En tanto se negó la suspensión definitiva de algunos actos reclamados a Ovidio Guzmán López “El Ratón”, el Juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México se declaró incompetente para proseguir con el juicio de garantías promovido por el hijo del narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán en contra de la orden de extradición.
Al resolverse la audiencia incidental se negó la protección cautelar definitiva al quejoso, pues hasta el momento no se desprende la existencia de los actos reclamados, ya que el gobierno de los Estados Unidos no ha formalizado la solicitud de extradición.
Debido a que Guzmán López se encuentra a disposición de un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México con residencia en Almoloya de Juárez, recluido físicamente en el interior del Centro de Readaptación Social número 1 “Altiplano”, el juez de amparo se declaró incompetente para seguir conociendo del caso.
“Este juzgador estima que carece de competencia legal por razón de territorio para conocer y resolver el presente juicio de garantías, lo anterior, con fundamento en los artículos 37, párrafo primero y 48 de la Ley de Amparo” señala el funcionario judicial en su último acuerdo.
El juez federal capitalino estima que debe ser un juez de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, en turno, quien debe continuar con el juicio de derechos fundamentales interpuesto en favor del “Ratón”.
De acuerdo a criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el juez de distrito competente para conocer de la demanda en el procedimiento de extradición “es aquel en cuya jurisdicción resida el juez instructor del procedimiento respectivo, máxime que el quejoso se encuentra recluido en esa misma circunscripción territorial, por lo que la ejecución de los actos que reclama, tendrán verificativo en esa jurisdicción”.
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El juez sexto de amparo penal de la Ciudad de México ordeno la remisión del original del expediente, así como el incidente de suspensión resuelto a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, para que lo turne al juzgado que corresponda.
Ovidio Guzmán solicitó la ampliación de la demanda respecto a diversas autoridades y autorizó a diversos abogados para que le asistan en el juicio de amparo.
Por su parte, la directora general del penal federal de máxima seguridad de Almoloya de Juárez remitió constancias de la valoración psicológica practicada al privado de la libertad y de la llamada telefónica que le fue autorizada al mismo.
En cuanto a la negativa de la suspensión definitiva, cabe mencionar que mientras la solicitud formal de extradición no sea formulada por el gobierno extranjero todas las demandas de amparo estarán destinadas a causar sobreseimiento, pues no se puede proteger al quejoso en contra de actos que todavía no existen jurídicamente.