El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito con residencia en Zapopan radicó el recurso de revisión presentado por Andrés Puentes Urtuzuástegui, exesposo de la cantante Tatiana, para conocer del amparo que le fue denegado para que una averiguación previa iniciada en contra de su expareja sea desarchivada y se solicite orden de aprehensión en contra de ella y de sus padres por el delito de fraude específico.
Apenas el 17 de julio último, el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal le negó el amparo de la justicia de la Unión a Puentes Urtuzuástegui que reclama de la Fiscalía de Jalisco la determinación del 13 de diciembre de 2023, donde el órgano persecutor del delito se reservó la facultad de ejercitar acción penal en contra de la artista y envió la indagatoria al archivo definitivo, en un asunto que tiene varios años de litigio.
Andrés Puentes denunció a Tatiana por haberlo revocado a él y a su hija Cassandra Puentes Palacios como fideicomisarios sustitutos en un contrato de fideicomiso de un pent-house, en un lujoso condominio en Puerto Vallarta, que tanto la cantante como él adquirieron cuando estaban casados y pusieron a nombre de la entonces menor de edad en el año 1991.
En febrero de 2008, Tatiana Palacios Chapa, ya divorciada, con el carácter de fideicomisaria realizó un convenio modificatorio de dicho fideicomiso traslativo de dominio y en lugar de su exmarido y de su hija, designó ante un notario público de Monterrey, como sustitutos para el caso de fallecimiento a sus padres Diana Perla Chapa de Palacios y José Ramón Palacios Ortega.
Puentes Urtuzuástegui ha denunciado los hechos como ilícitos en diversas ocasiones, pero la Fiscalía de Jalisco, desde que era Procuraduría de Justicia, ha resuelto no ejercitar acción penal en contra de la regiomontana ni de sus padres, pues los hechos denunciados no constituyen delito. Andrés aseguró que al formalizarse el primer fideicomiso, Tatiana se identificó como estadounidense, y al celebrar la modificación, “de manera dolosa”, se acreditó mexicana.
Nuevamente, el Ministerio Público determinó en diciembre de 2023 no solicitar órdenes de captura en contra de Palacios Chapa ni sus progenitores, pues la denunciada, como fideicomisaria “estaba en condiciones de revocar o designar nuevos fideicomisarios sustitutos en cualquier tiempo mientras siguiera vigente el fideicomiso, cuya duración es de 50 años a partir de su celebración”.
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Ante esta decisión del fiscal de no ejercitar acción penal y archivar la averiguación previa (sistema penal tradicional mixto), Andrés Puentes acudió a la justicia federal para reclamar el acto, pero la Jueza Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Ma. Goreti Rocha Aguilar, le negó el amparo y protección al considerar infundados los conceptos de violación del quejoso.
La sentencia del juicio de amparo 33/2024, dictada el 17 de julio de 2025, fue notificada al promovente un día posterior. Ahora serán los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal los que resuelvan si se confirma, revoca o modifica el fallo del juez de garantías.