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sábado, octubre 5, 2024
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FGE, omisa en feminicidio de Rubí

De acuerdo con el Artículo 40 de la Ley de General de Víctimas, se encuadra una conducta delictiva por omisión, al haber recibido -días antes de su asesinato- una denuncia por lesiones y privación ilegal de libertad sin las debidas medidas precautorias, como lo establece la normatividad

La familia de Rubí Ojeda Huerta está convencida de que la Fiscalía General del Estado (FGE) dejó que asesinaran a su hija al no dar seguimiento a dos denuncias penales que la mujer interpuso en contra de su agresor por los delitos de lesiones y privación ilegal de la libertad.

La mañana del jueves 24 de septiembre, Rubí se encontraba en su trabajo como promotora social en el Centro de Salud de la colonia Vicente Guerrero, cuando su ex pareja, Pedro Martínez Castro, la encerró en un consultorio, le disparó en la cabeza y después se suicidó.

El caso consternó a la comunidad del sur de Ensenada, y de acuerdo con la líder social Lucila Hernández, la violencia de género en San Quintín es un problema grave que el gobernador Jaime Bonilla Valdez tiene que ver como prioridad.

En lo que va del año se han registrado 28 asesinatos de mujeres en el municipio, cuatro de estos catalogados como feminicidio a mano de ex pareja, hijo y padrastro. Por estos hechos solo hay una persona detenida.

Para exigir justicia y castigo para los investigadores que omitieron la petición de Rubí, el lunes 28 de septiembre, familia, amigos y activistas de la trabajadora del Centro de Salud salieron a protestar sobre la Carretera Transpeninsular hasta el edificio de la FGE en San Quintín.

Durante la actividad se generó un enfrentamiento verbal entre el coordinador de la Fiscalía en San Quintín, Gerardo Ignacio Cota Blake, y manifestantes que le exigieron al funcionario pruebas de que la Unidad Investigadora giró medidas precautorias.

Cota Blake confirmó que el miércoles 23 de septiembre, Rubí estuvo en el edificio para conocer la situación de su caso.

“Vino un día antes y se le pasó, no se le negó la atención por COVID-19”, expuso el servidor, sin detallar en qué consistió la supuesta medida de protección girada, deslindándose de responsabilidad al asegurar que turnó el caso a su Agente del Ministerio Público y actuó conforme al protocolo.

CASO ESTÁ EN CONTROL INTERNO DE LA FISCALÍA

En entrevista con ZETA, el fiscal central Hiram Sánchez, informó que se iniciará una investigación para deslindar responsabilidad en el caso de Rubí Ojeda.

En un inicio se dio a conocer que existían cuatro denuncias en contra del agresor, sin embargo y sin restar importancia, Sánchez negó esta versión y aseguró que fueron dos.

¿Cuántas denuncias son las que interpuso Rubí, dos o cuatro?

“Son dos en las que giró medidas cautelares el Ministerio Público; una, en una temporalidad que ya no estaba vigente, y la última que estaba vigente es cuando se cometió el homicidio”.

¿Van a indagar en la Unidad de Investigadora de San Quintín?

“Se le pidió la intervención a la fiscal de Control Interno y Visitaduría, que revise el expediente para ver si en una supervisión técnica jurídica, el Ministerio Público actuó como debe ser, este es un órgano independiente de la fiscalía, goza de cierta autonomía, para que la fiscalía pueda revisar y realizar las recomendaciones o iniciar el procedimiento administrativo o penal que corresponda si considera que hay elementos.

“La gente de Visitaduría está allá en San Quintín y revisará si las medidas de protección fueron las que, de acuerdo con la proporcionalidad del hecho que denunciaron, fueron las que debieron dictar. Porque si se dictó, solo queremos corroborar que sean las indicadas”.

 – ¿Cuáles son esas medidas que el agente debió ejecutar?

“Eso es lo que va a revisar la fiscalía, lo que sí estoy seguro es que al que privó de la vida a Rubí, se le notificó de la prohibición de acercarse a ella, sin embargo, habrá que revisar con una óptica técnica y jurídica para poder determinar si era correcta la medida de protección. El Código Penal establece diversas medidas de protección, algunas son más o menos invasivas para la persona respecto a la cual se ordena una restricción”.

¿La fiscalía está rebasada en denuncias relacionadas con lesiones o violencia contra las mujeres?

“La carga de trabajo siempre es mucha, siempre tenemos que optimizar la utilización de nuestros recursos humanos, sin embargo, hay un auxilio en las medidas de protección que ordena el Ministerio Público, por lo general son dictadas y ejecutadas por la Guardia Estatal de Investigación o elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal. Depende del ayuntamiento, por lo que es otra autoridad preventiva la que lleva a cabo el cumplimiento o medida de protección”.

OMISIÓN ES ABUSO DE AUTORIDAD

Para determinar el grado de responsabilidad de la institución, el Artículo 40 de la Ley General de Víctimas señala que cuando la víctima se encuentre amenazada en su integridad personal, las autoridades adoptarán con carácter inmediato, las medidas necesarias para evitar que la víctima sufra alguna lesión o daño.

Según la Ley, las medidas deben ser oportunas, específicas, adecuadas y eficientes. Serán sancionados administrativa, civil o penalmente, los servidores públicos o la entidad cuando existan datos suficientes de que la víctima podría ser nuevamente afectada por la colusión de dichas autoridades con los responsables.

Obligaciones de los agentes investigadores

En su Artículo 131, el Código Nacional de Procedimientos Penales dicta las obligaciones del Ministerio Público, entre estas:

XII. Brindar las medidas de seguridad necesarias, a efecto de garantizar que las víctimas u ofendidos o testigos del delito puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin riesgo para ellos.

XIII. Determinar el archivo temporal y el no ejercicio de la acción penal, así como ejercer la facultad de no investigar en los casos autorizados.

  1. Promover las acciones necesarias para que se provea la seguridad y proporcionar el auxilio a víctimas y ejercer la acción penal cuando proceda.

PROTESTAN POR JUSTICIA

En la marcha del lunes 28 de septiembre, se escucharon consignas como “Justicia para Rubí”, “Lucero… Rubí… tu pueblo está aquí”, “¿Qué es lo que exigimos? ¡Justicia!”, “Justicia para ti, es justicia para mí”, “Me armé de valor y lo denuncié, las autoridades dejaron que me asesinara”.

Sin embargo, el fiscal regional de Ensenada, Víctor Miguel Guerra Enríquez, se negó a atender a los manifestantes, quienes pidieron una respuesta a las cuatro denuncias por lesiones y privación ilegal de la libertad que Rubí presentó en contra de Pedro, padre de su hijo. Exigieron les devuelvan el celular de la occisa, pues aseguran hay información que amigos y familiares necesitan.

“Cuando ella vino con ustedes para que la protegieran, no le hicieron caso, ahora para qué quieren el celular si ella ya no está. Yo le dije a mi hija que no creía en la porquería (haciendo referencia a la fiscalía) y no me equivoqué”, reclamó molesto padre de la víctima.

“Ustedes se burlaron de ella, pero de mí no se van a burlar”, advertiría frente a un servidor público, e invitó a su nieto -hijo de Rubí-  a darle un abrazo al empleado de la FGE.

 

LEY DE VÍCTIMAS, LETRA MUERTA

Abogados en Ensenada consideran que en el caso de Rubí sí hubo una conducta delictiva y aclararon que cuando una mujer u otra persona que forme parte de grupo vulnerable, con solo acercarse a la fiscalía debe recibir -sin pedir- las medidas de protección.

De acuerdo con la Ley, cuando Rubí se acercó a las autoridades para solicitar ayuda por las amenazas y la privación de la libertad, se le notifica y, en un periodo de cinco días, deben presentarse ante un juez.

Los derechos de las víctimas son tan importantes, que los Juzgados están abiertos exclusivamente para estos asuntos relacionados con violencia intrafamiliar.

 

AUTORIDADES OMISAS: MIRIAM CANO

La diputada estatal Miriam Cano lamentó el feminicidio de Rubí Ojeda, por dejar en orfandad a un pequeño de 7 años e hizo patente su indignación, enviando un exhorto a las autoridades involucradas en atender los llamados de mujeres en situación de violencia intrafamiliar.

“No es posible que hubieran permitido que a ella la privaran de la vida, todo porque autoridades omisas y fiscalía omisa no la atendieron, esa omisión les hace cómplices de violencia de género, cómplices porque no realizaron su trabajo”, reprochó, para proseguir:

“Esto demuestra que en Baja California las mujeres seguimos siendo ciudadanas de segunda categoría, ignoran y violentan nuestros derechos impunemente”.

Por último, dijo que se reiteró hasta el cansancio que durante la pandemia se acrecentaron los casos de violencia hacia las mujeres y han sido manifiestas las expresiones de desesperación ante los feminicidios, señalando que “pasamos de nueve a once mujeres asesinadas diariamente en México”.

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