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domingo, febrero 18, 2024
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SENER publica en DOF aviso de suspensión indefinida de Ley de la Industria Eléctrica

La Secretaría de Energía (SENER) publicó la tarde de este miércoles 24 de marzo, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), que la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) -cuyas reformas fueron impulsadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobadas por el Congreso de la Unión-, no puede ser aplicada, debido a que está suspendida de forma indefinida, tras los amparos presentados por distintas empresas.

La institución del Gobierno Federal indicó que la publicación se hace tras la solicitud de Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, de realizar las gestiones necesarias para que se realice una publicación en el DOF tras la concesión de una suspensión definitiva.


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La SENER detalló que durante la vigencia de esta medida cautelar se suspenden, de forma general, todos los efectos y consecuencias derivados del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica”, publicado el pasado 9 de marzo de este año.

Asimismo, la Secretaría de Energía Federal indicó que se restablece, de forma provisional, la vigencia de los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación, hasta antes de la entrada en vigor del decreto.

Hasta el momento, suman 44 suspensiones definitivas contra la LIE. Un total de 31 han sido concedidas por Gómez Fierro, en tan sólo una semana, mientras que Rodrigo de la Peza López Figueroa, titular del juzgado Primero en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, otorgó otra ayer martes 23 de marzo.


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El juez consideró que las reformas impulsadas a la LIE por el presidente Andrés Manuel López Obrador y que fueron aprobadas por el Congreso de la Unión, pueden afectar la competencia y la libre concurrencia, así como producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente.

Además, la resolución judicial fue concedida por De la Peza López Figueroa, porque las reformas a la LIE fomentan la producción y el uso de energías convencionales que desincentivan la producción de energías limpias, estatuto que genera incertidumbre y que contraviene disposiciones constitucionales y diversos tratados internacionales asumidos por México.

Las medidas cautelares tienen efectos generales, es decir, protegen a todas las compañías de la industria. Asimismo, las suspensiones definitivas otorgadas por el juez estarán vigentes durante todo el tiempo que tome el trámite de los juicios de amparo, en los que el Poder Judicial de la Federación (PJF) resolverá si la reforma es constitucional.

Sin embargo, la resolución emitida por el juez De la Peza López Figueroa podría revertirse a través de un recurso de queja, que podrá analizar un Tribunal Colegiado en la misma materia. Por lo tanto, se continuará aplicando la Ley que estaba vigente antes de la reforma publicada en el DOF, el pasado 9 de marzo.

Los poderes Ejecutivo y Legislativo tienen diez días para impugnar dicha suspensión definitiva, ante un tribunal colegiado de circuito, que tomará varias semanas para resolver. Además, dichos recursos podrían ser atraídos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), si considera que son de relevancia jurídica excepcional.

TRIBUNAL COLEGIADO DECLARA SIN MATERIA RECURSOS DE QUEJA PRESENTADOS POR GOBIERNO FEDERAL

Ayer 23 de marzo, un Tribunal Colegiado declaró sin materia los recursos de queja que presentó el presidente López Obrador y la SENER del Gobierno Federal, contra las suspensiones provisionales que frenaron la aplicación de la LIE, que concedió Gómez Fierro.

Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, dejaron claro que al haberse celebrado la audiencia incidental, el pasado 18 de marzo, y dictado la resolución interlocutoria en que se resolvió sobre la suspensión definitiva, un día después, queda sin efectos el auto combatido.

Las suspensiones provisionales reclamadas ya habían dejado de tener efecto, porque el juez Gómez Fierro determinó otorgar suspensiones definitivas el viernes, mismas que mantendrán paralizada de manera indefinida la Ley de la Industria Eléctrica, hasta que se resuelva de fondo los juicios de amparo.

Desde el pasado 11 de marzo, cuando concedió la primera suspensión provisional, el juez Gómez Fierro ordenó a la SENER Federal publicar en el Diario Oficial de la Federación, un aviso de que sigue vigente la versión de la LIE previa a la reforma.

Ante ello, el pasado 22 de marzo, la SENER Federal presentó ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) el anteproyecto de acuerdo por el que suspende los efectos generales de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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