Bajo el argumento de que la Constitución federal establece que las personas privadas de libertad serán internadas en centros penitenciarios cercanos a su domicilio, el ex líder de Los Zetas, pretendía volver a la prisión de máxima seguridad de Almoloya de Juárez
A poco más de seis meses de haber sido trasladado al penal de máxima seguridad de Chiapas, procedente de Michoacán, el presunto narcotraficante Miguel Ángel Treviño Morales “El Z-40”, ex líder de la agrupación criminal Los Zetas, recibió un nuevo revés judicial en su intento por ser remitido al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1 Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México.
Un Tribunal Unitario del Vigésimo Circuito le negó el amparo y protección de la justicia federal al tamaulipeco en su intento de revertir el desechamiento de la solicitud de traslado que formuló en diciembre del año próximo pasado por parte de un Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en funciones de Juez de Ejecución del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Chiapas, con sede en la ciudad de Tapachula.
“Z-40” pretendía acogerse a un traslado voluntario del Cefereso número 15 “CPS Chiapas”, con residencia en Villa Comaltitlán, Chiapas, donde se encuentra recluido actualmente, al Cefereso 1 “Altiplano”, donde ya ha estado al menos en tres ocasiones anteriores, argumentando en su favor que el artículo 18 Constitucional establece que las personas privadas de libertad deben ser internadas en un centro penitenciario cercano a su domicilio.
El defensor de Treviño Morales, Marco Antonio N., asegura que la determinación impugnada es lesiva de la garantía de debido proceso, pues la mayoría de los juzgados de distrito donde se le instruyen procesos penales federales y de extradición al referido personaje se encuentran en la ciudad de Toluca, en el Estado de México, además de que no cuenta con la categoría de sentenciado sino que está en la situación jurídica de procesado.
Las objeciones planteadas ante el Juez de Distrito que desechó la solicitud del traslado voluntario, y posteriormente ante el Tribunal Unitario, no fueron suficientes para conseguir su propósito, ya que el magistrado de amparo aclaró que “si bien constituye un derecho fundamental del interno que la prisión preventiva se lleve a cabo en el centro penitenciario más cercano al lugar donde se desarrolla el procedimiento penal; también es cierto que, no se trata de un derecho incondicional o absoluto, en razón de que está restringido o limitado a lo dispuesto en el último párrafo del antes citado artículo constitucional”.
Efectivamente, el artículo 18 de la Constitución Federal, así como a lo establecido en el número 50 de la Ley Nacional de Ejecución Penal y el 45 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, establecen que “cuando la persona en reclusión se le instruya un proceso por el delito de delincuencia organizada, tendrá que ser recluido en un centro especial a efecto de contar con las medidas de seguridad e instalaciones necesarias para la protección integral de los propios procesados y la disminución de riesgos de fuga”.
“Por tanto, las personas sujetas a prisión preventiva o que hayan sido sentenciadas por el delito de delincuencia organizada, no tendrán derecho a cumplir con esa medida cautelar o compurgar sus penas, respectivamente, en el centro penitenciario más cercano a su domicilio, en el lugar donde se tramita el proceso penal o por la razón que considere necesario su traslado”, resolvió el Tribunal Unitario al negar la protección al quejoso.
Miguel Ángel Treviño Morales, detenido por elementos de la Secretaría de Marina el 15 de julio de 2013 en los límites de Anáhuac, Nuevo León, y Nuevo Laredo, Tamaulipas, ha recorrido varias prisiones federales del país, en un intento de que no se fugue o asuma roles de control en los centros carcelarios. Así ha estado en los Ceferesos número 1 Altiplano (tres veces); 2 Puente Grande, Jalisco (tres veces); 9 en Ciudad Juárez; 11 Hermosillo; 13 Oaxaca; 17 Michoacán; y ahora en el número 15, en Chiapas.
Ver nota: https://zetatijuana.com/2021/07/trasladan-a-z-40-a-prision-federal-de-chiapas/
“El Z-40” se encuentra sujeto actualmente a 12 causas penales en juzgados de distrito de los estados de México, Jalisco y Tamaulipas, así como a un procedimiento de extradición internacional ante el ante el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal. Su hermano, Omar Treviño Morales “Z-42”, también preso ha sido huésped de las principales cárceles de máxima seguridad del país, procesado en la mayoría de los mismos asuntos que su fraterno.
El grupo criminal de Los Zetas que presuntamente lideraron los Treviño Morales está implicado en la matanza de Morelia, Michoacán, durante la celebración del grito de Independencia en 2008; la ejecución sumaria de 72 migrantes centroamericanos en 2010, en San Fernando, Tamaulipas; el secuestro de otros 145 indocumentados a principios de abril de 2010 en la misma entidad; o el atentado terrorista en agosto de 2011 al incendiar el Casino Royale, en Monterrey, con saldo de 52 muertos; además de sangrientos motines y riñas en las prisiones de Apodaca y Topo Chico (ya desaparecida), en Nuevo León, durante la presente década. También se les involucra en asesinatos de periodistas en Veracruz y la Ciudad de México.