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martes, octubre 1, 2024
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Tribunal falla a favor de ciudadanos que promueven plebiscito contra cervecera

Al considerar que no se consideraron criterios más amplios y se ignoraron elementos de carácter ambiental, social y financiero, magistrados del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California dieron entrada la recurso de impugnación promovido contra el Instituto Estatal Electoral (IEE) en donde se dictaminó como intrascendente e improcedente la solicitud de plebiscito contra las acciones de gobierno que permitieron la llegada de la empresa Costellation Brands en Mexicali.

La decisión fue tomada este miércoles en sesión pública después de que la mayoría de los magistrados votaron a favor de revocar el decreto número 4 con el que el Consejo General del IEE consideraron intrascendente e improcedente la solicitud para realizar dicho ejercicio.

Ésta es la segunda ocasión que el los magistrados votan en contra de una decisión tomada por los consejeros del IEE en el tema del plebiscito, pues el pasado 17 de enero el seno del Tribunal electoral local ordenó reponer el proceso de plebiscito. Pero en aquella ocasión fue para beneficiar a la empresa Tenedora Inmobiliaria BC, representante legal de la cervecera en Mexicali.

Después de una discusión que se prolongo más de media hora para analizar el recurso de impugnación RI-41/2019 del ciudadano Jesús Filiberto Rubio Rosas y que presentó en forma de proyecto la magistrada presidenta Elva Regina Jiménez Castillo, el resto de los magistrados, Leobardo Loaiza y Jaime Vargas Flores, decidieron apoyar el proyecto, sin embargo, fue luego de realizar unos cambios pues en un principio rechazaron la intención de revocar en su totalidad el procedimiento en el IEE.

Sin embargo, bajo el argumento de que los miembros del Consejo General del IEE no tomaron en cuenta los aspectos ambientales, sociales y financieros recabados en las opiniones técnicas que se solicitaron a diversas instituciones académicas y de la sociedad civil, lo que los magistrados decidieron que se revoque solamente el decreto 04, que tiene que ver con los parámetros que se consideraron para decidir la intrascendencia y la improcedencia.

Sobre que procederá en adelante, el consejero del IEE, Abel Ocampo Muñoz, sostuvo que no conoce hasta el momento la sentencia y el organismos público electoral no ha sido notificado aún, por lo que decidió no abundar en el tema.

Lo que si señaló es que la Comisión que preside, la de Participación Ciudadana y Educación Cívica, y el Consejo General basaron su resolución tomando en cuenta el carácter jurídico en que se basaron para votar.

“Nosotros en su momento consideramos que era un tema jurídico por el cual no procedía el plebiscito. Sin embargo, lo que alcance a escuchar en el Tribunal es que se tuvo que haber entrado al fondo. Entonces yo creo que esa es la diferencia entre los criterios. Nosotros adoptamos un criterio más jurídico y el tribunal adoptó otro” manifestó.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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