El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California revocó de manera parcial la planilla postulada por Morena-PVEM-FXM para el Ayuntamiento de Tijuana, en vista de que el Instituto Estatal Electoral de Baja California no fue exhaustivo en la revisión de posibles antecedentes de los aspirantes.
“El actuar de la responsable en torno al acto controvertido ha hecho nugatoria la esencia de la reforma constitucional conocida como ´Ley 8 de 8´”, manifestó el magistrado presidente Jaime Vargas Flores en sesión pública celebrada este jueves 9 de mayo.
Observó que en la exposición de motivos de esa reforma se establece que las personas que “hayan cometido algún ilícito relacionado con violencia política contra las mujeres en razón de género” y aquellas que “hayan sido declaradas deudores alimentarios en mora, con sentencia firme y vigente, no puedan ocupar cargos públicos de índole alguna”.
El 2015 el abanderado de la coalición oficialista a la alcaldía de Tijuana, Ismael Burgueño Ruiz, adquirió estatus bajo el supuesto de deudor alimentario moroso.
“Debe destacarse que es un hecho notorio que la autoridad responsable (IEE BC) cuenta con un mecanismo para dar cumplimiento al mandato constitucional que protege un derecho humano, el cual está desarrollado en los Lineamientos dictados”, expuso Vargas Flores.
La resolución emitida este jueves tuvo lugar a partir de que distintos partidos políticos impugnaron el registro de la planilla.
La revocación “es parcial porque solamente es contra un integrante de la planilla. Si fuera una situación completa sería la planilla completa, pero no había elementos jurídicos para invocar”, manifestó a ZETA el representante del Partido Revolucionario Institucional ante el IEE, Joel Abraham Blas Ramos.
El TJEE “ordena al Instituto que en este caso se haga esta modificación parcial en la figura del candidato a presidente municipal de Tijuana por el partido político Morena en este caso (Ismael Burgueño Ruiz)”, detalló el representante del PRI, fuerza política que presentó medio de impugnación.
Indicó que el PRI quedó “a la espera de que el Tribunal informe al Consejo (General del IEE) para que el Consejo de manera emergente” convoque a los representantes partidistas a efecto de “saber cuál sería la propuesta”.
Sostuvo que “primero se tiene que dar el cumplimiento”, subsecuentemente “se le tiene dar vista al partido político (Morena) para que manifieste lo que a su derecho convenga”.
En referencia a la resolución, recalcó: “el contenido ya final con los efectos de la sentencia lo vamos a tener en un momento más. Hasta el momento es toda la información que tenemos”.
Dijo desconocer qué plazo en dado caso se le concederá a Morena “para que haga una sustitución” de candidatura. “Este dato ya más específico lo tendremos en la sentencia en el capítulo de Efectos”, indicó.
“Establecidos estos puntos que surgen con base en los agravios de los recurrentes y ante las omisiones de la autoridad responsable, es que se concluye que, de ser el caso, una vez agotadas las vistas que se refieren en el apartado de efectos, la autoridad deberá determinar si aprueba el registro a que se ha hecho alusión o, en caso contrario, la autoridad responsable, a efecto de garantizar el derecho de postulación de quien corresponde”, sostuvo Vargas Flores.
Blas Ramos aclaró que “como cualquier resolución de gobierno, es oponible”. Explicó que Morena y la coalición “tienen el derecho de ir a la Sala Guadalajara (del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.
Cuentan con “cuatro días como tal, porque estamos en proceso electoral, no hay días hábiles. Tienen cuatro días para efecto de ir a Sala Guadalajara o en su caso ir a la Sala Superior después de esa situación. Así que tienen todo el derecho de impugnar”, remató.