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lunes, septiembre 30, 2024
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Plan B de López Obrador se tambalea; Corte invalida primer decreto

Tras invalidar la primera parte de reformas político-electorales 2022-2023 “por violaciones al procedimiento legislativo”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sostuvo que con esa resolución refrendó su función como Tribunal Constitucional de México, enfocado a proteger que la Ley Suprema se cumpla “por todos los Poderes de la Unión y demás autoridades de la República”.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador, quien había enviado “la iniciativa de Ley” al Congreso de la Unión, objetó la decisión y señaló que los ministros que se pronunciaron por invalidar las reformas a las Leyes Generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas el lunes 8 de mayo, actuaron “de manera facciosa”, pues a su modo de ver, tuvieron la osadía de “componerle la plana al Poder Legislativo”.

A decir de AMLO, los legisladores que aprobaron las modificaciones publicadas el 27 de diciembre de 2022 “no violaron absolutamente nada”, toda vez que cuentan con procedimientos propios o internos, “aprobados de manera autónoma, en forma independiente”.

Desde un primer momento la Corte estableció que tiene la función de “vigilar el cumplimiento de los límites” estipulados en la Constitución “para el ejercicio de cualquier poder público, entre ellos el Poder Legislativo que deberá, en todo momento, promover la deliberación, parlamentaria, respetar el debido proceso y garantizar los derechos de las minorías parlamentarias”.

Con base en el proyecto presentado por Alberto Pérez Dayán en calidad de ponente, los ministros de la Corte excepto Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, determinaron que el Congreso transgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal.

El proyecto tuvo como sustento impugnaciones interpuestas por los partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano y Hagamos (instituto político local), así como por integrantes de la LXV Legislatura.

Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México FOTO: MIREYA NOVO/CUARTOSCURO.COM

De acuerdo con los ministros que se pronunciaron a favor, las iniciativas sometidas a consideración no se publicitaron “con el tiempo debido” en la Gaceta Parlamentaria; en todo caso, “las y los legisladores tuvieron noticia durante el desarrollo de la sesión”, de ahí que haya habido una “falta de conocimiento”.

Tampoco “se observaron los demás criterios definidos en los Reglamentos de las cámaras de Diputados y de Senadores para el trámite de las iniciativas ordinarias, como lo establece el Artículo 72 Constitucional”.

La consabida disposición establece que todo “proyecto de Ley o Decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congreso y sus reglamentos respectivos sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones”.

Finalmente, quedaron sin acreditarse las condiciones establecidas en los Reglamentos de ambas Cámaras, “así como en diversos criterios reiterados de la Corte, para calificar las iniciativas como de urgente u obvia resolución y con ello dispensar los trámites legislativos”.

Tal como dio cuenta un reporte de Integralia Consultores, la primera parte del Plan B estaba encaminada a eliminar “la restricción temporal y geográfica para que los servidores públicos rindan sus informes”; de esta forma, los actos de rendición de cuentas no se limitarían a llevarse a cabo una vez por año, como tampoco a una demarcación en específico.

Igualmente, el primer apartado del paquete de reformas tendía a ceñir “la definición de propaganda gubernamental” a aquellos contenidos cuya emisión implique el ejercicio del presupuesto; con ello, el Presidente y demás funcionarios habrían tenido viabilidad de emitir declaraciones de esa índole durante la contienda electoral, siempre y cuando no se pagaran.

PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO “NO ES UN MERO FORMALISMO”: SCJN

En opinión de la ministra Yasmín Esquivel, habría sido “de mayor relevancia” adentrarse en el análisis constitucional de las normas reformadas que priorizar “una simple invalidez por supuestas trabas de procedimiento legislativo”.

En tanto, Loretta Ortiz expuso que, si bien “existieron irregularidades en el proceso legislativo, como las referentes a la publicación del Orden del Día en la Gaceta Parlamentaria, sin la debida anticipación y la ausencia de motivación respecto al trámite urgente en la Cámara de Diputados que implicó la dispensa de los trámites legislativos”, tales inconsistencias no tuvieron “un potencial invalidante”.

A propósito, la SCJN pondría de manifiesto que “el procedimiento legislativo definido en la Ley Fundamental es la base del régimen democrático y no un mero formalismo, ya que exige que el órgano legislativo observe y proteja los principios de legalidad, representatividad y democracia deliberativa”.

Diego Valadés, Foto: Archivo

El, Tribunal Constitucional sacó a colación que la resolución se suma a otros casos “en los que ha determinado la invalidez de normas generales por violación al procedimiento legislativo”.

El Presidente López Obrador refirió que los ministros anuentes con el proyecto, se atrevieron “a cancelar la Ley” en lo que consideró “un acto de prepotencia y autoritarismo”, a la vez de acusar que sirven “a una minoría rapaz que se dedicó a saquear al país y quieren regresar por sus fueros, ahora con apoyo del Poder Judicial”.

Se pronunció por impulsar un Plan C, consistente en obtener en las elecciones de 2024, 334 diputaciones, de modo tal que el oficialismo cuente con mayoría calificada, necesaria para sacar adelante reformas de carácter constitucional. Anunció que antes de concluir su administración enviará “tres reformas constitucionales”, en uno de los casos “para que el pueblo elija a los ministros como lo establecía la Constitución liberal de 1857 en la época del Presidente Juárez”; propuesta que remite al planteamiento del Ejecutivo previo al Plan B y relativo a elegir por esa vía (popular) a los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).

El senador Ricardo Monreal Ávila propuso llevar a juicio político a los ministros que votaron a favor de invalidar las reformas planteadas por López Obrador: Norma Lucía Piña Hernández (presidenta), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ana Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán.

El legislador de Morena argumentó que en vista de que “el Senado o el Congreso nombra a los ministros de la Corte”, tienen “facultades de citarlos a comparecer”. En ese tenor, Monreal habló de “un recurso que poco se agota, que es el juicio político en caso de que se vulneren principios fundamentales de la Constitución y se reitere sistemáticamente la violación o la invasión de facultades de otros poderes”.

“PODER LEGISLATIVO NO ES LIBRE PARA VIOLAR LA CONSTITUCIÓN”: VALADÉS

Diego Valadés, investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), afirmó que el criterio de la Corte “es inobjetable”.

Antepuso que “todas las opiniones son respetables, tanto las de mayoría como las de la minoría”.

Sin embargo, “en este caso coincido con lo que resolvió la mayoría porque están probados los elementos a los que hacen referencia los ministros y no sólo le consta lo sucedido a los ministros, le consta a la sociedad mexicana y a la opinión pública internacional, porque la forma como se produjo la sesión en que fueron aprobadas diferentes disposiciones, de una forma absolutamente irregular, llamó la atención de la opinión pública no sólo mexicana, sino internacional”, manifestó el investigador en entrevista con ZETA.

Estimó que con el argumento de que “lo que ellos hacen está bien y que no pueden desconocer lo que ellos han hecho, una serie de funcionarios que no han sido elegidos”, los legisladores “están simplemente sugiriendo que el sistema de control de la constitucionalidad de México no tiene sentido”.

Negó que con la resolución de la SCJN se haya violado la autonomía del Legislativo: “La Constitución establece que haya un órgano, y en este caso es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que valore si las decisiones del Poder Legislativo se adecuan o no a la Constitución. El Poder Legislativo no es libre para violar la Constitución, y eso es lo que están sugiriendo lamentablemente algunos señores legisladores”.

En cuanto a la segunda parte del Plan B, hay un proyecto del ministro Laynez Potisek que habrá de ser discutido por la Corte. El segundo Decreto, publicado el 2 de marzo, consistió en modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como en la expedición de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Esta segunda parte apunta entre otras medidas a compactar la estructura y modificar el funcionamiento del INE.

Valadés, quien entre otros cargos ha ocupado el de ministro de la SCJN, se dijo con la convicción de que en este caso los recursos en contra prosperen:

“Se tratará nuevamente de una deliberación en la que los ministros de la Corte tendrán que aportar todos los elementos de convicción para demostrar que hubo violaciones, si es que así lo encuentran. Todo indica que va en esa dirección el proyecto y es en la medida en la que se parecen mucho las circunstancias, mi impresión es que la resolución va a ser muy semejante, aunque no necesariamente por el mismo número de votos”.

Del planteamiento de López Obrador, de nombrar con base en el voto popular a los ministros de la SCJN, aclaró que “el Presidente tiene derecho a enviar la iniciativa”, tomando en cuenta que “siempre será saludable” la discusión de temas de esa naturaleza.

“En cuanto a lo que propone, desde luego no lo comparto, pero son cosas distintas. Una cosa es que el Presidente pueda hacerlo, y si puede, está en su derecho; y otra cosa es que lo que está proponiendo no tenga ningún sustento democrático, porque además en el Siglo XIX los ministros de la Corte y presidentes de la República eran elegidos por sufragio indirecto, y decir que volvamos al sufragio indirecto, es una regresión democrática sin ninguna duda”.

El ex presidente del Consejo General del INE, Lorenzo Córdova Vianello, definió en su cuenta de Twitter como “un encomiable ejercicio de autonomía” la resolución de la SCJN. Sostuvo que determinar “que la primera parte del Plan B se aprobó violando el proceso legislativo”, lo cual redundó en su anulación, “anticipa el destino de la segunda parte”.

ANÁLISIS DE LAS FORMAS BASTÓ PARA ANULAR REFORMA: INTEGRALIA

El reporte emitido por Integralia Consultores el lunes 8 de mayo, estableció que no fue necesario que la SCJN se pronunciara sobre el fondo de la reforma. En tal caso, “bastó un análisis de las formas en que fue aprobada para anularla”.

De acuerdo con el informe, a juzgar por el criterio de la mayoría de los ministros, “los vicios parlamentarios impidieron que las minorías legislativas conocieran lo que se estaba votando y que su opinión fuera escuchada de manera equitativa”.

La invalidación arrojó indicios de que “otras reformas impugnadas y pendientes se resuelvan en el mismo sentido”, caso concreto “el segundo, más amplio y problemático apartado del ´Plan B´, que se aprobó de la misma forma”.

La anulación se constituyó igualmente como una señal de que “las reformas recién aprobadas por el Senado durante el último día del período de sesiones tengan mayor posibilidad de ser revocadas”.

En el consabido reporte, la consultora dirigida por Luis Carlos Ugalde finalmente indicó que ante el fallo de la Corte, “la coalición gobernante intensificará la narrativa para impulsar una democracia popular, en la cual sólo la opinión de las mayorías cuenta y todo el poder o contrapeso que se opone a ella es antipopular y elitista”.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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