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martes, abril 9, 2024
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Feminicidios en Baja California

Durante 2021, sólo 19 de los 328 asesinatos de mujeres se procesaron como feminicidios en Baja California. Este año, al 19 de mayo, un total de 111 mujeres han sido asesinadas en la entidad, y en el mismo lapso de tiempo, únicamente once de esos casos fueron catalogados como feminicidios.

Al cierre de marzo, de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo Nacional, Baja California estaba ranqueado como el tercer Estado feminicida en México, y Tijuana, con un total de 81 muertes violentas de mujeres, 13 de ellas ocurridas en lo que va de mayo, es la ciudad más violenta de la entidad. Sin embargo, la Fiscalía General del Estado se niega a iniciar la investigación de estos asesinatos como feminicidios.


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De acuerdo con la Ley, los feminicidios pueden ser cometidos por la pareja, familiares, conocidos y extraños, y se considera que existen razones de género cuando concurra “alguna” de las siguientes circunstancias:

– La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

– Se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida;


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– Existan antecedentes de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar;

– Haya existido una relación de superioridad, sentimental, afectiva o de confianza;

– Hubo amenazas, acosos o lesiones relacionadas del sujeto activo;

– La victima haya sido incomunicada;

– El cuerpo sea expuesto, exhibido o arrojado en un lugar público.

Técnicamente, un muy alto porcentaje de los homicidios de mujeres en BC cumplen con “alguno” de estos prerrequisitos fatales, como las privaciones, la exhibición pública del cuerpo, las mutilaciones infamantes o la relación de confianza, pero igual son investigados como homicidios.

El 25 de marzo de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó una sentencia unánime -554/2013-, que todas las muertes violentas de mujeres debían ser investigadas con perspectiva de género.

“En el caso de muertes de mujeres, se deben identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta, preservarse evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y realizar las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia”.

Fue parte de las determinaciones tomadas, luego que los magistrados analizaran el cúmulo de torpezas, omisiones, fata de diligencia e irregularidades cometidas por la Procuraduría General del Estado de México, al calificar en 2010, como suicidio, el asesinato de Mariana Lima Buendía, presuntamente cometido por su marido Julio César “N”, quien aún no es juzgado.

Posteriormente, Consejo Nacional de Seguridad Pública con la Procuraduría General de la República (hoy Fiscalía) y las fiscalías generales de Justicia de las 32 entidades del país, hicieron un acuerdo que se publicó el 6 de febrero de 2018 en el Diario Oficial de la Federación: “… toda muerte violenta de carácter doloso de mujeres bajo protocolos de feminicidio”.

Con estos antecedentes, la fiscalía local continúa resistiéndose. Se le preguntó al fiscal Ricardo Iván Carpio Sánchez por qué no seguían las instrucciones del máximo tribunal, a lo que respondió: no se trata de una obligación, sino de una interpretación de la determinación de la Corte, en la que refieren que todas las muertes se deben investigar como feminicidios, y que en Baja California están revisando esa interpretación para determinar si deben actualizar y socializar el tema.

Cuando se le cuestionó si la intención era reducir el porcentaje de feminicidios en medio de la Alerta de Género en BC, el fiscal contraargumentó: “Aunque no se clasifiquen penalmente como feminicidios, a todos se les aplica el protocolo, si incurren en alguna de las causas, se tipifica”, pero no siempre es así.

Investigadoras de la misma fiscalía, han comentado a ZETA que una razón importante por la que los agentes no acostumbran trabajar con perspectiva de género, es porque no han recibido la formación, ni la sensibilización. Les resulta más fácil trabajar con lo que ya conocen, porque en ese campo son efectivos.

Agentes entrevistados han manifestado que en los Juzgados resulta menos complicado obtener una sentencia mayor por el delito de homicidio de una mujer, que por feminicidio, y prefieren usar las circunstancias de género como agravantes para lograr una pena mayor.

Pero más allá de la falta de formación en fiscalía y tribunales, las prácticas actuales impiden dimensionar el verdadero impacto y crecimiento de la violencia feminicida en el país y en Baja California.

De manera flagrante, las autoridades están siendo omisas en la administración de justicia, por lo que urge determinar los lineamientos y obligaciones que seguirán respecto a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 2015, respecto a la publicación en el Periódico Oficial de 2018 y a los recientes posicionamientos.

Porque en Baja California, estas medidas no son más que palabras, que no significarán nada mientras las muertes violentas de mujeres continúen tipificándose como homicidios, y los criterios del feminicidio sigan obviándose.

Autor(a)

Rosario Mosso Castro
Rosario Mosso Castro
Editora de Semanario ZETA.
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