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viernes, febrero 16, 2024
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Otro revés a Bonilla; subsiste periodo corto de gobierno

Al cúmulo de demandas interpuestas con el fin de invalidar el periodo de dos años para la siguiente gubernatura, al cual se opone el mandatario estatal electo, se sumó una acción de inconstitucionalidad interpuesta por diputados de BC, la cual finalmente fue desechada por la Suprema Corte; queda otro juicio por resolver

El recurso que promovieron 11 diputados de Baja California con la idea de revertir el periodo gubernamental de dos años contemplado para la siguiente administración, fue desechado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación bajo el argumento de haberse presentado fuera de tiempo.


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Aun así, en el curso de la presente Legislatura o durante el arranque de la XXIII, sería factible interponer y resolver medios similares antes de que el gobernador electo, Jaime Bonilla Valdez, rinda protesta, según estimó el presidente del Colegio de Abogados Constitucionalistas A.C. José Hans Zamorano.

Por otro lado, está pendiente de resolución la demanda que el virtual mandatario interpuso el 14 de junio contra el Instituto Estatal Electoral y el Congreso de BC en aras de controvertir el dictamen mediante el cual se emitió su constancia de mayoría.

De cualquier manera, en caso de que la próxima gubernatura se mantenga en la modalidad de bianual, temporalidad que se ratificó a raíz de una resolución emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el 29 de mayo, Bonilla tendrá que limitarse a esos términos una vez que el 1 de noviembre tome posesión, refirió Zamorano Dueñas en entrevista con ZOOM POLÍTICO.


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“Si lo protesta por dos años 8 meses, que es el actual plazo, va a ser protestado por 2 años 8 meses, ahí debería sujetarse a la protesta”, recalcó el profesionista en alusión al escenario que en tal sentido ha de prevalecer “dentro del ámbito de un estado de derecho”.

A propósito observó que “el Congreso del Estado y el gobernador electo” tendrán que ser “muy sabios en la determinación que puedan tomar”.

De impulsarse otra medida en contra del periodo establecido luego de que el militante de Morena asuma el poder, sería “algo que en nuestro México moderno no se ha suscitado” y “estaríamos ante un escenario incierto”, estimó.

 

La decisión del alto tribunal

Por lo que respecta al fallo de la SCJN con el que quedó sin efectos la acción de inconstitucionalidad que promovieron legisladores de Morena, PRI, PRD, PT y MC, el ministro Javier Laynez Potisek acordó desechar el recurso en vista de que los diputados locales presentaron la demanda fuera de los 30 días que para acciones de esa índole establece el artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

Los “promoventes”, a saber: Héctor Mares Cossío, Victoria Bentley Duarte, Bernardo Padilla Muñoz, José Casas del Real, Job Montoya Gaxiola, Catalino Zavala Márquez, Rocío López Gorosave, Claudia Agatón Muñiz, Alejandro Arregui Ibarra, Marco Corona Bolaños Cacho y Blanca Ríos López, interpusieron una demanda contra el artículo octavo transitorio del decreto 112, el cual establece que el gobierno estatal a instaurarse en 2019 debe extenderse por espacio de dos años, de modo tal que en 2021 las elecciones locales empaten con las (intermedias) federales.

Siendo que esa disposición fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 17 de octubre de 2014, los actuales legisladores habrían de haberla impugnado entre el 18 de ese mes y el 16 de noviembre de aquel año.

Laynez Potisek reconoció que no pasó desapercibido para el alto tribunal que los demandantes manifestaron haberse encontrado impedidos de impulsar la acción de inconstitucionalidad en apego al intervalo estipulado, pues “conocieron los vicios del proceso legislativo del decreto impugnado hasta el día 8 de mayo de 2019”, tras obtener “copias certificadas de las demandas de juicios de amparo que promovieron tres municipios de la entidad (Ensenada, Tecate y Rosarito)” referentes a que tales ayuntamientos no fueron “legalmente notificados de los proyectos de reformas a la Constitución de Baja California”.

Con todo y ese pormenor, a decir del ministro instructor, la ley excluye “cualquier otro supuesto para establecer el cómputo del plazo legal” respectivo a la interposición de recursos.

A decir de José Hans Zamorano, si el Congreso de Baja California presentara una iniciativa a favor de la gubernatura de 6 años, quien se sintiera agraviado aún pudiese “promover un recurso en contra” de ese proyecto.

 

Cúmulo de recursos

El 24 de febrero de 2019, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado resolvió que la gubernatura fuera de 5 años en atención a un recurso interpuesto por Blanca Estela Fabela Dávalos (R1-18/2019) con miras a emitir una adenda a la Convocatoria para contender por el puesto, en la que quedara contemplado el quinquenio como periodo oficial.

Consecuentemente, PAN, PRI, PRD, PBC, ES, MC, así como Jaime Martínez Veloz interpusieron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación un juicio de revisión constitucionalidad electoral.

El 27 de marzo, el Trife anuló por unanimidad la sentencia del TJEE-BC. La magistrada, Janine Otálora Malasis, explicó a propósito del tribunal local: “Invadió el ámbito configurativo del Constituyente, en una función que compete al 115 Constitucional, que establece que no puede haber modificaciones de este tipo en un periodo de 90 días antes de que inicie el proceso electoral (el cual arrancó el 9 de septiembre de 2018)”.

El 3 de abril, Jaime Bonilla impugnó el Acuerdo IEEBC-CG-PA37, con el cual el Instituto Estatal Electoral aprobó su candidatura a gobernador para una administración de dos años, siendo que la convocatoria a la que atendió el político tijuanense para registrarse como candidato comprendía la adenda referente a los cinco años en el cargo.

Un mes después, el 7 de mayo, el TJEE-BC, con el voto de los magistrados Leobardo Loaiza y Jaime Vargas, resolvió a favor de Bonilla, declarando inaplicable el artículo octavo transitorio, con lo que el puesto de mandatario estatal recobró su carácter sexenal.

PAN, PRI, PRD y PBC impugnaron de nueva cuenta y el 29 de ese mes, el Trife revocó la resolución del tribunal local.

Finalmente, el 7 de junio, los diputados de Morena, PRI, PRD, PT y MC promovieron la acción de inconstitucionalidad en cuestión (la cual fue desechada a los diez días) y el 14 del mismo mes, Bonilla Valdez interpuso un medio para la protección de sus derechos político electorales, actualmente en trámite en el TJEE-BC, adonde lo reencauzó el Trife para que ese tribunal fuera agotado en su calidad de instancia previa.

Por lo tanto, en caso de que el juicio del gobernador electo prospere (lo cual podría definirse a mediados de julio), todavía pudiera impugnarse en el tribunal electoral federal, de acuerdo con el presidente del Colegio de Abogados Constitucionalistas.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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