La mayoría morenista del Congreso del Estado mostró un abierto ataque contra la intención del referéndum emprendido por partidos políticos, empresarios y ciudadanos, contra la llamada “Ley Gandalla”. A través de dos impugnaciones y una clara solicitud para la improcedencia del dictamen, Poder Legislativo impone herramientas legales abiertas contra la posibilidad de llevar a cabo una votación ciudadana sobre un tema de gobierno, algo totalmente contrario al discurso del Presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ha impulsado varias consultas ciudadanas por temas diversos, aunque esta sería la primera que se lleva a cabo con todos los lineamientos electorales
Dos impugnaciones individuales por parte de la diputada Miriam Cano y del legislador Juan Manuel Molina ante el Tribunal Electoral de Baja California, además de una recomendación contra el referéndum por parte de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, confirman lo que ya se sabía: la mayoría morenista del Congreso del Estado está en contra de someter a votación popular una decisión cuando esto no está “a modo” y en beneficio de sus causas o intereses.
El 23 de noviembre, el Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) alistó el Dictamen 9 de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica, relativo a la procedencia de la solicitud de referéndum en contra de las reformas constitucionales a los artículos 16 y 78 propuestas por el diputado Miguel Ángel Bujanda, pero aprobado por la mayoría del Congreso a finales de abril del presente año.
Dicha modificación legal tuvo como objeto abrir la posibilidad de que diputados y munícipes puedan buscar la reelección consecutiva sin la necesidad de separarse de su cargo, lo que representantes de partidos políticos de oposición, empresarios y colectivos ciudadanos, calificaron como “Ley Gandalla”, al considerar que pone en desventaja a los candidatos rivales en una contienda.
Ese día, los diputados morenistas Miriam Cano Núñez y Juan Manuel Molina, presentaron impugnaciones ante el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, argumentando que el dictamen del IEEBC viola sus derechos político-electorales; de manera paralela, los legisladores Julio César Vázquez Castillo del Partido del Trabajo (PT) y Eva Gricelda Rodríguez, de Morena, en calidad de presidente y secretaria, presentaron un documento en contra de la solicitud de referéndum constitucional IEEBC/CGE/REFC/001/18-08-2020, con una serie de argumentos legales y solicitando la improcedencia del mismo.
Para el regidor Fernando Rosales, uno de los dos principales impulsores del referéndum, los diputados de Morena en Baja California dejan en evidencia la poca congruencia hacia los ideales del Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, quien ha declarado insistentemente la necesidad de consultar a la ciudadanía sobre temas trascendentales.
Agregó que por un lado impulsan consultas amañadas, y por otro rechazan una herramienta constitucional prevista en la Ley de Participación Ciudadana de Baja California.
Raúl Guzmán, secretario ejecutivo del IEEBC, comentó que por regla electoral, las impugnaciones no generan acciones suspensivas, por lo que no habrá retrasos en la definición del dictamen del referéndum contra la apodada “Ley Gandalla”, el cual se contempla para el próximo 14 de diciembre. Sin embargo, reconoció que se tiene la facultad de solicitar una ampliación de término, en caso de ser necesario.
LOS ARGUMENTOS DEL CONGRESO
En un documento de exposición de motivos que consta de 24 páginas, el Poder Legislativo entregó los argumentos por los cuales -considera- no debe avalarse la procedencia del referéndum contra la “Ley Gandalla”.
El texto fue enviado como contestación al oficio IEEBC/CGE/1946/2020, remitido por el órgano electoral como notificación formal, al considerarlo interesado en el caso, donde establece una serie de argumentos por los cuales debe considerarse improcedente.
Básicamente refiere tres puntos:
- Al no haber efectos suspensivos, el referéndum se vuelve improcedente.
- Fundamento en el principio de certeza electoral.
- Los derechos humanos consagrados no pueden ser sometidos a consulta popular.
El primero de ellos refiere que la justificación de los solicitantes para llevar a cabo el referéndum constitucional, es que los mismos diputados que presentaron la reforma se beneficiaron directamente de ella, lo que se consideraría un conflicto de interés. Dicha modificación a la Ley debió causar efecto para los próximos legisladores y no los que la aprobaron.
Como respuesta, el Poder Legislativo refiere que al no haber efectos suspensivos, el referéndum se vuelve irrelevante, toda vez que la votación se llevaría a cabo el mismo día de la elección, en 2021, por lo que el acto reclamado ya se habría consumado.
En otras palabras, cuando el tema sea decidido por la ciudadanía, los diputados ya habrían hecho campaña sin separarse del cargo.
El segundo argumento es que toda reforma o planteamiento electoral debe realizarse 90 días antes del proceso electoral, como lo establece el principio de certeza electoral, cuyo objetivo es dar seguridad sobre las condiciones en que se llevará a cabo la campaña y la elección constitucional, tanto a los participantes como a la misma ciudadanía.
La misma justificación establece que “los requisitos de elegibilidad a los cargos de elección popular es una condición determinante del voto, que no puede ser modificada, suspendida o consultada durante el desarrollo del proceso electoral”.
Por ello, consideraron que las reglas de carácter electoral no pueden ser sometidas a consulta, sino al ejercicio de las autoridades jurisdiccionales.
La última justificación establece que el derecho a votar y ser votado encuadra en los derechos cívicos y políticos, mismo que también se considera humano. Partiendo de dicha premisa, someter a referéndum dicha reforma trastoca los derechos humanos de los representantes populares, y por ende, no puede ser sometido a consulta.
Como agregado, refiere que el mismo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJBC), reconoció en una sentencia que tanto alcaldes, regidores y diputados, no están obligados a separarse del cargo, según consta en el expediente de sentencia ST-JDC-108/2018; esta sentencia se robustece con la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diversos partidos políticos contra dicha reforma, mismas que fueron desechadas debido a una modificación en la Ley y no por un análisis de fondo. También, que todas las modificaciones que otorguen mayores derechos para los titulares deben ser consideradas derechos humanos.
El Congreso no dejó de mencionar que este marco jurídico quedó a la libertad configurativa de los distintos estados.
MOLINA Y CANO, VAN AL TJEBC; DIPUTADOS CONTRA LA DECISIÓN POPULAR: ROSALES
Además de la respuesta donde solicitan la improcedencia del referéndum, los diputados Juan Manuel Molina y Miriam Cano, presentaron el mismo día una impugnación ante el TEPJBC, solicitando al magistrado presidente Leobardo Loaiza Cervantes -el cual respaldó dos veces la reforma constitucional al Octavo Transitorio que permitía al gobernador Jaime Bonilla Valdez permanecer cinco años en el cargo, lo cual fue revertido por la SCJN-, que revise la labor realizada por el IEEBC en torno a la elaboración del dictamen.
El diputado Juan Manuel Molina comentó que se violaron sus derechos político-electorales, al no respetar los requisitos del Artículo 32 de la Ley de Participación Ciudadana, en el proceso de recopilación de las más de 60 mil firmas.
Según su dicho, la Ley establece que los formatos debían contener información relativa a la modificación legal que se planteaba, con la intención de saber específicamente qué estaban firmando.
“La gente decía que era para sacar a los diputados del Congreso, que era contra la cervecera, si los formatos no cumplen, son ineficaces, por eso pedimos que nos diga si cumplió o no, revisen formato por formato cuáles cumplen o no; anduvieron por todas partes, hasta los partidos dijeron que juntaron 20 mil o 5 mil, y en realidad no sabemos si los ciudadanos que firmaron ahí sabían que firmaban. Son ineficaces”, reiteró.
Al respecto, el regidor Fernando Rosales dijo que los encargados de capturar las firmas utilizaron los formatos íntegros disponibles en la página de internet del IEEBC, los cuales fueron avalados en el acuerdo que se les entregó. Agregó que el propio Instituto validó las firmas y claves de elector de los ciudadanos capturados.
El también abogado criticó que los diputados morenistas van en contra de las políticas de Andrés Manuel López Obrador, al buscar a toda costa sepultar el referéndum, mismo que se definirá el próximo 14 de diciembre, tras el análisis emitido por el IEEBC.
Respecto a los señalamientos expuestos por el Congreso del Estado, el edil de la fracción perredista comentó que no se está debatiendo la constitucionalidad de la reforma, como lo hacen suponer en su justificación, sino que el referéndum determinará si la ciudadanía desea dicha modificación a la Ley, sea constitucional o no.
“La resolución de la Suprema Corte fue distinta porque hubo una causa de sobreseimiento, porque se reformaron artículos, no tiene nada que ver, no son aplicables. Cierto es que de 2014 se prevé la participación consecutiva, son cuestiones resueltas, el problema es el Artículo 16, donde agregan no separarse del cargo, y eso es lo que se plasma. El referéndum contra las reformas a la Constitución, no decimos si es constitucional o no, es contra la reforma, y es lo que Miriam y Molina no terminan de entender o leer correctamente”, argumentó Rosales.
Además, criticó que no le permitan el derecho de votar a la ciudadanía sobre una reforma de este tipo que -reconoció- será efectiva hasta 2024. Varios de estos diputados tendrán la posibilidad de competir nuevamente por una reelección.
“El IEE como autoridad facultada por Ley, es la única para determinar la procedencia. Está claro que el Congreso impugnará la procedencia del referéndum; si fuera progresista, que las nuevas reglas no ven en derecho comparado como han participado en otras entidades o países”, remató.
IEEBC PREVÉ 18.8 MDP PARA REFERÉNDUM
Sea procedente o no, en su Presupuesto de Egresos 2021, el IEEBC ya contempla una partida de poco menos de 20 millones de pesos para llevar a cabo algún procedimiento de participación ciudadana.
Lo anterior fue confirmado por Raúl Guzmán, secretario ejecutivo del Consejo General del IEEBC, quien aseguró que dicho recurso se utilizará -en caso de ser necesario- principalmente para la documentación electoral como una boleta extra, mamparas y demás. También contemplan una persona más dentro de cada una de las 5 mil 100 mesas directivas de casilla que se instalarán en 2021 para supervisar el desarrollo de la consulta.
Respecto a la respuesta del Congreso y de la impugnación de dos diputados, se limitó a declarar que están en su derecho y respetarán cualquier decisión que emita tanto la Comisión de Participación Ciudadana del IEEBC como del tribunal electoral. Este último organismo tendría un gran espectro en su sentencia, por lo que esperarán a ver los alcances de la misma para definir su participación.
Aunque el IEEBC ya solicitó al Poder Legislativo la aportación económica para contemplar algún proceso de participación ciudadana, no quiere decir que este le otorgue el recurso para su ejecución, pues está en manos del Congreso del Estado definirlo.
“El ciudadano va a decidir sí está de acuerdo o no, el 20% de la elección, 186 mil ciudadanos se requieren en el Estado; lo que sí ocurre, es que los bajacalifornianos deben entender que hay grupos de diputados que están en contra de las mismas figuras de la Ley”, sentenció el regidor Fernando Rosales.