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viernes, febrero 16, 2024
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Diputados aprueban en lo general y particular uso lúdico de cannabis; dictamen pasa al Senado

Con 250 votos a favor, 163 contra y 14 abstenciones, y después de 14 horas de discusión, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó a las 02:00 horas de de este jueves 11 de marzo, en lo general y en lo particular la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.

Así como modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, para fines lúdicos, industrial y de investigación, mientras que el dictamen se devolvió al Senado de la República para el análisis y eventual ratificación de los cambios al proyecto. Después, si dicha legislación es aprobada en la Cámara alta, debe ser publicada por el titular del Poder Ejecutivo Federal, para su promulgación, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).


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En lo particular, el Pleno de San Lázaro aceptó modificaciones a los artículos 3, 8, 26, 29, 35, 41, 42 y 43 la Ley Federal para la Regulación del Cannabis; así como al artículo 477 Bis de la Ley General de Salud, y al artículo 198 Bis del Código Penal Federal.

En lo general, se modificó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, en los artículos 1, 2, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 30, 31, 32, 37, 38, 39, 40, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 54 y 55, así como la denominación del artículo Primero de instrucción y la denominación del título Cuarto.

De la Ley General de Salud, los artículos 3, 7, 235, 236, 247, 474, 475, 475 Bis, 476, 476 Bis, 477, 478 y 479. Mientras que del Código Penal Federal, los artículos 193 y 201 Bis. Además, los artículos transitorios: Segundo, Cuarto, Sexto y Séptimo.


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Durante la discusión en lo particular, el Pleno de la Cámara baja admitió solo siete de 303 reservas presentadas por legisladores de los diversos grupos parlamentarios. Destaca una modificación propuesta por Morena a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, para imponer una multa de 80 a 300 días (de 7 mil 169 a 26 mil 886 pesos).

Además de la pena ya prevista de tres a siete años de prisión, a quien posea para comercialización o suministro más de 5.6 kilogramos de mariguana. Asimismo, el Pleno de San Lázaro aprobó un cambio propuesto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) para dejar a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Social (SADER), la facultad exclusiva de emitir licencias relativas al aprovechamiento industrial del cáñamo, sin necesidad de opinión vinculante de la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC).

Asimismo, se aprobó una reserva de Morena para prohibir la conversión de tierras con vocación forestal a cultivos de mariguana. También se modificó el concepto de “consumo abusivo” por el de “consumo problemático” de cannabis, a fin de evitar la estigmatización. Igualmente se avaló una propuesta del Partido de la Revolución Democrática (PRD), para proteger el derecho de las personas a elegir libre y autónomamente cómo vivir su vida, sin ser criminalizados por el consumo de la sustancia.

Por último, se precisó en el proyecto que el incumplimiento a las disposiciones de la nueva legislación se sancionará administrativamente conforme a las leyes General de Salud, Federal de Sanidad Vegetal, Federal de Variedades Vegetales, de Desarrollo Rural y de Equilibrio Ecológico.

APROBACIÓN DE LA LEY EN LO GENERAL

Ayer miércoles 10 de marzo, 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, para fines lúdicos, industrial y de investigación, para así cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El proyecto que ahora pasó al Senado de la República, ha sido retrasado en varias ocasiones, ya que Congreso de la Unión ha solicitado prórroga tres veces a la SCJN, con motivos diversos, entre ellos la pandemia de la COVID-19.

El 19 de noviembre de 2020, el Senado de la República aprobó la Ley con 82 votos a favor, 18 en contra y siete abstenciones. La votación se derivó de la jurisprudencia publicada por la SCJN, en febrero de 2019, que determinó que la prohibición del autocultivo de cannabis para uso personal, sin fines de comercialización, viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Al ser aprobada la Ley, el Poder Ejecutivo Federal dispone de 180 días para publicar en el DOF la reglamentación secundaria, en la cual, principalmente se fijarán los requisitos específicos para participar en el mercado regulado.

A raíz de la última prórroga otorgada en diciembre del 2020 por la SCJN, el Poder Legislativo Federal tenía hasta el 30 de abril del este año para aprobar el proyecto de Ley, sin embargo, algunos expertos en el tema estiman que el proceso de implementación seguramente durará más de un año.

¿QUÉ PREVÉ LA NUEVA LEY DEL CANNABIS?

Los diputados ajustaron la minuta recibida del Senado de la República, que privilegiaba la producción para autoconsumo, además de la ampliaron a la expedición de licencias para comercialización con fines lúdicos, industriales y de investigación.

Entre otras cosas, se agregó a la definición de cáñamo o cannabis no psicoactivo como las plantas del genero cannabis, “incluyendo sus derivados, que puede producir fibras y no produce ningún efecto psicoactivo y cuyo contenido de THC (tetrahidrocannabinol) es inferior al uno por ciento”.

La iniciativa despenaliza el consumo lúdico de la marihuana para personas mayores de 18 años de edad, además de expedir permisos para su autoconsumo y autocultivo. Ente otras cosas, cualquier adulto podrá poseer libremente hasta 28 gramos para consumo personal, lo que equivale a 28 cigarros.

Sin embargo, quedará prohibido el consumo de la marihuana en áreas de trabajo o instalaciones escolares. Además, entre las restricciones se encuentran el consumo de cannabis para menores de edad, así como la posibilidad de importar “concentrados de cannabis psicoactivo para vaporización o usos similar o equivalente”.

En la minuta aprobada se contemplan liberaciones para las personas procesadas o sentenciadas por delitos contra la salud, asociados a la cannabis, pero no se eliminarán sus antecedentes penales.

La iniciativa describe que los beneficios para los detenidos los podrán promover directamente los interesados, sus representantes legales, o familiares; o, a manera de oficio lo hará el Órgano de Prevención y Readaptación Social Federal.

Los diputados no contemplaron algunas de las propuestas realizadas por los senadores en noviembre pasado, entre ellas la creación del Instituto Mexicano para la Regulación del Cannabis. Además se impuso la obligación de solicitar licencia y renovarla anualmente para tener seis plantas de marihuana en casa.

También se agregó que en caso de impedir la revisión, el ciudadano será sancionado hasta con casi 27 mil pesos y se le cancelará el permiso. Además, se impide la venta de cannabis o sus derivados por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizado.

Las funciones del Instituto eliminado de la minuta serán conferidas a los organismos desconcentrados de la Secretaría de Salud (SSa) Federal, entre ellos la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), que se encargará de supervisar el uso de la cannabis y sus riesgos a la salud.

Además del Consejo Nacional Contra las Adicciones (CONADIC), que será la autoridad en materia del uso lúdico del cannabis, por lo que puede autorizar o revocar las licencias de producción, distribución, comercialización y venta final de la marihuana.

Aunado a ello, la CONADIC podría limitar o prohibir la adquisición, posesión y consumo de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años de edad, y menores de 25, como medida de protección a su salud.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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