Alexis Manríquez Castro, juez Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en Baja California, radicado en Tijuana, rechazó la demanda de amparo interpuesta el pasado 17 de mayo por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) contra el Decreto 335, el cual endeuda por más de 70 mil millones de pesos al Estado.
En el acuerdo del expediente 440/2019, Manríquez Castro señala que el juicio de amparo es el medio con el que los ciudadanos pueden hacer valer sus derechos fundamentales, “empero no erige la vía judicial para que los ciudadanos controlen la dirección de la política presupuestaria al margen de lo que decidan las mayorías legislativas”.
Indica que de acuerdo con los artículos 39, 40, y 41 de la Constitución Política la soberanía nacional, que reside en el pueblo, se ejerce por medio de los Poderes de la Unión o de los Estados; por lo que corresponde a tales órganos el ejercicio y representación popular en defensa de sus intereses sociales e inconformidades generales, encontrándose así legitimados para ejercer medios de control sobre las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales.
Es decir, el juez se excusa o niega conocer la demanda de amparo bajo el argumento de que “quienes la promovimos somos ciudadanos que no pueden defender a la población”, lo que directamente tendrían que hacer los poderes públicos, como el Poder Legislativo, Por tanto el juez considera “la existencia de interés simple y no interés legítimo” de los ciudadanos para defender ese tipo de desvío de recursos públicos, explicó el abogado fiscalista Adolfo Solís Farías.
Por otro lado, en el Acuerdo emitido el 23 de mayo de 2019, Manríquez Castro, señala escencialmente que el contenido del Decreto 335 es un acto es un acto materialmente administrativo -aunque formalmente legislativo-, por lo que la promoción del juicio se encuentra sujeta al término genérico de 15 días.
Ello, bajo el argumento de que el decreto no otorga competencia o establece derechos u obligaciones en materia de financiamiento de la deuda pública, pues estos ya están previstos en la Ley que se aplica, y por ende el decreto reclamado se trata de un acto materialmente administrativo, que en esencia, constituye la aplicación de la ley.
Para Solís Farías, el juzgador, de forma inconstitucional, aduce que dicho decreto constituye la aplicación de la ley, y por ende es un mero acto de aplicación por lo que el reclamo no tiene naturaleza autoaplicativa.
Consideración que el abogado juzgó errónea y violatoria de los derechos de los quejosos y de los ciudadanos de Baja California, pues la decisión de Manríquez Castro coarta el derecho a que los ciudadanos podamos acceder al juicio de amparo, un medio de control constitucional, y ventilarse una cuestión de interés social.
“No existe la certeza y plena convicción de que el motivo de improcedencia es real y operante”, dado que dejó de observar que la violación en el amparo, radica esencialmente en que los cuatro proyectos – contenidos en el decreto tildado de inconstitucional – carecen de elementos técnicos suficientes para poder garantizarle a la sociedad su correcto destino”, afirmó Solís Farías.
De haberlo hecho, el juzgador hubiese observado que los efectos que se solicitaban en el amparo, eran que se justifique, motive y corrija cada inconsistencia, para dejar solo proyectos que tengan una justificación técnica y objetiva. Lo cual hubiera sido suficiente, para comprender que el amparo si tiene el carácter de autoaplicativo.
Ante ello, el CCE interpondrá un recurso ante el Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, en Mexicali, cuya resolución podría efectuarse en dos meses. De modo que, la decisión de Manríquez Castro abre la posibilidad de que la administración de Francisco Vega de Lamadrid gane tiempo se suscriban los contratos y se establezcan los fideicomisos.
Cabe recordar que el Decreto 335 fue aprobado el 28 de marzo por 12 diputados del Congreso local, y publicado en el Periódico Oficial el 12 de abril. El documento autoriza a la Secretaría de Planeación y Finanzas que reestructure la deuda directa del Gobierno de Baja California, de $12,526,980,742.81, pese a que las arcas públicas no obtendrían beneficio.
También establece que el Gobierno de “Kiko” Vega contrate una deuda de 2 mil 600 millones de pesos con Hacienda, por la que el Estado recibirá menos recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de Entidades Federativas (FAFEF) en los próximos 20 años.
Además, de que establecer contratos de financiamiento para las APP de la Desalinizadora de Rosarito, aun cuando la empresa Aguas de Rosarito S.A. de C.V. es una “empresa de papel” que no existe en el domicilio que había proporcionado, y para la APP del Periférico Zapata-Aeropuerto.