Con 444 votos a favor y uno en contra, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó este martes 23 de marzo, una reforma al Código Penal Federal -con la incorporación de los artículos 420 Bis 1 al 420 Bis 5-, para castigar con prisión de hasta dos años de cárcel, a quien de forma intencional maltrate e infrinja dolor a un animal vertebrado.
Con las reformas se prevé una pena de tres meses a dos años de prisión y una multa de 100 a 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien “dolosamente” cause sufrimiento a un animal vertebrado, sin que le provoque la muerte inmediata; le cause lesiones que pongan en peligro la vida del animal vertebrado; o le cause lesiones o marcas permanentes.
Asimismo, se aplicará una multa de 10 a 100 días, y de 60 a 180 jornadas de trabajo en favor de la comunidad, a quien dolosamente cause la muerte a un animal vertebrado. También se prevén penas de 6 meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces la UMA vigente, a quien utilice a un animal con fines sexuales.
La reforma excluye de responsabilidad la muerte de animales o mutilación de un animal por resultado de actividades culturales, como podrían ser las corridas de toros, o cualquiera otra que sea lícita. Tampoco será sancionada la muerte o mutilación de un animal que constituya una plaga.
Ni cuando la muerte o mutilación sea por causa justificada, al cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con los conocimientos técnicos en la materia, como son los veterinarios zootecnistas o investigadores. Tampoco será sancionado el marcar o herrar animales, cuando sean parte de un ganado. Ni su muerte para consumo humano.
La reforma -que se turnó al Senado, para su análisis y posible aprobación- señala que los delitos por maltrato animal se perseguirán por querella, salvo que se cometan por el propietario, custodio o poseedor del animal, o que el animal carezca de propietario, por lo que se perseguirán de oficio.
SE SANCIONAN PELEAS DE PERROS
Por otro lado, con 448 votos a favor, cero abstenciones y un voto en contra, los legisladores también aprobaron este mismo día, una reforma al Código Penal Federal -incorporando el artículo 419 Bis- para sancionar a quien se involucre o incite a peleas de perros contra cualquier otro animal.
Se prevé imponer penas de seis meses a 5 años de prisión y el equivalente de 200 a 2 mil días de multa, a quien involucre en una pelea a un perro contra cualquier otro animal, con fines recreativos; a quien compre o venda perros con la finalidad de incluirlos en peleas con otros animales; y a quien transmita dichas peleas de perros por medios electrónicos.