El 21 de octubre 2019, en el Senado de la República inauguraron trabajos para reformar el Poder Judicial; finalmente se votó el 14 de este mes, turnándose a legislaturas de los estados. En la exposición de motivos se lee: El objetivo: una mejor justicia, con pleno respeto a división de poderes e independencia judicial.
La justificación: impartición de justicia federal enfrenta grandes retos; jueces federales no siempre se conducen con ética, profesionalismo, independencia e imparcialidad que deberían; sucumben ante intereses mezquinos.
En afán por exprimir recursos públicos, cargos que deberían ocuparse por méritos, se otorgan a familiares y amigos, antes que servir a la justicia. Considerando que el sistema de carrera judicial no ha sido exitoso para asegurar que quienes lleguen a juzgadores, sean personas más honestas y mejor pagadas.
E inclusive reconociendo que la corrupción no se ha podido desterrar, sino que, por el contrario, la endogamia y el amiguismo han producido redes clientelares arraigadas, traficando plazas, intercambian favores; o peor aún, se pone precio a la justicia, generando desigualdades, dificultando que los más pobres puedan ser escuchados, sus reclamos atendidos, lastimando la sociedad, generando desconfianza en jueces y la justicia, impidiendo el establecimiento de gobierno de leyes.
Ante ello, argumenta a su favor el Poder Judicial, que adoptó políticas en combate a la corrupción, nepotismo, fortaleciendo la carrera judicial, capacitando, mejorando la defensoría pública. El objetivo: elevar calidad en la impartición de justicia, haciéndola accesible para todas y todos, buscando la reforma dar continuidad a las políticas adoptadas.
La iniciativa fue propuesta por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, producto de reflexión, sus fortalezas y debilidades, experiencia, visión y compromiso de brindar mejor justicia. Reforma integral de largo alcance, transformará de fondo al Poder Judicial, beneficiando esta generación y venideras.
Ejes principales de la reforma son:
1.- Consolidación de verdadera carrera judicial para todas las categorías por concurso de oposición.
2.- Limita la discrecionalidad de nombramientos otorgados por jueces y magistrados, garantizando que solo se otorguen a vencedores en concursos.
3.- Establecimiento de políticas que orienten determinaciones del Consejo de la Judicatura Federal en materia de adscripciones, readscripciones, reincorporaciones y ratificación de juzgadores.
4.- Reforzamiento de facultades institucionales combatiendo la corrupción y nepotismo.
5.- Impulso a capacitación y profesionalización del personal otorgándole a escuela judicial, rol central en concursos de oposición, confiriéndole la capacitación y carrera de defensores públicos.
6.- Fortalecimiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, consolidando sistema de carrera y ampliando servicios, convirtiendo a los defensores públicos en verdaderos abogados de los pobres.
7.- Apuntalar rol de la Suprema Corte, como tribunal constitucional, permitiendo enfoque de energías únicamente en asuntos relevantes para el orden jurídico nacional.
8.- Establecimiento de Plenos Regionales, sustituyendo plenos de circuito, como órganos del Poder Judicial encargados de resolver contradicciones de tesis en los circuitos en que ejerzan jurisdicción, así como los conflictos competenciales suscitados en el país entre órganos jurisdiccionales.
9.- Transformación de Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, con integración colegiada, asegurando mejor calidad y mayor certeza en resoluciones.
10.- Modificación al sistema de jurisprudencia, fortaleciendo precedentes de la Suprema Corte, para que la doctrina constitucional generada enmarque la labor del resto de órganos jurisdiccionales del país.
Proponiendo reformar la Constitución Política del País, expedición de nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, reformas a: Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Articulo 123 de la Constitución; expedición de Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial; reformas a Ley Federal de Defensoría Pública; Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; a Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; al Código Federal de Procedimientos Civiles.
Es de suma importancia estar enterados de lo que ocurre en la vida política del país, relacionado al Poder Judicial, no menos importante que el Legislativo y Ejecutivo, tan solo porque se le encomendó velar por la paz social.
En la segunda parte analizaremos las ambiciosas reformas constitucionales, prometedoras de respeto al estado de derecho y justicia social.
La abogada María de Lourdes Molina es catedrática en Derecho y jueza del Juzgado Décimo Civil de Tijuana. Correo: molina.morales@msn.com