Leyes electorales y diversos artículos constitucionales, delimitan el tiempo que gobernantes y legisladores pueden emitir propaganda a propósito de su informe, siete días antes y cinco posteriores al mismo. Pero en BC, diputados por Morena aprobaron una reforma constitucional al Artículo 49 para que el Ejecutivo tenga la facultad de rendir cuentas de manera mensual, a través de un Informe de Gobierno. El primer video que circula en redes sociales, prácticamente viola todas las disposiciones legales para evitar la propaganda, al observarse imagen, voz y los logos del gobierno. Para la consejera electoral Pamela San Martín Ríos y Valles, dicha reforma no debe interpretarse de manera discrecional y a conveniencia, sino con base en las disposiciones legales federales; mientras que el abogado Rogelio Robles Dumas considera que es un claro acto propagandístico y no un informe de labores
El Congreso se ha convertido en una Oficialía de Partes del gobernador Jaime Bonilla Valdez. Por lo menos esa es la opinión del abogado Rogelio Robles Dumas, al asegurar que -salvo el diputado Juan Manuel Molina- ninguno de los legisladores presentes, supo lo que aprobó el 31 de diciembre de 2019, cuando se reformó el Artículo 49 Constitucional de Baja California, dando carta abierta al mandatario para hacer actos propagandísticos en beneficio de su persona, su partido y su movimiento, pese a que se contrapone a las leyes federales e incluso la propia Carta Magna, que prohíben expresamente estos actos que mantenían tanto a políticos como gobernantes en campaña permanente y desviando el recurso público para el culto a la personalidad.
Esto lo hicieron en medio de la azarosa sesión de fin de año, en la cual Bonilla Valdez y sus correligionarios en el Poder Legislativo, avalaron una serie de reformas a la Ley de Hacienda, que permitió el incremento de impuestos a combustibles, gas, hospedajes y casas de empeño sin un estudio previo. También se dieron otros cuestionables aumentos como el impuesto sobre la nómina estatal.
De allí que pasara desapercibida la reforma al Artículo 49 de la Constitución, que permite al gobernador realizar informes mensuales -solo a él, regidores, diputados locales y alcaldes, deberán sujetarse a las leyes federales que les impiden este tipo de actos propagandísticos- sobre la situación que guarda el Estado. En un inicio, la iniciativa parece dirigirse a la transparencia y la rendición de cuentas.
Sin embargo, para el dirigente estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Abraham Correa, la diputada Eva María Vázquez y el representante del Partido Revolucionario Institucional ente el Instituto Estatal Electoral (IEE), Joel Blas Ramos, las intenciones detrás de la modificación son meramente propagandísticas y no un ejercicio de transparencia, por lo que evidentemente se trata de un acto ilegal que se recurrirá en tribunales.
Pamela San Martín Ríos y Valles, consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), fue clara al decir que cualquiera de sus actividades debe apegarse estrictamente a las disposiciones establecidas en la Constitución, pues se trata de un asunto de carácter electoral donde no puede usarse la imagen, voz ni logotipos alusivos al mandatario en turno.
Estas tres características aparecen en un video que hicieron circular, a través de redes sociales, algunos funcionarios de gobierno, el propio Bonilla y diputados de Movimiento Regeneración Nacional (Morena). Lo curioso es que cuando se divulgó, la reforma aún no se publicaba en el Periódico Oficial del Estado, por lo que no tenía efecto y puede ser imputable el desacato a las leyes que prohíben este tipo de actos a los gobiernos.
Sobre ello, el diputado Juan Manuel Molina aseguró que la reforma cumple con los requisitos establecidos por Ley, sobre todo porque se aprobó una reserva de su autoría donde se definió claramente que dichos informes no podían hacerse durante la veda electoral y cumpliendo con las disposiciones federales.
LA REFORMA
El documento de cinco páginas presentado el 30 de diciembre y aprobado al día siguiente a través de una dispensa de trámite -como ya se ha vuelto costumbre en esta Legislatura-, tuvo el respaldo de la mayoría de los diputados que conforman la Cuarta Transformación, además de otros aliados intermitentes como el diputado Elí Topete Robles, de Movimiento Ciudadano.
En la exposición de motivos, se afirma que en una sociedad como la actual, la separación de poderes es para que este no recaiga en una sola persona, lo que generaría una mayor relación y coordinación entre los otros dos pilares del país. Por ello, “es necesario aumentar los mecanismos de rendición de cuentas de los titulares de los entes estatales, a fin de que la población esté cierta de que quien ostenta un cargo público lo hace para trabajar al servicio de la sociedad, por lo que todo lo que abone a esta noción enriquecerá la vida pública del Estado”.
Bajo el esquema de un informe parcial de actividades, se propuso agregar un párrafo en el apartado quinto de las facultades y obligaciones del gobernador, para que pueda ser invitado a rendir cuentas en el momento que lo consideren conveniente. A su vez, podrá informar mensualmente a la población a través de los diversos medios de comunicación y redes sociales sobre los avances, metas y soluciones.
A esta reforma, el diputado Molina le incluyó una reserva aprobada en pleno, donde se restringen estos actos durante el periodo electoral, con el objetivo de no contraponerse a las restricciones del Artículo 100 Constitucional.
El abogado Rogelio Robles Dumas aseguró que justamente la ambigüedad de dicho artículo, donde menciona indistintamente facultades y obligaciones, ha permitido que el Informe de Gobierno sea un acto propagandístico ya regulado por la Ley, cuando su origen histórico era para informarle al constituyente el estado que guarda la nación, además de pedirle las reformas legales necesarias con las que se busca mejorar el país.
Sin embargo, en este esquema presentado no existe una retroalimentación o cuestionamientos, ya que en los informes parciales no se contempló un periodo de glosa mensual, cuyo origen radica en que los legisladores tengan total certeza de que lo informado sea real y poder cuestionar cualquier cuestión sospechosa o irregular.
Esta reforma viola las leyes electorales y diversos artículos constitucionales, pues el único espacio que permite a los gobernantes hacer propaganda personalizada con su imagen, voz y logos oficiales, es durante los siete días antes del informe y los cinco días posteriores.
El abogado criticó que el Congreso del Estado aprobara una reforma de esa naturaleza a través de una dispensa de trámite, al no tratarse de una modificación urgente. Además, existe otro dictamen de características similares en la Comisión de Gobernación, propuesta de la diputada Trinidad Vaca Chacón, la cual no fue contemplada y -asegura- era mucho más completa y justificada que la aprobada el 31 de diciembre de 2019.
OTRA LEY BONILLA
La reforma al Artículo 49 dela Constitución local, se realizó el apartado de las facultades del gobernador, por lo que solo beneficia a Jaime Bonilla Valdez, excluyendo a alcaldes, diputados, regidores y funcionarios públicos, quienes permanecerán con las restricciones vigentes.
Esto fue denunciado por el propio Abraham Correa, dirigente del PRD, al reclamar que algunos funcionarios estatales ya se promueven a través de campañas publicitarias en redes sociales.
Los expertos consultados fueron claros al decir que no existe precedente en este tipo de casos, por lo que prácticamente se hizo una Ley -nuevamente- a la medida del mandatario estatal.
PAN, PRD Y PRI, EN CONTRA DE “MINI-INFORMES”
Para los partidos opositores como PRI, el PAN y PRD, la intención del gobernador es simplemente hacer actos de promoción política y saturar a los medios de comunicación con informes de gestión.
El presidente del Comité Directivo Estatal del PRD, Abraham Correa Acevedo, junto con Rosendo López, representante del partido ante el IEE y Rafael Martínez Estrada, abogado del partido a nivel nacional, impugnó la reforma al Artículo 49 ante el órgano local electoral, con la intención de que restringiera cualquier acto propagandístico mientras no se resuelva la legalidad de la reforma.
Para dichos partidos, la reforma es ilegal, por lo que además de solicitar medidas cautelares al IEE, solicitarán lo propio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde presentarán una acción de inconstitucionalidad.
En un sentido similar se posicionó el Partido Revolucionario Institucional (PRI), a través de su representante ante el IEE, Joel Blas Ramos, quien espera la publicación de la reforma para impugnarla. Agregó que existe un video de ocho minutos difundido a través de redes sociales personales, donde se observa el gobernador del Estado hablando y presumiendo las labores del mes de diciembre, por lo que se evalúa si existe una irregularidad por ese acto en específico.
“Está prohibida la promoción personalizada de servidores públicos, este mini informe promueve la imagen del titular del Ejecutivo del Estado, también lo prohíbe la Ley de Comunicación Social, donde se establece que debe ser un informe anual. También establece que las leyes electorales”, sostuvo Ramos.
Se interpondrá un juicio de revisión constitucional en los próximos días, argumentando que el párrafo agregado viola el Artículo 134 Constitucional.
El PRI fue el único partido que se inconformó durante la sesión y precisó que existían errores de forma en la modificación prevista, lo que justamente motivó la reserva de Molina.
A través de su diputada Eva María Vázquez, el Partido Acción Nacional (PAN) también se posicionó en contra, aseverando que la intención es tener una promoción extendida de manera libre durante todo el tiempo ajeno a la campaña.
La legisladora coincidió con el PRI y el PRD, en el sentido de que se violentan los artículos constitucionales y con el claro objetivo de promoción propagandística del mandatario, y no de las acciones de gobierno como tal.
El abogado Robles Dumas indicó que la única vía jurídica es la acción de inconstitucionalidad, al tratarse de una reforma constitucional y no de materia electoral, por lo que vaticinó que el IEE y el tribunal electoral local, lo desecharían.
Ante ello, la reforma podría prolongarse por varios meses, suficientes para que Bonilla Valdez promueva su imagen previo al arranque del proceso electoral previsto para septiembre próximo. De ahí la importancia de solicitar una medida cautelar, lo cual será definido por ministros.
NO PUEDE HABER PROMOCIÓN PERSONALIZADA: SAN MARTÍN RÍOS
La consejera del INE fue clara al decir que la rendición de cuentas siempre será bienvenida y celebrada, siempre y cuando se apegue a los preceptos constitucionales que prohíben la promoción personalizada.
De acuerdo con Pamela San Martín Ríos y Valles, ello debería realizarse independientemente sí está fuera del control político o no, y con fines informativos, de orientación y fuera de periodos electorales.
“Sin duda alguna siempre se celebrarán buenas formas la rendición de cuenta, de la misma forma, será bien visto que será ejercicio de control político, esperemos que este ocurra tanto en este gobierno, como cuando fuera una mayoría de oposición, esto fuera un control político”.
La consejera electoral no quiso entrar en señalamientos específicos sobre la reforma, a la cual consideró que mientras se apegue a lo establecido en la Carta Magna, no tendrá problema alguno. Sin embargo, si falta con ellos, el órgano electoral deberá emitir sanciones al respecto.
SOLO COMPARECERÁ A PETICIÓN DEL CONGRESO: MOLINA
El diputado Juan Manuel Molina comentó que el gobernador solo comparecería a petición del Congreso del Estado, pues la ciudadanía tiene derecho a saber lo que un gobernante, regidor o munícipe está haciendo, tal y como cada día lo hace el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
Referente a la promoción en los medios de comunicación, lo puede hacer en cualquier momento, en redes sociales, informando cómo trabaja día a día. En su opinión, esto ha sido tomado de buena manera por la ciudadanía.
Agregó que con la reserva que se incluyó para adecuar las disposiciones del Artículo 134, que no permiten la promoción personalizada ni con fines propagandísticos, la situación no se contrapone, y aprovechó para recriminar al PRI y a los opositores de intentar echar para atrás dicha reforma, cuando ellos fueron responsables de un sinfín de violaciones a la Ley cuando eran gobierno.
La regidora panista Eva María Vázquez calificó que es “una acción mañosa”, toda vez que buscarán citar a comparecer para que los medios de comunicación acudan a cubrirlo y rendir informes mensuales sesgados.
Respecto al video, fue clara al señalar que existe una violación a las disposiciones electorales y constitucionales. De hecho, el material de ocho minutos de duración es parte de las pruebas presentadas por el PRD en su impugnación.
Los tres artículos federales que impiden la promoción política permanente
(Y la Ley a modo que diputados le hicieron a Bonilla)
La reforma realizada el 31 de diciembre de 2019 por diputados de mayoría morenista en el Congreso del Estado de Baja California, para que Jaime Bonilla Valdez pueda ofrecer a través de medios de comunicación y redes sociales sus informes mensuales, violenta tres artículos federales: uno de la Constitución, otro de la Ley de Comunicación Social y uno más de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Aquí lo que determinan los mismos:
134 Constitucional federal.- La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Ley de Comunicación Social.- Artículo 14.- El informe anual de labores o gestión de los Servidores Públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer que se difundan en canales de televisión y estaciones de radio, no serán considerados como Comunicación Social, siempre que la difusión se limite a una vez al año con cobertura geográfica regional correspondiente al ámbito de responsabilidad del servidor público y no exceda de los 7 días anteriores y 5 posteriores a la fecha en que se rinda el informe. En ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral.
Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.- Artículo 242.- Para los efectos de lo dispuesto por el párrafo octavo del Artículo 134 de la Constitución, el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe. En ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral.
Ley a modo
Quienes ostentan cargos de elección popular en Baja California, léase regidores, diputados, presidentes municipales y funcionarios, no fueron “beneficiados” y deberán sujetarse a las normas federales. En cambio, a Bonilla le hicieron su Ley a modo:
Reforma al Artículo 49.- Se agrega el siguiente párrafo.- El Gobernador del Estado podrá ser invitado por la mayoría de los Diputados del Congreso para que rinda un informe parcial de actividades cuando éstos lo consideren conveniente. De la misma forma el titular del Poder Ejecutivo podrá informar mensualmente a la población a través de los medios de comunicación y redes sociales sobre los avances en la consecución de metas y solución de la problemática de la entidad. De la misma forma, el Gobernador del Estado podrá ejercer las facultades contenidas en la presente fracción en uno o varios de los municipios de Baja California. Eduardo Villa Lugo