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sábado, octubre 12, 2024
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Resucitar a la inquisición: Proyecto de reforma penal (Tercera parte)

“La libertad se encuentra en peligro de degenerar en mera arbitrariedad salvo si se

liceaejerce en términos de responsabilidad”. Viktor Frankl.

 

Si la propuesta de reforma al sistema acusatorio ha escandalizado gravemente a los colegios de abogados en todo el país, a las academias de derecho penal y a los institutos de investigaciones jurídicas (dentro de otros), y cuya autoría inmediatamente ha negado el Fiscal General de la Nación, entonces cabría preguntarse: ¿Quién es entonces el autor de tan nefasta iniciativa?

Una de las voces más reconocidas a nivel nacional es la del abogado Don Rodolfo Félix Cárdenas, quien fue procurador de la Ciudad de México cuando Marcelo Ebrad era Jefe de Gobierno.

No es la primera ocasión que el señor Fiscal General de la Nación presenta un paquete de reformas como el que se pretendió presentar el 14 de enero pasado; sin embargo, ya conoceremos cuál será la verdadera propuesta de reforma judicial, precisamente cuando se inicia el presente mes de febrero. Pero en lo que llega al Congreso, es significativo el silencio de los profesionales del Derecho, de los constitucionalistas que se muestran a la expectativa.

Hay preguntas muy importantes que se tienen que hacer para el autor o autores de este terrible proyecto de reforma:

*¿Se puede pensar con seriedad que, cuando alguien es denunciado y lo investiga un juez, que después lo va a procesar y le dictará sentencia, tiene la más mínima posibilidad de una defensa?

*¿Se puede pensar con seriedad que, cuando alguien es denunciado y la propuesta de anteproyecto de un Nuevo Código Procesal exige de su abogado defensor que lo delate, va a tener en verdad un abogado a su lado que le defienda?

*¿Se puede pensar con seriedad que el derecho a la no autoincriminación sea una realidad, si cuando es invocado por el acusado en juicio, este se activa en contra del propio acusado, produciendo pruebas en su perjuicio si decide no declarar?

*¿Se puede pensar con seriedad que una persona denunciada, por cualquier delito, pueda tener defensa si no tiene acceso a conocer los datos de prueba que existan bajo la idea de un expediente cuasi secreto? (Porque ahora será solo lo que el Ministerio Público le quiera mostrar, por considerar que ello es lo que lo relaciona en la imputación, y con ello tratar a todas las personas y a todos los delitos como en su origen se trataba a la delincuencia organizada en este país).

El alegato central de la iniciativa es la desaparición de los derechos y garantías de cualquier mexicano o extranjero que viva aquí o simplemente que cruce por el territorio nacional; de las personas físicas, pero también de las empresas, industrias -nacionales y extranjeras- establecidas en México, que verían desaparecer los derechos de defensa y de imparcialidad.

¿De verdad esta es la reforma que México necesita?

 

Benigno Licea González es Doctor en Derecho Constitucional y Derecho Penal. Fue presidente del Colegio de Abogados “Emilio Rabasa”, A. C.  Correo: liceagb@yahoo.com.mx

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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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