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SCJN se niega a inscribir a Lenia Batres en el ISSSTE y a bajarle el salario

La ministra Lenia Batres Guadarrama informó, el 8 de enero de 2024, que la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se negó a inscribirla en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y a disminuirle el salario, para ganar menos que Andrés Manuel López Obrador, titular del Poder Ejecutivo Federal.

A través de un oficio, Pedro Estuardo Rivera Hess, titular de la Dirección General de Recursos Humanos del máximo tribunal constitucional, argumentó que los ministros eran titulares del Poder Judicial de la Federación (PJF), por lo que recibir los beneficios del ISSSTE, duplicarían la prestación que les otorga la Constitución en materia de retiro.

“[…]no es jurídicamente posible estimar que las Ministras y los Ministros deben someterse a la Ley del ISSSTE como Trabajadores del Poder Judicial de la Federación, sino en todo caso, en su carácter de patrón equiparado”, indicó Rivera Hess.

“Esto, al ser considerados como titulares del órgano máximo del Poder Judicial de la Federación, por lo que, en su caso, a la postre implicaría un beneficio adicional al que se consagra en el artículo 94 Constitucional, penúltimo párrafo y artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”, agregó el titular de la Dirección General de Recursos Humanos de la SCJN.

El máximo tribunal constitucional detalló que no era posible dar de alta a los ministros ante el ISSSTE, por lo cual se les otorgaba un seguro de vida y otro de gastos médicos. Respecto al salario argumentó que la percepción no solo estaba integrada por el dinero en efectivo, sino que incluía todas las prestaciones que venían con el cargo, como alimentación, transporte, casa, seguridad, servicios de salud, entre otros.

Además, la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación afirmó que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, no establecía parámetros objetivos para fijar los salarios de cada funcionario.

La SCJN declaró, en su momento, la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, ya que señaló que el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garantizaran las características que exigía dicho numeral constitucional, empezando por la del presidente de la República.

Lo que influía en todo el sistema de remuneraciones, porque la remuneración del titular del Poder Ejecutivo Federal era el referente máximo para la determinación del resto de salarios del servicio público, permitiendo con ello una discrecionalidad con potencial de afectación a la eficacia y calidad de la función pública.

No obstante, la Dirección General de Recursos Humanos del máximo tribunal constitucional sí aceptó la petición de Batres Guadarrama, de no recibir el Seguro de Separación Individualizada y le garantizó que tendría todas las condiciones materiales para realizar su trabajo. Por su parte, la ministra anunció que ella misma buscaría inscribirse de forma voluntaria en el ISSSTE y que regresaría el dinero “excedente” de su salario, a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

“La SCJN se niega a inscribirme al ISSSTE. También dice que la remuneración incluye las prestaciones de la persona servidora pública y que ‘declaró en su momento, la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2018)’, pues “el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones…”, escribió Batres Guadarrama, en su cuenta de la red social X.

“Lo que no señala el oficio es que hay una nueva Ley de Remuneraciones vigente, de 2021, que establece estos parámetros. Véasele por donde se le vea, no hay justificación para rebasar el monto constitucional. Por eso, he tramitado mi incorporación voluntaria al ISSSTE y la devolución directa del excedente de las remuneraciones en la Tesorería de la Federación”, insistió la ministra en la red social, antes llamada Twitter.

“En congruencia con lo que he expresado en múltiples ocasiones, solicité formalmente a la
@SCJN que mi remuneración como ministra no exceda lo que determina la Constitución, y que se me inscriba al ISSSTE, no a alguno de sus seguros privados”, había anunciado Batres Guadarrama, en la misma red social, el 6 de enero de 2024.

A través de un oficio dirigido a Norma Lucía Piña Hernández, ministra presidenta de la SCJN, con fecha del 29 de diciembre de 2023, Batres Guadarrama pidió que se le aplicara la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, así como la Ley Federal de Austeridad Republicana.

“En congruencia con lo que he expresado en múltiples ocasiones, solicité formalmente a la SCJN que mi remuneración como ministra no exceda lo que determina la Constitución, y se me inscriba al ISSSTE, no a alguno de sus seguros privados”, publicó la ministra.

En su cuenta de la red social X difundió una imagen del oficio entregado a la Dirección General de Recursos Humanos de la SCJN, en el que además de sólo pedir las prestaciones que conforme a derecho le correspondían, dejó de lado el seguro de separación individualizado y las cajas de ahorro especiales.

En julio de 2023, la Secretaría General de Acuerdos de la SCN respondió a una petición de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), respecto a “informar las acciones que este alto tribunal ha realizado a efecto de cumplir con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución’,’ carece de “fundamento jurídico’’.

El 4 de junio de 2023, Batres Guadarrama rindió protesta como magistrada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante una sesión solemne. Piña Hernández le colocó la toga magisterial frente al Pleno del PJF, en medio de aplausos de los asistentes.

En su discurso, la ministra Batres Guadarrama arremetió contra la SCJN, acusando que, según ella, se habían cometido excesos en los que se había vulnerado la Constitución, asegurando que el máximo tribunal constitucional se había extralimitado y se había enfocado en resolver casos con fuertes implicaciones políticas.

“Esta Suprema Corte se ha extralimitado, el carácter inimpugnable de sus decisiones la ha llevado a confundir jerarquía de la constitución con de la instancia, la corte se ha colocado por fuera y por encima del trabajo que realiza la Auditoría Superior de la Federación [ASF], impidiendo ejecutar auditorías de desempeño”, declaró Batres Guadarrama.

La ministra también señaló que la SCJN había asumido una función de legislador positivo, al definir normas que prevalecerían posteriormente a una declaración de inconstitucionalidad, invadiendo la esfera del Poder Legislativo, electo democráticamente.

“No tenemos una Suprema Corte subordinada a la constitución, sino una constitución subordinada a la Suprema Corte; al grado de que se escucha entre litigantes decir ‘¿y qué dice la constitución al respecto? Lo que indique la Suprema Corte’”, dijo Batres Guadarrama.

“Una cosa es que la Corte y el Consejo de la Judicatura tengan responsabilidades y otra muy distinta es que esos acuerdos tengan validez general y se conviertan en ley suprema de la unión”, acusó la ministra.

Asimismo, Batres Guadarrama reprochó que el PJF se haya enfocado en resolver casos “con fuertes implicaciones políticas”, en lugar de atender lo relacionado a seguridad pública y sumarse a los esfuerzos por combatir la incidencia delictiva, generando impunidad en la persecución de los delitos.

“En lugar de un fuerte activismo de una Corte sensible al principal problema del país, tenemos una enfocada en casos con fuertes implicaciones políticas, que incluso involucran al orden público y al interés social como la declaración de invalidación de leyes o normas que buscan proteger los bienes nacionales”, expuso la ministra.

En su intervención, la hermana del titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama, también mencionó el tema del ajuste de sueldos a los ministros de la SCJN, argumentando que era una legislación de hace 14 años, por lo que no respondía a una visión partidista y se debía acatar como lo indicaba la Constitución.

“El artículo 127 constitucional que fija como límite para la remuneración de las personas servidoras públicas la establecida para el presidente de la república, disposición que no fue impuesta, ni por el actual mandatario, ni por las mayorías parlamentarias actuales, sino que entró en vigor en 2010. La insistencia en este tema no responde a una política o a ideales de una cierta visión partidista, simplemente considero que nos corresponde acatar la constitución”, comentó la ministra.

Batres Guadarrama aseguró, además, que su llegada a la SCJN había generado la percepción de varias reivindicaciones del PJF, desde la paridad de género con la llegada de más mujeres al Pleno.

“La llegada de visiones distintas a las predominantes del constitucionalismo mexicano, la llegada de visiones críticas de este Poder Judicial. me han dicho ‘ministra del pueblo’ y es un enorme halago, una misión grande que acepto con honor y con responsabilidad”, concluyó Batres Guadarrama.

Foto: Captura de pantalla de video

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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