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viernes, octubre 4, 2024
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Opacos

Desde su fundación, Morena estableció la encuesta como el mecanismo de definición de candidatos. En el partido guinda se “somete” a “consideración” la decisión a la ciudadanía, y se le “pregunta” a la mayor cantidad de ciudadanos su afinidad por determinado aspirante, pero cuando se solicita al partido sobre el proceso de selección, prefieren ocultarlo.

Cada proceso electoral que pasa, las encuestas de Morena tienen menos credibilidad, pues es más que evidente que se trata de una herramienta para disfrazar los “dedazos” y los acuerdos políticos.

El partido del Presidente, ese que dijo que acabaría con la corrupción, no pretende dar certeza sobre los procesos electorales internos. Como ejemplo, CachanillaZ solicitó por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) información relativa al proceso de encuestas en la solicitud 2230000000521, y, tras requerir una ampliación de dos semanas a un mes para responder, la dirigencia nacional de Morena indicó que dicha información es “reservada”.

Evidentemente, se presentó un recurso de inconformidad ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), donde esperemos que los consejeros validen la petición, puesto que dichas encuestas evidentemente se hicieron con recursos públicos, y, por ende, pertenecen a los ciudadanos, además de que no pasarán.

El Artículo 74 de la Ley General de Transparencia obliga expresamente a los partidos y órganos electorales a brindar información sobre las encuestas, ya sean de muestreo o de salida.

 

Ocurrencias

De plano que el regidor morenista José Ramón López Hernández, es de esas personas que sería mejor que no tuvieran iniciativa.

A finales del año pasado e inicios de 2021, buscó resaltar dentro del Cabildo de Mexicali, con la intención de posicionarse y justificar su búsqueda para ocupar la candidatura a la diputación federal por el Distrito 01.

Dentro de su escaso trabajo realizado durante poco más de un año, cuyo tiempo ha sido ocupado principalmente para “aplaudir” las iniciativas de la presidente municipal Marina del Pilar Ávila Olmeda, impulsó dos proyectos en busca de obtener reflectores, que ahora han generado tremendo problema dentro de las corporaciones policíacas e investigadoras.

El primero, una reforma al Bando de Policía y Buen Gobierno, donde entre ocurrencias, López decidió instaurar un apartado llamado Acoso Callejero, cuya intención era sancionar a personas que de alguna forma agredían a mujeres que caminaban por la vía pública.

En teoría no suena mal, salvo que ahora los cuerpos policíacos e investigadores no se la acaban, ya que estos actos solían sancionarse como abuso sexual o acoso sexual, dependiendo de la situación, lo que representa ya un delito, y, por ende, una sanción superior a la que pudiera plantearse en una queja administrativa.

Ahora los policías tienen libre albedrío para decidir no complicarse la vida, y, en vez de procesar un hecho delictivo, simplemente lo turnan al juez calificador para que este imponga la medida que considere mejor, pero no se inhibe ni se registra un antecedente contra el agresor. Esto ha generado algunos pleitos en reuniones de seguridad entre la corporación municipal y estatal, pues al parecer están duplicando funciones y facilitando la situación para los agresores.

El segundo tema fue el otorgamiento de facultades a jueces calificadores para otorgar medidas de protección a mujeres víctimas de violencia. Aunque en teoría no suena mal, la realidad es que generó otro enfrentamiento entre mandos policiacos y ministerios públicos, debido a que ahora se pueden emitir medidas de protección sin presentar una denuncia ante la Fiscalía General del Estado (FGE).

Aquí hay varios problemas porque la Policía Municipal de Mexicali otorgará protección a la mujer que acuda ante el juez calificador a pedirlo, pero esto complicará las investigaciones que tenga que iniciar la FGE, pues la víctima no está obligada a presentar una denuncia y queda a responsabilidad del juez administrativo si da parte o no a la fiscalía estatal.

El problema es que en ninguna Ley existe sustento para este tipo de medidas, por lo que la orden expresa de un juez calificador podría verse limitada ante la comisión de un hecho delictivo. Es decir, un juez calificador no tiene facultad para ordenar que saquen a un individuo de una casa en caso que la víctima esté conviviendo con el agresor, y sí no se presentó una denuncia y el Ministerio Público no ordenó medidas de restricción, difícilmente se atenderá su solicitud.

La preocupación por esta ocurrencia es tan real, que los jueces calificadores están temerosos de emitir una orden de este tipo, puesto que podrían generar conflictos ante las confrontaciones legales en el tema.

Tanto los elementos de la FGE como de la Policía Municipal, tienen ante sí un tremendo problema, ya que, dadas estas ocurrencias, no pueden ponerse de acuerdo para atender este tipo de temas de violencia de género. al grado que ha habido reuniones donde mandos y policías terminan discutiendo de forma severa, porque no encuentran cómo cubrir las ocurrencias de José Ramón.

Autor(a)

Eduardo Villa
Eduardo Villa
Periodista desde 2011 y corresponsal en Mexicali del Semanario Zeta. Participante del Border Hub del International Center for Journalists y coautor del libro “Periodismo de Investigación en el ámbito local: transparencia, Acceso a la Información y Libertad de Expresión”
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