febrero un amparo que busca frenar la aplicación de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, que pretende obligar a vincular cada línea telefónica a una persona física o moral, supuestamente para eliminar el anonimato que permite usar el servicio para cometer delitos; dicha medida indica que a los ciudadanos que no la acaten les será cancelado el servicio y quedarán incomunicados, lo que señalan expertos es anticonstitucional.
“Creemos que es una medida desproporcionada, una medida que viola derechos humanos, el derecho a la privacidad, a mantener en secreto los datos personales, el derecho al acceso a la tecnología, porque si no cumples con esta medida te van a revocar el servicio, te lo van a privar y creo que eso es excesivo”, mencionó el Licenciado Carlos Atilano Peña, presidente del Consejo de Organizaciones Ciudadanas Independientes (COCI), organismo promovente del amparo ante el Juzgado Primero de Distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF), en Tijuana.
Carlos Atilano indicó que además de la presentación del amparo, también se busca que, en lo que este se resuelve, el Juez de Distrito conceda una suspensión de la reforma para que no se obligue a la ciudadanía a realizar el registro en el periodo instruido, así como para evitar consecuencias de no llevarlo a cabo.
“Estamos pidiendo al Juez de Distrito que mientras se resuelva el amparo nos proteja, en el sentido de que no se nos obligue a dar nuestros datos. Entonces, eso es muy importante porque hay un plazo que marca la legislación, de enero a junio tenemos para proporcionar nuestros datos”, expresó Atilano Peña.
¿Cómo, cuándo y dónde hay que registrar tu línea telefónica?
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El 8 de diciembre de 2025 la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó y emitió los nuevos lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles, esto para evitar, supuestamente, la comisión de delitos como la extorsión. Para ello los ciudadanos deberán presentar credencial de elector, pasaporte o CURP, a las empresas de telefonía, mientras que las personas morales deberán otorgar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Dichos datos serán resguardados por las empresas de telefonía, quienes deberán cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
El registro podrá realizarse de forma presencial en los centros de atención de cada compañía de telefonía o a través de las plataformas digitales que las empresas habiliten, entre el 9 de enero y el 30 de junio de 2026, de no realizarlo, al usuario se le cancelará el servicio dejándolo incomunicado, pudiendo hacer solo llamadas de emergencia.
Cabe destacar que, aunque ha habido controversia porque entre los requisitos podrían estar los datos biométricos de los usuarios, hasta ahora la CTR no ha hecho mención de ello, estableciendo como únicos requerimientos los documentos antes mencionados.
No obstante, de cualquier manera, la reforma genera rechazo en la población ante la preocupación de que los datos proporcionados a las empresas de telefonía sean mal utilizados o robados en caso de hackeo, como ya ha pasado incluso con información resguardada por instituciones gubernamentales.
“La gente tiene desconfianza, porque con justa razón y con antecedentes ha visto que sistemáticamente se pone a disposición de la delincuencia organizada esos datos, entonces son víctimas de robo, de secuestro, de extorsiones y es lo que pretendemos evitar. Esta situación choca con la narrativa oficial del gobierno, que dice que es precisamente para evitarlo. Ya hemos tenido experiencias muy desagradables donde incluso hasta en el extranjero se ha puesto a disposición datos de los ciudadanos, como ha sido el caso de la venta del padrón del Instituto Nacional Electoral”, explicó el presidente del COCI.





