Señor Óscar Zarate,
Director General de Verificación y Vigilancia de Profeco Tijuana
A la ciudadanía en general
A quien corresponda
Diariamente, y a todas horas, los ciudadanos usuarios de telefonía celular nos vemos invadidos con un sinnúmero de llamadas telefónicas de una u otra compañía, ofreciendo sus servicios. Se trata de una escalada que interrumpe nuestras actividades diarias al suponer -muchas veces- que la llamada se trata de algún posible trabajo relacionado con nuestra actividad o, simplemente, la llamada de algún familiar o conocido; en cambio, ocasiona una verdadera irritación el escuchar la estereotipada y molesta voz del operador.
Nadie parece querer colocar un alto a esto, a pesar de lo verdaderamente invasivo de estas llamadas. A estas compañías no les interesan las protestas de algunos usuarios, quienes piden a los operadores de las mismas que los eliminen de sus listados, pues hacen caso omiso -cínicamente- y repitiéndose las llamadas ad infinitum.
En cuanto a este derecho humano, el concepto de “The right to privacy” (el derecho a la privacidad, desarrollado por los abogados Warren y Brandeis desde hace aproximadamente 120 años, en Estados Unidos) fue elaborado pensando en este derecho inalienable de los ciudadanos, y cuyo principio ha sido adoptado en varios países. En términos generales, esta ley protege a un ciudadano, a su derecho a “ser dejado solo, o no ser molestado”; esto fue publicado por primera vez en español por Benigno Pendás.
Ahora bien, de acuerdo al Diccionario de la Real Lengua Española, la palabra privacidad significa: “Ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de cualquier intromisión”. El mismo que es pisoteado por la invasión que realizan las mencionadas compañías de telefonía celular; y como señala María Nieves Saldaña en la Revista de Derecho Político 2012, pp. 195-240: “En efecto, aunque desde sus orígenes, la formulación del derecho a la privacidad adquiere una connotación caracterizada por el rechazo de toda intromisión no consentida en la vida privada, especialmente del Estado y los medios de comunicación”.
La visión histórica de este derecho natural nos debe impulsar, a nosotros como ciudadanos, a pedir a las autoridades mexicanas que esta ley sea aplicada, exigiendo respeto a nuestra decisión de quién nos puede llamar y quién no, aplicando un alto inmediato y enérgico a las compañías telefónicas y otras (como los partidos políticos, e incluyendo en ello a servicios funerarios y/o de cualquier otra naturaleza) y que, en caso de no cumplir, que les sean aplicadas las sanciones correspondientes. Este grave problema lo plantea Juan Pablo Beca I en un pequeño escrito titulado “Invasión telefónica de la Privacidad”, disponible en Economía y Negocios Online (datado del 28 de septiembre de 2019).
Detengamos el abuso y la invasión a nuestro derecho a la privacidad.
Atentamente,
Daniel Trujillo J.
Tijuana, B.C.