Aunque reconoce avances importantes para mejorar las condiciones de seguridad social de los policías, ministerios públicos y peritos de Baja California, el presidente de la Confederación Estatal de Asociaciones de Policías de Baja California, Alejandro Monreal Noriega, considera que la nueva Ley de Seguridad Pública del Estado es insuficiente, ya que prevalecen vicios históricos que afectan a los cuerpos de seguridad. Además de ello, la nueva Ley formaliza la concentración de poder en el fiscal general en la recopilación de información y dirección de las políticas en materia de seguridad pública y prevención del delito
La nueva Ley de Seguridad Pública del Estado que propone el gobernador Jaime Bonilla Valdez, fue presentada ante la urgencia de brindar nuevas garantías y beneficios mutualistas a los cuerpos policíacos, ministerios públicos y peritos de Baja California, que desde 2016 han buscado mejores condiciones laborales sin encontrar eco en el Poder Ejecutivo y los ayuntamientos.
Aunque representantes del gremio policial identificaron un gran avance en los beneficios para ellos y sus familias, prevalecen viejos vicios de la antigua Ley.
Luego de un turbulento año, en el que la pandemia exhibió los puntos débiles de los gobiernos, y alrededor de 40 policías han perdido la vida a causa de la COVID-19, además de otros cientos que contrajeron la enfermedad y sufrieron carencias económicas; o bien, fueron asesinados cumpliendo su deber y sus familias no han recibido apoyo ni siquiera para los gastos funerarios, el hartazgo de la tropa se hizo escuchar el 23 de noviembre, cuando cientos de policías acudieron al Centro de Gobierno de Mexicali, donde se manifestaron junto con madres, hijos y hermanos de agentes caídos abandonados por el Estado.
Al día siguiente, en su transmisión vía Facebook que realiza desde Tijuana, Bonilla Valdez reconoció las carencias de los cuerpos policíacos, y se comprometió a enviar una nueva Ley de Seguridad Pública del Estado -que abrogaría la vigente desde 2009-, contemplando los servicios de seguridad social para los elementos, además de peritos y ministerios públicos.
El mandatario aprovechó para definir todo este nuevo marco jurídico en favor del fiscal general del Estado, para la coordinación del combate a la inseguridad y un poder casi absoluto en materia de acceso a la información.
Entre las novedades contempla la creación de un nuevo Consejo de Seguridad Pública y Paz, presidido por el gobernador, pero operado por el fiscal, además de establecer en Ley una serie de acciones que venían realizándose de manera informal o por medio de convenios.
LA LEY EN POCAS PALABRAS
Tres días después de la protesta de cientos de agentes policíacos y familias en el Centro de Gobierno de Mexicali, Jaime Bonilla Valdez envió una iniciativa al Congreso del Estado para abrogar la actual Ley de Seguridad Pública de Baja California y sustituirla por una nueva, la cual comprende algunos temas novedosos, como la seguridad social de las corporaciones policíacas.
La propuesta fue formalmente recibida el 1 de diciembre en Oficialía de Partes del Poder Legislativo, la cual comprende de 237 artículos y 17 transitorios.
La iniciativa firmada por el titular del Poder Ejecutivo estatal y su secretario general de Gobierno, Amador Rodríguez Lozano, es prácticamente una copia de la Ley de Seguridad Pública vigente, salvo porque las atribuciones que anteriormente tenía la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, ahora pasaron en su totalidad a la Fiscalía General del Estado (FGE).
Entre las novedades contempla conceptos más definidos para la coordinación entre las corporaciones de seguridad, además de incluir a los Derechos Humanos en algunos artículos. Para ello crea el Consejo Estatal de Seguridad Pública y Paz (antes Consejo de Seguridad Estatal), el cual deberá sesionar cuatro veces al año de manera ordinaria, con la libertad de sesionar las veces que sean necesarias de forma extraordinaria.
Según el Artículo 8 de la Ley, este consejo está integrado de la siguiente manera:
– El gobernador como presidente.
– El fiscal general como secretario ejecutivo.
– El secretario general de Gobierno.
– El comisionado estatal del Sistema Penitenciario.
-Los presidentes municipales.
En caso de no asistir, tendrán que nombrar a un suplente, previo anuncio por escrito.
Anteriormente, este Consejo incluía a un secretario encargado de llevar la minuta y al secretario de Planeación y Finanzas, pero estos quedaron excluidos de la actual Ley y pasaron a ser facultad del fiscal, quien se encargaría de prácticamente todas las acciones operativas y de información del Consejo.
Entre sus atribuciones, según el Artículo 32, también tendrá a su cargo -junto con el Poder Ejecutivo- el Sistema Estatal de Información de Seguridad Pública, y comprenderá de toda la información que se origine de los cuerpos policíacos, desde los informes policiales homologados, un padrón de casas abandonadas, hasta reconocimiento de voz, huellas digitales y extracciones de ADN a policías, guardias de seguridad, a detenidos por faltas administrativas y delitos, sean sentenciados o presuntos responsables.
También pasa a sus manos el Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo (C4), donde destaca el número de denuncia anónima y el sistema de video vigilancia; también la certificación a empresas de seguridad privada, a las que ahora obliga a presentar un informe mensual de novedades recabados para abastecer la información de inteligencia.
Otro punto es la sustitución de la Academia de Seguridad Pública del Estado, para dar vida al Instituto Estatal de Investigación y Formación Interdisciplinaria, a cargo de la FGE, con el objetivo de capacitar a aspirantes y miembros activos de las policías municipales, estatales, peritos y ministerios públicos en su conjunto.
Los esquemas de enseñanza son prácticamente los mismos que se otorgaban anteriormente, solo que ahora bajo una misma dirección. Tanto la FGE como la Comisión Estatal de Sistema Penitenciario, deberán reglamentar el servicio profesional policial, para efecto de evaluar y permitir el ascenso de sus elementos.
LOS NUEVOS BENEFICIOS
El cambio más significativo se da en el apartado de seguridad social para los policías, peritos y ministerios públicos, pues de cuatro artículos relacionados con el tema, con la nueva Ley tendrán más de 30, entre estos, la creación de Comité de Género que -según se establece en el documento- velará por los derechos de las mujeres.
La nueva Ley contempla la creación de un esquema de retiro al cumplir los 60 años de edad y los 30 de servicio, para aspirar a una jubilación del 100%.
A las personas que cumplan 60 años y tengan 15 de servicio, se les otorgará el 55%; de 18 a 20, el 62.2%; de 21 a 23, el 70%; de 24 a 26, el 80%; de 27 a 29, el 85% y de 30 años el 100%.
Además, prevé adherir al agente, su familia y dependientes económicos a un sistema de seguridad social; otorgamiento de prótesis o injertos en caso de pérdida o lesiones ocasionadas durante el servicio; tratamiento psicológico y psiquiátrico; seguro de vida para familiares y dependientes, el cual se dará aparte de los pagos correspondientes como gastos fúnebres y otro tipo de estímulos y prestaciones.
También recibirán licencias remuneradas en caso de accidente o enfermedad, en cumplimiento de servicio; pensión o jubilación vitalicia para familiares y dependientes en caso de fallecimiento; acceso garantizado a escuela a hijos del elemento hasta concluir sus estudios superiores, aun cuando este fallezca antes de ello.
Otro de los beneficios, es el otorgamiento de créditos para vivienda, terrenos o ampliaciones, los cuales partirán aportaciones bimestrales hasta del 5% de su salario.
En su Artículo 201, la Ley obliga a que tanto la FGE, como el Estado y los municipios, definan en sus finanzas los mecanismos necesarios para garantizar un sistema de pensiones y jubilaciones. El Artículo siguiente otorga atribuciones al Estado para hacer convenios con los municipios para subsidiar u otorgar recursos necesarios para cumplir con la Ley.
También presentarán un tabulador de sueldos cada mes de noviembre, donde definirán cuánto gana exactamente el agente, dependiendo del cargo o nivel que ostente; dicho emolumento no podrá ser menor que el del año anterior.
Este tabulador se definirá en una comisión conformada por el secretario general de Gobierno, el fiscal general del Estado, el secretario de Hacienda, el comisionado del Sistema Penitenciario, los presidentes municipales y el titular del Issstecali. Este órgano se encargará de operar todos los beneficios de la Ley.
Además de formalizar la entrega de prestaciones para agentes que destaquen en su desempeño, también se obliga a otorgar un monto de siete días de salario mínimo vigente para apoyar a los agentes en la compra de útiles escolares para sus hijos, así como becas para ellos y sus dependientes.
Todos estos esquemas deberán entrar en funciones 90 días después de la publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ES UN AVANCE, PERO NO ES SUFICIENTE: MONREAL
Alejandro Monreal Noriega, presidente de la Confederación Estatal de Asociaciones de Policías de Baja California (CEAPBC), reconoció que la nueva Ley de Seguridad Pública del Estado otorga muchos beneficios a los agremiados. Sin embargo, consideró que existen cuestiones que todavía generan dudas, mientras que otras peticiones no se cumplieron en este marco legal.
El estudio financiero presentado por la CEAPBC, indica que los gobiernos requieren de 380 millones de pesos para cumplir con las necesidades establecidas en su pliego petitorio, lo que genera dudas respecto a si se cuenta con dinero para cumplir con las obligaciones a partir de 2021.
Para ello, la Secretaría de Hacienda deberá solicitar al Congreso del Estado un monto establecido para este concepto, lo cual deberá ocurrir hoy viernes 11 de diciembre durante la comparecencia. Sin embargo, la Ley no establece candados u obligación para que se legisle y defina para que el siguiente año.
Otro de los apartados que preocupa al gremio policial, es que el comité de tabulador salarial será dirigido solo por funcionarios de primer nivel, lo que genera gran preocupación, ya que no contempla una representación del gremio implicado para cerciorarse del correcto manejo del sistema.
En la opinión del ex director de la Policía Municipal de Mexicali, prevalece un tema muy dolido por los agentes: la disposición absoluta de la tropa por parte de los mandos. Los jefes policíacos tienen la facultad de comisionar a su tropa al municipio que les plazca, sin otorgar viáticos, bajo el argumento de “las necesidades del servicio”.
Es conocido que los mandos utilizan esta facultad para castigar a elementos o para revanchismos internos, al grado de enviar a agentes de Mexicali a trabajar en el Paralelo 28 o elementos de Ensenada a San Felipe.
A juicio de Monreal Noriega, los elementos que son comisionados más allá de 100 kilómetros, deben tener derecho a viáticos y garantizar el pago de su estadía en el municipio en cuestión.
En el mismo sentido, ubicó que en el Artículo 187 de la nueva Ley, prevalece “el fantasma del 123 Constitucional”. El gremio policial conoce de esta manera a la reforma emprendida en el gobierno de Felipe Calderón, la cual impide la reinstalación de un agente removido por algún tema administrativo o penal, sin importar que sea absuelto de las acusaciones.
También detectaron que el Artículo 105 establece estímulos y apoyos económicos, pero los limita a las condiciones presupuestales, por lo que estos deberían incluirse en el Presupuesto de Egresos de cada año.
Otra de las inconsistencias se detectó en el Artículo 138, y prohíbe a los agentes llevar teléfonos móviles durante su función, pero en ese mismo apartado, establece que al momento de detener a un individuo debe otorgarse la ubicación georreferenciada del incidente, a través de una aplicación a la que se tiene acceso por medio de teléfono celular.
A juicio de Monreal Noriega, las corporaciones más beneficiadas con este esquema son la Policía Municipal de Tecate -que no cuenta con ninguna de esas prestaciones-, la Agencia Estatal de Investigación y el Sistema Penitenciario, consideradas las más rezagadas del Estado.