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lunes, octubre 7, 2024
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Policías trabajan desarmados

El alcalde de Ensenada, Armando Ayala Robles, insiste en que el agente Juan Martínez Medina no aprobó un examen antidopaje, pero se le mantuvo en la corporación pese a que la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California establece diversas sanciones, incluida la remoción

Veintiséis policías de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ensenada trabajan desarmados por la falta de algún documento, ya sea por falta de cartilla militar liberada o cuestiones psicológicas.

Tal situación cobró relevancia el martes 28 de julio, cuando fue asesinado el oficial Juan Martínez Medina, quien se encontraba en uno de sus dos días de descanso; otro de sus compañeros, en servicio, también se encontraba desarmado al momento del ataque ocurrido junto a la caseta de vigilancia ubicada en el Cañón Buenavista.

Ambos prestaban sus servicios sin armas, aun cuando el mismo día del atentado los agentes recibieron la orden de portarlas, “aunque los compañeros no tengan portación de arma, pero estén en servicio establecido, que se armen… que sean puntos establecidos”, se les indicó por parte de sus superiores.

A raíz del hecho violento, en grupos de WhatsApp varios agentes expresaron su descontento con el actual director de Seguridad Pública Municipal, Capitán Primero Adrián Ortiz, por no permitir que los agentes se lleven las armas después del turno.

Además, en un video difundido en redes sociales, el agente Andrés Bautista Baldovinos cuestionó la operación de las casetas de vigilancia, desarmar a los policías en servicio y no permitirles retirarse a sus casas portando sus armas. Reclamó a las diversas corporaciones haber abandonado la caseta colocada por la Fiscalía General del Estado, de la que solamente la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM) se hizo cargo en una zona con altos índices delictivos.

Escena del crimen del policía en El Zorrillo

Los módulos o casetas, dijo, sirven “pa’ pura chingada”, al no cumplir con el propósito para el cual fueron creados: recibir denuncias y atender a los ciudadanos, pero lo que hace el elemento asignado al módulo es cuidar la instalación para que no sufra vandalismo, no atender a los ciudadanos que requieren ayuda.

Cuestionó “en qué cabeza cabe” enviar a un elemento de la DSPM a la caseta del Cañón Buenavista (El Zorrillo), una zona conflictiva, sin portar arma de fuego. “Los están poniendo de pechito para que les pase algo”, reflexionó el agente.

En el caso del segundo policía que se encontraba en la caseta el día del atentado, quien no sufrió heridas, dijo que se salvó de milagro al resguardarse como pudo en una instalación que no hubiera resistido los balazos. “Lo mandaron como soldado a la guerra sin su fusil, mientras estés uniformado, debes estar armado. Que si los Exámenes de Control, que si el permiso de portación… eso es lo madres”, insistió Bautista Baldovinos.

Asimismo, defendió a compañeros que no tienen portación de arma de fuego, al asegurar que se trata de trámites administrativos que no fueron hechos en tiempo y forma por parte de la DSPM.

Como tercer punto de su razonamiento, recordó que hace unas semanas se le pidió al director de Seguridad Pública que los oficiales se lleven sus armas a casa para evitar agresiones.

Pese a que regidores vía oficio y ZETA solicitaron a Sindicatura Municipal conocer el número de elementos que no han aprobado los Exámenes de Control y Confianza y aún se encuentran laborando, hasta el cierre de edición, jueves 6 de agosto, no hubo respuesta.

 

INSISTE ALCALDE EN DOPAJE DE AGENTE

En dos ocasiones, el alcalde Armando Ayala Robles ha sostenido que el agente Juan Martínez Medina se encontraba desarmado porque no había pasado el examen antidopaje, pese a que en su Artículo 138, la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California marca diversas sanciones para los oficiales que hayan dado positivo al consumo de sustancias ilícitas, incluso su remoción.

El 29 de julio, el primer edil porteño declaró a medios de Tijuana que el oficial estaba fuera de servicio y no había pasado el control de dopaje, por lo que no portaba el arma.

Sostuvo que el reciente clima de violencia contra agentes policíacos en el puerto tiene dos vertientes: reacciones del crimen organizado por enfrentar sus actividades delictivas y la limpieza al interior de las corporaciones, ya que se ha detectado a elementos que colaboran con el crimen organizado.

“Estamos en la ruta de apoyar a la Policía Municipal, pero también de exigir resultados, ya que la mayoría de los casos donde se han visto inmiscuidos policías en casos de homicidios, tienen que ver en algún aspecto, alguna relación con el crimen organizado”, aseveró Ayala.

En un segundo momento, el lunes 3 de agosto fue cuestionado de nuevo sobre el tema e insistió en que Martínez Medina estaba desarmado porque no había pasado el examen antidopaje y estaba fuera de servicio.

“Estoy obligado a decir la verdad, de acuerdo con los datos que ha dado la Fiscalía, el agente asesinado no estaba totalmente limpio”, reiteró, y sobre el otro agente desarmado que se encontraba en la caseta, respondió que se va a revisar.

Aprovechó para revelar que mediante un esquema entre gobiernos estatal y municipal se pagará a 29 elementos su haber de retiro por un monto total de 7 millones de pesos -mitad y mitad- en un plazo de agosto de 2020 al mismo mes del siguiente año.

Tras una reunión entre el gobernador Jaime Bonilla Valdez, el alcalde Ayala y representantes de las asociaciones de Policía en Ensenada, se acordó adquirir la póliza de seguro de riesgos para los agentes municipales por proceso de licitación.

Un tercer acuerdo alcanzado en la reunión del 25 de julio, informó que la institución bancaria BBVA Bancomer accedió a otorgar tarjetas de crédito, créditos sobre nómina e hipotecarios para los agentes de la corporación local. En ese orden, otra financiera les dará créditos de hasta 200 mil pesos sin recurrir a consulta en el Buró de Crédito.

En cuanto al acceso a vivienda, el presidente municipal indicó que a través del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Ensenada se cuenta con cuarenta predios disponibles para policías municipales.

 

LO QUE DICE LA LEY

El Artículo 133 fracción XXXVII de la Ley Seguridad Pública, señala que los agentes municipales deberán abstenerse de consumir, dentro o fuera del servicio, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo los casos en que el consumo de medicamentos controlados sea autorizado por prescripción médica, avalada por los servicios médicos de las instituciones.

En tanto, el Artículo 138 de la misma Ley establece como sanciones:

  1. Amonestación: Es el acto por el cual se advierte de manera escrita a un miembro que incumplió con alguna obligación exhortándolo a corregirse.
  2. Arresto: Es la privación temporal de la libertad hasta por 36 horas, que sufre el miembro que incumplió con alguna obligación. El arresto deberá emitirse por escrito, especificando el motivo, duración y lugar en que deberá cumplirse.

III. Cambio de adscripción y funciones: Consiste en el cambio del lugar donde el miembro presta el servicio en forma permanente, y en su caso, las funciones a realizar. No será considerada como corrección disciplinaria, el cambio de adscripción y de funciones decretado por razón de las necesidades propias del servicio.

  1. Suspensión temporal: Es la interrupción de funciones, con la privación de los derechos a que se refieren las fracciones I, VII, y VIII del Artículo 132 de esta Ley, impuesta al miembro hasta por 30 días naturales. En este caso, se deberá hacer entrega del equipo de cargo puesto a su disposición y de los asuntos bajo su responsabilidad.
  2. Remoción del cargo: Consiste en la terminación de la relación administrativa entre los miembros y las instituciones de Seguridad Pública decretada mediante el procedimiento de responsabilidad administrativa.

 

SIGUE ABIERTA CONVOCATORIA PARA SER POLICÍA

Ismael Fernández Cedano, enlace de la Subdirección de Profesionalización y Desarrollo de la DSPM, indicó que está abierta la convocatoria para quienes pretendan integrarse a las filas de la Dirección, mediante el proceso de formación inicial o asimilados.

Como requisitos, los interesados deberán tener entre 19 y 35 años de edad, estatura mínima de 1.60 metros en hombres y 1.55 en mujeres; para los varones es necesario contar cartilla militar liberada, y en ambos géneros, el certificado de preparatoria.

También es obligatorio cumplir con una residencia mínima de tres años, no contar con antecedentes penales en México o el extranjero; no tener tatuajes antisociales, accesorios o perforaciones visibles al portar el uniforme y gozar de buena salud física y mental.

En caso de haber pertenecido o estar activo en alguna corporación de Seguridad Pública, deberán presentarse con su currículo debidamente elaborado, así como los documentos que acrediten la formación policial inicial, anexar constancias de cursos y capacitaciones, entre otros requerimientos.

Al concluir la formación debidamente aprobada, la contratación es inmediata con beneficios como servicios médicos desde el primer día de ingreso, dos periodos de vacaciones al cumplir el primer año de servicio, prima vacacional, aguinaldo de 60 días, profesionalización y capacitación, sueldo base de 5 mil 087 pesos catorcenales y estímulos por trabajos relevantes.

Autor(a)

Marco A. Flores
Marco A. Flores
Egresado de la licenciatura en ciencias de la comunicación por la Universidad Autónoma de Baja California. Ha sido reportero y jefe de información en diversos medios impresos, digitales y radiofónicos desde el 2007. Reportero del Semanario Zeta desde el año 2018.
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