A unos días de que venza el plazo para que las personas físicas presenten su declaratoria anual, la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) invitó a los contribuyentes a cumplir con la ley, con el fin de evitar sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El presidente de la AMCP, José Antonio Melgar Díaz, señaló que los contribuyentes que están inscritos en el Régimen de Servicios Profesionales, que obtienen ingresos por su cuenta (como médicos, dentistas, psicológos, entre otros profesionistas) y emiten comprobantes de honorarios deben presentar su declaración antes del próximo 30 de abril.
Igualmente, aquellas personas que tienen actividades empresariales, incluidos los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales, aplicando coeficiente de utilidad, deberán presentar este documento fiscal.
Otros contribuyentes que deben presentar la declaración anual son las personas que cobran rentas por algún bien inmueble, como departamento, casa o local comercial; quienes reciben intereses o dividendos; aquellas personas enajenaron bienes, es decir, si vendieron o compraron algún inmueble, y personas físicas que perciban ingresos por salarios mayores a 400 mil pesos.
En la presentación de la declaración anual, dijo el especialista, también se pueden deducir los gastos hospitalarios y medicinas incluidas en las facturas de hospitales, pero no proceden los comprobantes de farmacias.
Otras deducciones que se pueden hacer, es por lentes ópticos graduados; primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social; transporte escolar, solo si es obligatorio; gastos funerarios de cónyuge o concubino, padres, abuelos, hijos o nietos, abundó el especialista en un comunicado.
Respecto a los estímulos fiscales aplicables, abundó el dirigente de la AMCP, están los gastos educativos como colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial, desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente; y cuentas personales de ahorro.
Explicó que la presentación de la Declaración Anual Personas Físicas 2019 se hace mediante la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) https://loginda.siat.sat.gob.mx/nidp/wsfed/ep?id=ciec&sid=0&option=credential&sid=0