24.6 C
Tijuana
miércoles, octubre 2, 2024
Publicidad

TEPJF revoca acuerdo del INE sobre paridad en gubernaturas; ordena a congresos a legislar

Por unanimidad, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, este lunes 14 de diciembre, el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), para obligar a a los institutos políticos a postular a 7 candidatas en las 15 elecciones a gobernador que se llevarán a cabo el 6 de junio del 2021.

Los magistrados consideraron que el INE no tiene la facultad no competencia para legislar respecto al tema, por lo que los partidos políticos no estarán obligados a postular a mujeres en las 15 gubernaturas que se disputarán el próximo año. Sin embargo, ordenaron a los Congresos federal y locales a legislar sobre paridad de género antes del inicio del proceso electoral del 2024.

La autora del proyecto, la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis, informó que era necesario que fuera el órgano jurisdiccional federal el que emitiera dicha afirmación, ya que “nosotros tenemos la facultad de emitir esas afirmaciones de paridad”.

Sin embargo, la mayoría de los magistrados rechazaron que fuera la Sala Superior del TEPJF, quien emitiera estas afirmaciones. Al final, con cuatro votos a favor y 3 en contra de la propuesta de Otálora Malassis, se determinó que se emitiera solo una vinculación a los partidos políticos, sus coaliciones o candidaturas comunes.

El Pleno de la Sala Superior del TEPJF sugirió que los partidos políticos atiendan la recomendación respecto a la paridad de género, sin estar obligados a cumplir con dicha disposición en las candidaturas a las 15 gubernaturas que se disputarán el año próximo.

El pasado 11 de noviembre, el Senado de la República y el Partido Acción Nacional (PAN) impugnaron ayer martes 11 de noviembre, ante la Sala Superior del TEPJF, el acuerdo del Consejo General del INE, para obligar a a los institutos políticos a postular a 7 candidatas en las 15 elecciones a gobernador que se llevarán a cabo el 6 de junio del 2021.

En ambos recursos interpuestos por la la Mesa Directiva de la Cámara alta y por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN, se argumentó que los consejeros del INE se extralimitaron en sus facultades, al instaurarse como “un cuarto poder” para legislar fuera de tiempo.

Eduardo Ramírez Aguilar, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara alta, argumentó que estaba de acuerdo en garantizar la equidad de género, pero ello no se podía hacer estableciendo lineamientos que otorguen derechos a las mujeres, restringiendo así los derechos de los hombres.

Asimismo, justificó que al Senado de la República le compete legislar sobre el principio de igualdad sustantiva y de equilibro entre los géneros para la postulación de candidaturas a cargo de naturaleza unipersonal, como lo son las de las gubernaturas.

Además, Ramírez Aguilar afirmó que el INE debía suscribirse al artículo 105 constitucional, que establece que los cambios electorales deben efectuarse 90 días antes de arrancar el proceso electoral, el cual inició el pasado 7 de septiembre, ya que el acuerdo aprobado un día antes, impacta en la elección.

“Pido a esta Sala Superior del Tribunal que estudien y resuelvan el fondo de la impugnación, pues lo que se recurre es esa falta de competencia y facultades del INE para emitir las medidas de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas”, estableció el presidente de la Mesa Directiva del Senado.

“En caso de desecharlo se estaría dejando fuera un ejercicio de control del acuerdo reclamado, que puede ser contrario a la supremacía constitucional, al violar diversos principios constitucionales así como al principio de acceso a la justicia, y rechazar el estudio implicaría petición de principio”, detalló Ramírez Aguilar.

Aunado a ello, el Senado acusó al INE de pretender aplicar en las gubernaturas el mismo criterio de las presidencias municipales, cuando ello es inviable, además de que en cada entidad, al ser la titularidad del Ejecutivo estatal un cargo personal, debe ser regulado por los congresos locales.

Por su parte, en la impugnación del PAN argumentó que el INE quiere lograr la misma paridad horizontal que se realiza en diputaciones federales y senadurías, cuyos criterios se refieren a cargos de elección popular distintos colegiados y no unipersonales.

“La naturaleza representativa de las gubernaturas, como titulares de los ejecutivos locales de entidades federativas libres y soberanas, unidas en una federación que conforman la República Mexicana, no pueden, bajo ninguna circunstancia, ser concebidas como una circunscripción electoral, como lo hace el acuerdo que por esta vía se impugna”, explicó Acción Nacional en su impugnación.

“Esto lleva a concluir que el Consejo General [del INE] atenta contra la Constitución, pues pierde de vista la naturaleza jurídica de las entidades federativas, que como soberanía, son libres, unidas bajo un pacto federal”, agregó el PAN.

El principio de igualdad está sustentado en reglas fijas que dan seguridad jurídica a los individuos, de lo contrario, altera las circunstancias políticas en perjuicio o en beneficio de alguien, señaló el PAN, además de que insistió en que la ley establece el quién, dónde y cuándo de una situación jurídica general, y el reglamento elaborado por una autoridad secundaría, en este caso el INE, sólo debe establecer el cómo lo aplica.

Sin embargo, según argumentó el PAN, los consejeros del Instituto Nacional Electoral, amparados en subsanar las omisiones de legislador, que no ha legislado sobre cómo garantizar la paridad en las gubernaturas, se tomaron una atribución que al final resulta un acto discriminatorio.

El PAN también acusa al INE de realizar un acuerdo a través de una acción afirmativa, cuando debieron aplicar una atracción, ya que le corresponde a los Organismos Públicos Locales (OPLES) revisar si se cumple la paridad. Además, según puntualizó Acción Nacional, la autoorganización de los partidos políticos y pierde de vista que las precandidaturas para gobernador ya están en marcha, ya estas no se construyen en una precampaña, sino llevan años.

“Las etapas de precampaña ya han iniciado y se vulnera la imparcialidad, pues a estas alturas tanto la autoridad electoral como las autoridades partidistas ya conocemos los nombres y sus géneros de quienes desean participar en este proceso, basta ver las decenas de encuestas que se publican a diario y las declaraciones de los medios de comunicación locales y nacionales”, justificó el PAN.

“Tampoco se toma en cuenta que para el caso de las candidaturas a las gubernaturas, al igual que la Presidencia de la República, el tiempo de preparación de dichos proyectos no toma semanas ni meses, dichos proyectos toman años”, señaló Acción Nacional.

LA APROBACIÓN DEL INE

El pasado 6 de noviembre, con nueve votos a favor y dos en contra (de José Roberto Ruiz Saldaña y Uuc-kib Espadas Ancona), el Consejo General del INE aprobó, por mayoría de votos, obligar a a los partidos políticos a postular a 7 candidatas en las 15 elecciones a gobernador que se llevarán a cabo el 6 de junio del 2021.

Ello a pesar de que Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del Senado de la República, advirtió el pasado 5 de noviembre, al INE, de que presentaría una controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación [SCJN), si dicho Instituto mantenía su intención de aprobar los criterios para obligar a los partidos políticos a postular a mujeres en 7 de 15 gubernaturas.

“El INE está incurriendo en exceso y en invasión de esferas de competencia de uno de los poderes […] Por eso todos […] hemos decidido enviar un exhorto, una respetuosa comunicación por esta vía de que el INE no legisle, no invaden nuestras facultades como nosotros no lo hacemos a otros poderes. Que no extralimiten en sus facultades”, dijo el presidente de la JUCOPO de la Cámara alta.

“Es un tema de constitucionalidad y es un tema de invasión de poderes. Simple y sencillamente el INE no puede legislar. Si ellos legislan suplantan al Poder Legislativo y eso no lo vamos a permitir, lo aseguro”, señaló el también coordinador del grupo parlamentario de Morena, quien también resaltó que cuando se discutió la reforma constitucional sobre paridad, “ex profeso se excluyó de la discusión el caso de gobernadores y de presidentes de la República”.

“No se incluyó en la discusión, porque son cargos unipersonales y no se puede invadir la facultad y competencia de los estados. Ni se puede imponer a un estado, que vaya a ser gobernado por un género específico. Eso lo decide la gente, esa es la democracia, no la imposición de un órgano”, abundó Monreal Ávila.

“Cuando en el [Instituto Federal de Telecomunicaciones IFT, frente a la ausencia de un presidente, está un interino, pero el Consejo, los cuatro comisionados de este órgano, le quitaron atribuciones al presidente, es decir, legislaron nuevas facultades para los comisionados”, señaló el senador.

Ante ello, dijo, la Cámara alta interpuso una controversia constitucional, “de la cual tenemos suspensión. ¿Qué quiere decir? Que la Corte nos concedió la razón de que ningún órgano, ningún órgano del Estado, autónomo, judicial o ejecutivo, puede suplantarnos. Ni siquiera nos metemos a la materia, es simple y sencillamente: el INE no puede legislar y no vamos a permitir que nos suplante. Es sencillo”, indicó Monreal Ávila.

Además, los representantes de los partidos del Trabajo (PT) y de Acción Nacional ante el INE, anunciaron que impugnarían el acuerdo, al considerar que se realiza fuera de los tiempos, es decir, 90 días antes de arrancar el proceso electoral, y en muchos estados las precampañas están por arrancar.

El dictamen original del INE establecía que 8 de las 15 candidaturas a gobernador fueran para mujeres, sin embargo, tras una conversación con los partidos políticos, fue modificado. No obstante se argumenta que debido a que el Congreso de la Unión no aprobó la legislación secundaria para garantizar la reforma constitucional “paridad en todo”, el Instituto es la máxima autoridad para dar cumplimiento a la Constitución en materia electoral.

“De modo que, si en 7 de las 15 gubernaturas que se elegirán en 2021 son ocupadas por un mismo género, sumadas a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, se alcanzaría, al menos, 8 mujeres en los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas, con lo cual, se obtendría que cerca de un 25 por ciento de estos cargos sean ocupados por mujeres, reduciendo la brecha de desigualdad que ha existido entre mujeres y hombres para asumir estos cargos de representación política”, indica el dictamen aprobado.

“De este modo, se establecerían las bases para alcanzar -en forma paulatina- la paridad total en dicho cargo a nivel nacional en cumplimiento al mandato constitucional aprobado en 2019”, señala el proyecto, que fue discutido el pasado 6 de noviembre en una segunda sesión del Consejo General del INE.

Los consejeros justificaron que el pasado 26 de octubre se recibió una petición en la plataforma virtual Change.org, respaldada por organizaciones y 152 personas. Asimismo, advirtieron que que la SCJN ha establecido que en materia de paridad de género se debe atender la norma constitucional.

“Siguiendo la argumentación de la SCJN y tomando en consideración la referida reforma Paridad en Todo publicada el 6 de junio de 2019, resulta evidente que debe aplicar la paridad en la postulación de candidaturas para renovar a las personas titulares de los Poderes Ejecutivos Locales”, apunta el dictamen aprobado.

Los consejeros del INE explicaron, además, que la medida aprobada tiene como objetivo, también, cumplir con la sentencia de la Primera Sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sobre la paridad horizontal.

Además, los consejeros anularon el apartado sobre la obligación de elegir a candidatas mujeres en estados donde fueran competitivos, sin embargo incorporaron otra cláusula, de que “de ninguna manera, se registrarán las candidaturas de mujeres exclusivamente en las entidades con menos competitividad”, además de que se contempla que si el partido realiza una sustitución en la candidatura, ésta deberá ser del mismo género.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
- Publicidad -spot_img

Puede interesarte

-Publicidad -

Notas recientes

-Publicidad -

Destacadas