Parlamento
El diputado federal Mauricio Toledo huyó aparentemente a Chile, acusado de delitos de corrupción. En otro caso que me tocó tratar en la 57 Legislatura Federal, el entonces acusado secretario de Turismo del último tramo del gobierno de Ernesto Zedillo, también huyó, pero a Nicaragua. Ambos casos coinciden en que la autoridad acusadora es y era de la Ciudad de México (antes Distrito Federal); en ambos casos al fiscal o procurador, el acusado se les evadió y huyó… (otros dirán “se les peló”), y, en ambos casos, el Gobierno Federal en turno y el partido en el gobierno, hicieron todo lo necesario para retrasar o impedir el desafuero y detención.
En el caso del secretario de Turismo zedillista, como diputado presidente de la Sección Instructora responsable de dictaminar aquel desafuero en la Cámara de Diputados 1997-2000, sufrí un atentado jamás esclarecido. Tratando de escapar de los agresores, se fracturó mi pierna derecha y recibí un severo golpe, afectando hasta la fecha, mis cervicales. Extirparon 83 pedazos de cristal de mi cuero cabelludo mediante cirugía plástica. Aun así, después de 25 días en el hospital, concluimos nuestro trabajo dictaminando la DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA (nombre técnico del “desafuero”). Fue el primero y hasta ahora único “desafuero” a nivel de miembro de gabinete central en los últimos 70 años. El caso anterior, de Jorge Díaz Serrano en 1983, fue en contra del director de Pemex, considerado parte del gabinete “ampliado”.
Por su parte, Mauricio Toledo, diputado federal del PT, satélite de Morena, finalmente fue “desaforado” y, por tanto, removido del cargo para que enfrente a la justicia penal de manera ordinaria.
Bueno, ¿y que es el famoso desafuero? Es la remoción de una inmunidad o protección que la Constitución otorga para ciertos cargos, con el objeto de garantizar que se ejerza la función pública, evitando que el poder de las fiscalías o procuradurías se utilice desmesuradamente para amedrentar a los integrantes de otros poderes u órganos autónomos. Lo anterior se desprende del Artículo 111 Constitucional.
Para desaforar, la Cámara de Diputados debe declarar por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, “si ha o no lugar a proceder contra el inculpado”. En caso afirmativo, se separa al acusado de su encargo para enjuiciarlo.
Corría el mes de marzo del año 2000 y la investigación iniciada en la Contraloría del Gobierno de Cuauhtémoc Cárdenas, a cargo del bajacaliforniano Gastón Luken, cumplía su cometido y se convirtió en asunto penal. El procurador del Distrito Federal, Samuel del Villar (qepd), solicitó el desafuero del entonces secretario de Turismo de Ernesto Zedillo por el delito de peculado cometido como último regente del Distrito Federal en el periodo inmediato anterior a que Cárdenas fuera el primer gobernante capitalino POR ELECCIÓN desde 1917.
El desafuero de Óscar Espinosa Villarreal procedió en la Sección Instructora bajo mi presidencia. Citamos al acusado al pleno para la última votación, pero el indiciado desapareció. Su abogado informó que había “pedido licencia”. Samuel del Villar se negó a detenerlo, alegando que aún subsistía el fuero. Al respecto tuvimos un intenso debate en medios de comunicación, el procurador Del Villar, el abogado del acusado y el que esto escribe. Dos días más tarde, apareció su renuncia, confirmando con ello su desafuero.
En noviembre de 2000, a semanas de concluir Zedillo su mandato, el otrora secretario de Turismo fue detenido en Nicaragua, donde estuvo encarcelado varios meses antes de su extradición.
En el Caso de Toledo y Huerta, no sólo han sido insultantes los retrasos y pretextos para no desaforar a ambos diputados federales, sino imperdonable que la fiscalía solicitante del desafuero, esté muy enterada sobre a dónde se les escapó, pero no hayan hecho lo necesario para detenerlo, particularmente cuando supo de la licencia. Este asunto de “fuero habiendo licencia”, amerita por sí sola otra reflexión y desde luego debatir el tema, al igual que la urgente necesidad de hacer de la declaración de procedencia un asunto especial del Poder Judicial: que lo resuelvan jueces y no diputados.
Por lo demás, entre el desafuero que me tocó intervenir y este, la diferencia es que nosotros lo procesamos dentro de los plazos legales de tres meses (abril a julio de 2000), mientras que esta Cámara de Diputados tiene más de un año dándole largas, aunque finalmente ya se llevó a cabo. En lo demás, protección del partido en el gobierno al acusado, simulación y no se diga negligencia de las fiscalías, la historia simplemente se repitió: dejaron que el acusado se les “pelara”.
Juan Marcos Gutiérrez es maestro en Derecho y fue diputado federal de la LVII Legislatura (1997-2000), ex cónsul general de México en Estados Unidos, subsecretario de Gobernación y ex magistrado del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
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