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domingo, abril 7, 2024
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SCJN anula resolución del INAI, que ordenaba reservar todos los nombres y cargos de FGR

Por 7 votos contra 3, el Pleno de Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló, el 12 de mayo del 2022, una resolución dictada en agosto del 2019 por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que había ordenado quitar la reserva de los nombres y cargos específicos de todo el personal sustantivo de la Fiscalía General de la República (FGR), es decir, agentes del Ministerio Público Federal (MPF), integrantes de la Policía Federal Ministerial (PFM) y peritos.

Los ministros que votaron a favor de reservar toda la información fueron Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Margarita Ríos Farjat y Jorge Pardo Rebolledo. Mientras que por la improcedencia de la controversia de la FGR, sufragaron Norma Lucía Piña Hernández, Alberto Pérez Dayan y Juan Luis González Alcántara Carrancá.


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Con la resolución, el Pleno de la SCJN ordenó reservar los nombres y cargos de agentes del MPF, salvo los de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO); así como los del personal administrativo de SEIDO, además de la denominación correcta de los cargos de todos los agentes del MPF, PFM, peritos y analistas adscritos a todas las subprocuradurías.

El proyecto del ministro Javier Láynez Potisek proponía mantener la publicación solo de nombres del personal administrativo de SEIDO, pero cinco de sus homólogos también rechazaron difundir dichos datos.

La SCJN estableció que la orden del INAI afecta las atribuciones constitucionales de la FGR para la investigación y persecución de delitos federales, al revelar su capacidad de despliegue y reacción.


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Láynez Potisekexplico que, según la FGR, en este caso aplica la teoría del mosaico, una herramienta que describe cómo se recopila y combina información aislada, aparentemente inofensiva, que se vuelve útil para descubrir vulnerabilidades estratégicas, susceptibles de explotación para dificultar la procuración de justicia o actos de contra inteligencia.

El ministro ponente agregó que, de cumplirse la orden del INAI, se estaría publicando el nombre del 73 por ciento de los agentes del MPF, que son los fiscales que encabezan las investigaciones y presentan las acusaciones, así como detalles sobre la adscripción y funciones de más de 9 mil servidores públicos que colaboran en la persecución de delitos.

En una votación previa, de 6 sufragios contra 4, el Pleno de la SCJN consideró que la FGR sí podía presentar una controversia, pese a que la Constitución indica que las resoluciones del INAI son definitivas e inatacables para los órganos de gobierno.

En su resolución de agosto del 2019, el INAI ordenó en que los nombres de agentes del MPF adscritos a la SEIDO debían mantenerse en reserva durante cinco años, así como los nombres del personal operativo de todas las unidades de la FGR, es decir, agentes de la PFM y peritos. Pero rechazó ocultar el resto de la información.

“Conocer la denominación de los cargos de su estructura no representa ningún peligro, ni obstaculiza sus actividades diarias, por el contrario, conocer la labor del sujeto obligado deviene en un escrutinio público cercano, siendo su estructura la expresión mínima del cómo opera”, afirmó el INAI en ese entonces.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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