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sábado, noviembre 16, 2024

Alista Secretaría de Economía decreto para importar vehículos usados a zona fronteriza

La Secretaría de Economía alista el decreto que permitirá nuevamente importar definitivamente vehículos usados a la franja fronteriza norte, con un arancel preferencial. El cual estará vigente un año, a partir de que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

La falta del decreto ha propiciado severas pérdidas económicas para vendedores de autos usados, choferes y trabajadores de agencias aduanales, quienes habían solicitado la prórroga del decreto, y su publicación una vez que venció el 30 de septiembre de 2024.

El último llamado a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se hizo la semana pasada, días antes de que la mandataria visitara Baja California, pues permanecen más de 2 mil vehículos en Estados Unidos en espera de ser importados tan sólo por Tijuana.

El anteproyecto que aparece en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) establece un arancel de 1% para los automóviles usados, cuyo año-modelo sea de 5 a 9 años anteriores al año en que se realice la importación. Mientras los vehículos de diez años anteriores al año en que se realice la importación tendrán un arancel del 10%

Los vehículos podrán ser importados con esa tasa preferencial por habitantes de Baja California, Baja California Sur, y de la zona fronteriza de Sonora a Tamaulipas (línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país)

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Para esta región también se exceptúa el certificado de origen para 24 fracciones arancelarias. A diferencia de la importación definitiva para el resto del país en la que sí se requiere un certificado de origen.

“En caso de no contar con el certificado o documento expedido por la compañía armadora, el importador deberá presentar una declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, suscrita por la compañía armadora, en la que manifieste que el vehículo usado que se pretende importar fue fabricado, manufacturado o ensamblado” en América del Norte.

Los vehículos usados susceptibles de importarse mediante este decreto que se hayan importado en forma definitiva para ser destinados a permanecer en la franja fronteriza norte, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca, en el estado de Sonora, podrán ser reexpedidos al resto del país de conformidad con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Autor(a)

Julieta Aragón
Julieta Aragón
Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Xochimilco. Cursé la maestría de Periodismo Político en la Escuela de Periodismo Carlos Septién García y sigo en proceso de tesis. Soy reportera de ZETA desde 2017.
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