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lunes, febrero 19, 2024
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Trife decide en elecciones de BC

Los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, Jaime Vargas y  Leobardo Loaiza Cervantes, saben, porque no es la primera vez que candidatos de partidos intentan promover una acción de inconstitucionalidad a una gubernatura por dos años, que tales promociones han resultado improcedentes.

Lo saben porque, dado el cargo que ostentan, están obligados a conocer la Ley.


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Lo saben porque más allá de la autonomía e independencia de la entidad que representan, están obligados a conocer las sentencias emitidas al respecto por el órgano que está por encima de ellos: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

No solo eso. Lo saben porque están obligados a emitir sus sentencias acorde a esos criterios.

De hecho esta semana, cuando votaron -por segunda ocasión- por mayoría la sentencia para invalidar el Octavo Transitorio de la Constitución de Baja California -aprobado desde julio de 2014-, el cual ordena que por única ocasión los candidatos que resulten electos en el presente proceso electoral cumplan periodos de dos años para empatar con las elecciones federales, ellos determinaron que sea un periodo de seis años en el Gobierno del Estado. Loaiza y Vargas sabían que los máximos magistrados de la nación no piensan como ellos.


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Por si no lo recordaban, su compañera que no votó a favor, la magistrada Elva Regina Jiménez se los rememoró, al usar los mismos argumentos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) para no acompañarlos en unanimidad.

De entrada, advirtió que no se están violentando los derechos humanos y electorales del promovente, el candidato a gobernador por Movimiento Regeneración Nacional, Jaime Bonilla Valdez, porque su derecho es ser votado y ese se está resguardando. Y participará en “elecciones libres, auténticas y periódicas, en las que la ciudadanía ejerza su derecho al sufragio”.

Además, las constituciones, federal y local solo ordenan que los mandatos no excedan los seis años y no hay un plazo mínimo, y es facultad de los congresos de los estados ampliar o acortar a través de un proceso legislativo, con un motivo justificado y tiempo de antelación, como se hizo en 2014 para empatar elecciones, en este caso por una conveniencia política. Así, desde el Trife determinaron que el desajuste temporal no es inconstitucional en sí mismo.

En cuanto al principio de certeza que el promovente considera le fue violado porque se registró en un periodo en el que la SCJN estaba revisando y corrigiendo otra sentencia del  Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, en la que también intentó invalidar el período de gobierno de dos años, la realidad es que el candidato morenista, los integrantes de todos los partidos, incluido el suyo,  los que antes estuvieron en otros institutos políticos y los nuevos miembros, sabían desde agosto de 2014 que las candidaturas de esta elección serían por dos años. Y tienen conocimiento de ello porque uno de los requisitos es que vivieran en Baja California desde hace cinco años.

Pero el proceso electivo está tan enrarecido en este tema, que incluso los alcaldes de Ensenada, Marco Antonio Novelo, y Nereida Fuentes, de Tecate, quienes fueron diputados en la XXI Legislatura que aprobó la reforma de los dos años, ahora en su calidad de ediles, promovieron un amparo refiriendo que  hace cinco años los ayuntamientos que hoy representan, no fueron debidamente consultados. Las promociones fueron desechadas igual que la del Ayuntamiento de la panista Mirna Rincón, sin embargo, Novelo y Fuentes pretendían ampararse contra acciones en la que antes participaron.

De hecho estos amparos desechados fueron argumentados por los magistrados Loaiza y Vargas  para decidir que era un asunto que podían volver a juzgar -según ellos el proceso legislativo no se cumplió al cien por ciento-, aunque el Trife ya emitió un juicio en contrario al respecto y, como su compañera Elva Regina les reiteró, el reclamo del promovente es extemporáneo. La convocatoria se publicó en diciembre y conforme a la Ley, tenían hasta el 4 de enero de 2019 para reclamar, pero no lo hicieron y terminaron impugnando fuera de plazo.

Total que de nuevo, los abogados de los partidos opositores a Morena se dirigieron a la más alta magistratura con la intención de dejar sin efecto, por segunda ocasión el intento de los magistrados locales, darle al morenista que puntea en las encuestas a gobernador, la posibilidad de administrar el Estado por más de dos años.

Y en su gran esfuerzo por proteger los derechos de un candidato, están dejando de lado el derecho de miles de electores a tener un “conocimiento cierto del periodo que va a desempeñar el funcionario que elija”, el cual le ha sido informado desde 2014 que será por dos años, y ahora de repente pretenden cambiar.

Autor(a)

Rosario Mosso Castro
Rosario Mosso Castro
Editora de Semanario ZETA.
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