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lunes, septiembre 30, 2024
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Reforma a Guardia Nacional pasa al Senado; diputados quitan a marinos de su integración

Tras ocho horas de discusión, con 362 votos a favor y 133 sufragios en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, aprobó, el 19 de septiembre de 2024, en lo general, la declaratoria de publicidad del dictamen que reforma diversos artículos de la Constitución Política, donde se propuso la adscripción de la Guardia Nacional (GN) en la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).

Los sufragios a favor fueron emitidos por las bancadas de la autodenomina “cuarta transformación” -integrada por Morena y sus aliados de los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y del Trabajo (PT)-, con la intención de que la adscripción militar de la institución federal quedara consumada antes de que el presidente Andrés Manuel López Obrador concluyera su Gobierno, el 30 de septiembre de 2024.

Una vez aprobada en lo particular, en los siguientes días podrían votarse las modificaciones a la Carta Magna en el Pleno de San Lázaro, para turnarse a la Cámara Alta, donde ya esperaban la minuta para procesarla en comisiones.

Posteriormente, los legisladores discutieron 433 reservas presentadas al dictamen, por los diferentes grupos parlamentarios. La mayoría de San Lázaro aprobó sólo una, la una modificación presentada por Merary Villegas Sánchez, diputada de Morena, al artículo 21 constitucional, que eliminó los conceptos “de origen” y “marino”.

“La Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de defensa nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia. Los fines de la Guardia Nacional son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración de las entidades federativas y Municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación”, señalaba el dictamen antes de aprobación de la reserva.

Sin embargo, con la modificación se excluyó de la integración de la Guardia Nacional -que estaría adscrita a la SEDENA- a los integrantes de la Secretaría de Marina (SEMAR), garantizando que formaran parte de la GN, sólo militares en activo y permitiendo que fueran integrados a dicha institución, a los egresados de la Licenciatura en Seguridad Pública, del Heroico Colegio Militar.

A las 03:36 horas del viernes 20 de septiembre de 2024, se informó que la reforma a la Guardia Nacional también quedaba aprobada en lo particular, con 353 votos a favor, 126 sufragios en contra y cero abstenciones.

Luego de aprobarse en la Cámara de Diputados el dictamen que reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional, se envió al Senado para su discusión.

Los grupos legislativos de los partidos Acción Nacional (PAN), el Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) presentó tres mociones suspensivas para devolver el dictamen a comisiones, bajo el argumento de que con la reforma se militarizaba la seguridad pública y era violatoria de tratados internacionales suscritos por México.

En las curules de la bancada de Movimiento Ciudadano fueron colocados carteles con la leyenda ‘Queremos Paz No Militarización’, y luego los diputados de MC extendieron una gran manta que decía “México con Justicia y Paz, No a la Militarización”. Por su parte, los legisladores de Morena, PVEM y PT subieron a tribuna, también con carteles que decían ‘Seguridad, Transformación, Capacidad, Disciplina’.

La reforma incluiría modificaciones a 12 artículos constitucionales, para establecer que el personal de la institución, el 26 de marzo de 2019, por iniciativa de López Obrador, sería de origen militar, pero con formación policial.

En dicho dictamen, las modificaciones a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Carta Magna, también establecieron que la Guardia Nacional tendría la facultad de investigación de delitos, en el ámbito de su competencia.

Asimismo, la iniciativa estipuló que la Federación “contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.

Además, según el dictamen, el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deberían coordinarse entre sí para cumplir con los fines de la seguridad pública y conformarían el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La iniciativa también indicó que las instituciones de seguridad pública serían disciplinadas, profesionales y de carácter civil, y que correspondería a la Secretaría del ramo, formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y los programas, así como las políticas y acciones respectivas.

El dictamen señaló que la investigación de los delitos correspondería al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarían bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de dicha función.

La iniciativa precisó que el Congreso de la Unión tendría la facultad para expedir leyes que regularan y establecieran requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

El dictamen precisó que el Senado de la República, o en su caso la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se encargaría de ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional, que propusiera el presidente de la República en turno.

Respecto a las facultades del Poder Ejecutivo Federal, éste podría “disponer del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley”.

Los cambios constitucionales también estipularon que para ser presidente de la República o diputado se requería no estar en servicio activo en el Ejército, Fuerza Aérea, Armada o Guardia Nacional; pero para el caso del titular del Poder Ejecutivo Federal, debería separarse de dicho cargo, seis meses antes del día de la elección, y para el de diputado, 90 días.

Asimismo, la iniciativa determinó que los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrían extender su jurisdicción sobre personas que no pertenecieran al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional.

Además, el dictamen estipuló que en tiempo de paz ninguno de los elementos de las Fuerzas Armadas permanentes podría alojarse en casa particular, contra la voluntad del dueño, ni imponer prestación alguna.

La iniciativa estableció que en tiempo de paz ninguna autoridad militar podría ejercer más funciones que las que “tenga previstas en esta Constitución y las leyes que de ella emanen”. Asimismo, que ningún extranjero podría servir en la Fuerza Armada permanente, en tiempos de paz. El dictamen subrayó, también, que la ley determinaría la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional, cuyos integrantes se regirían por su propia ley.

En los artículos transitorios del dictamen se determinó que el personal militar y naval que integraba la Guardia Nacional, sería reclasificado de la Fuerza Armada a la que perteneciera a dicha GN.

Además, en la iniciativa se indicó que la nueva patente o nombramiento se expediría con la antigüedad que posea el interesado en su grado, conforme a la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, adicionando su nueva especialidad. También que deberían respetarse en todo momento los derechos que poseía el interesado en la Fuerza Armada de su origen.

La persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, que debía ostentar el grado de General de División de la Guardia Nacional en activo, sería designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la SEDENA.

“En tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la mencionada jerarquía, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, capacitado en materia de seguridad pública”, agregó el dictamen.

La iniciativa destacó que el Ejecutivo Federal dispondría lo conducente para que el personal procedente de la extinta Policía Federal (PF) cesara de prestar sus servicios en la Guardia Nacional y quedara adscrito a la secretaría del ramo de Seguridad Pública, conservando sus derechos laborales adquiridos.

Además, el dictamen determinó que el personal que perteneciera a los organismos especializados, podría continuar prestando sus servicios en la Guardia Nacional, de manera temporal, conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se formalizaran entre las secretarías de la Defensa Nacional, así como la de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

La iniciativa detalló que se transferirían a la SEDENA los recursos presupuestarios y financieros que correspondieran, para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales de la última plantilla general de plazas aprobada a la extinta PF y de confianza, así como los gastos de operación de la GN y los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuaría, bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública.

Por último, el dictamen indicó que conforme se quedaran vacantes las plazas de los integrantes de la extinta PF, la Secretaría del ramo de Seguridad Pública debería transferir los recursos presupuestales a la SEDENA. Además, que el personal naval que en la actualidad formaba parte de la GN, permanecería integrado a ésta, conforme a la reclasificación señalada en el Transitorio Tercero del presente decreto.

“No tienen por qué preocuparse, se van a respetar los derechos humanos. Es la fortaleza de una institución y no significa militarización por más que digan lo que digan. Militarización quiere decir que hay un mando militar que está tomando decisiones y las decisiones las toma el comandante o comandanta suprema de las Fuerzas Armadas. Es un poder civil”, dijo, el 19 de septiembre de 2024, Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de la República electa.

Un día antes, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), llamó al Congreso de la Unión mexicano, a no aprobar la reforma en materia de Guardia Nacional.

Jesús Peña Palacios, representante adjunto en México del Alto Comisionado de la ONU-DH, envió una solicitud a la Mesa Directiva y a la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), de San Lázaro, para no concretar la reforma, por los riesgos que implicaba para los derechos civiles.

“En lugar de profundizar un enfoque de predominio de las Fuerzas Armadas en las labores de seguridad pública, (pedimos que se) reoriente la discusión legislativa para colocar en el centro la priorización del paradigma civil en este ámbito”, indicó el escrito del representante adjunto en México del Alto Comisionado de la ONU-DH.

“Es preciso garantizar que la Guardia Nacional sea una institución civil, bajo el mando y control de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; que las y los integrantes de la Guardia Nacional sigan estando sujetos al fuero civil; que sean exclusivamente instituciones civiles las que investiguen los delitos, y que ninguna autoridad militar pueda ejercer funciones mayores a los que guardan estricta conexión con la disciplina militar”, destacó la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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