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domingo, febrero 18, 2024
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Multas de 240 a 3 mil 200 pesos por parquímetros

La medida aprobada por el Ayuntamiento se basa en la escasez de estacionamientos existentes en el primer cuadro de Ensenada. Canaco percibe fines recaudatorios

Multas que van de los 240 a los 3 mil 200 pesos están contempladas en el tabulador para quienes infrinjan once artículos del Reglamento de Tránsito relacionados con la operación de los parquímetros, una vez en marcha la concesión del servicio.


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Lo anterior se desprende del dictamen aprobado por el Cabildo el jueves 22 de noviembre de 2018, en el que también se aprobó el Reglamento para el Servicio de Estacionamiento en la Vía Pública -publicado en el Periódico Oficial el 7 de diciembre-. El Ayuntamiento se declaró imposibilitado de prestar directamente dicho servicio.

De los 17 artículos agregados al Reglamento de Tránsito, específicamente para regular el uso de parquímetros, once contemplan multas que van de las tres hasta las 40 Unidades de Medida de Actualización (UMA).

Las multas más bajas son por estar dentro del área regulada por parquímetros sin realizar el pago correspondiente, como contempla el Artículo 259; por exceder el tiempo pagado en el área regulada por parquímetros (Artículo 260), ambas equivalentes a tres UMA.


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Mientras se hará acreedor a una multa equivalente a 10 UMA ( 800 pesos) quien infrinja el Artículo 253: por introducir objetos diferentes a la moneda o cualquier otro medio de pago no autorizado correspondiente al parquímetro o por violar su cerradura, hacer mal uso de éste o provocar daños al parquímetro, independientemente del pago correspondiente a la reparación del daño y demás acciones legales a que haya lugar.

También pagará alrededor de 800 pesos quien violente el Artículo 254: por ocupar dos o más espacios cubiertos con parquímetro y por no observar el Artículo 261: efectuar maniobras de carga y descarga en el área de parquímetros, sin el permiso de la autoridad municipal correspondiente.

De igual forma, por obstaculizar o impedir de cualquier forma las acciones de inspección y verificación que lleve a cabo el agente de Tránsito Municipal, así como delimitar el ingreso de monedas al aparato de parquímetro (Artículo 255), se pagará lo equivalente a 20 UMA.

Misma cantidad deberán pagar aquellos conductores que no respeten los artículos 256, 257 y 258, referentes a duplicar, falsificar alterar los recibos de pago expedidos por los parquímetros, independientemente de las acciones legales a que haya lugar; por alterar, falsificar, duplicar o sustituir indebidamente el permiso, calcomanía, tarjeta o tarjetón para parquímetro, o cambiarlo a otro vehículo, independientemente de la cancelación de dicho permiso; y por colocar materiales u objetos en espacios regulados con parquímetros que impidan estacionarse.

Las multas más caras equivalen a 40 UMA (poco más de 3 mil 200 pesos) y se refieren al Artículo 262: por robo de inmovilizador, independientemente de resarcir el daño y de las accione legales a que haya lugar. Artículo 263: Conseguir dañar o violar el inmovilizador o intentarlo, independientemente de resarcir el daño y de las acciones legales a que haya lugar.

Para garantizar el pago de las multas a que se refieren las disposiciones anteriores, se autoriza a la autoridad municipal inmovilizar los vehículos infractores.

Las infracciones podrán ser pagadas en el propio parquímetro o las cajas recaudadoras del Ayuntamiento más cercanas, estipula el Artículo 268.

Uno de los puntos que contempla el reglamento es la figura de los avecindados o residentes de la zona donde se implemente el sistema de parquímetros, en los cuales se contempla el derecho de dos espacios a aquellos que no cuenten con entrada y salida de su predio y hasta un espacio en domicilios que sí dispongan de entrada y salida, respetando con ello los derechos de los ciudadanos residentes.

 

SIN MOVILIDAD URBANA NI ESTACIONAMIENTOS

En términos urbanos -cita el dictamen aprobado en Cabildo-, la mayor deficiencia que existe en Ensenada es la relacionada con la movilidad tanto en infraestructura vial como en el transporte público, privado y comercial.

La condición fronteriza de la ciudad ha permitido la fácil adquisición de un automóvil, causando un alto índice de motorización de 2.08 habitantes por auto, muy distante al 14.73 del resto de América Latina y el Caribe, según el mismo documento.

Sentencia que esta cantidad desproporcional de automóviles en diversas condiciones mecánicas circulan por una deficiente estructura vial caracterizada por ausencia de vialidades primarias que agilice el desplazamiento. A ello se suma que la ciudad padece de 35 interrupciones viales arbitrarias, 22 reducciones no planeadas y 40 nodos conflictivos, de acuerdo al estudio Nodos, Discontinuidades y Reducciones: Problemática en la Estructura Vial del Centro de Población de Ensenada, elaborado por el Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP).

En su numeral 6.2.3 con relación al uso de suelo, tercer párrafo, el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población (PDUCP-E)  establece: “El uso comercial y de servicios ha estado concentrado históricamente en el primer cuadro de la ciudad, lo que dejó sin cubrir de manera planeada, amplias zonas urbanas. Por la ausencia de espacios comerciales debidamente diseñados en donde se incorporen áreas para estacionamientos, de maniobras, descargas, almacenes, etc., esta carencia se cubrió con la aparición espontánea de comercio de pequeña y mediana escala a lo largo de las vialidades de mayor flujo, lo que generó corredores comerciales, sin las características necesarias. Estos corredores improvisados corren a lo largo de amplias zonas sin el uso correspondiente, como en El Sauzal, Chapultepec y Maneadero”.

De acuerdo con la Comisión de Gobernación y Legislación, en un estudio hecho por la Dirección de Administración Urbana, Ecología y Medio Ambiente del XXII Ayuntamiento, cuya área se concentró entre las calles Ryerson y Castillo, así como el Bulevar Lázaro Cárdenas y Calle Séptima, se identificó que cerca del 40% de los espacios de estacionamiento en dicho polígono son ocupados por propietarios, empleados y personas que dejan su vehículo la mayor parte de la jornada laboral, “por lo que resulta indispensable conforme al flujo que exista en esa zona, implementar un sistema de estacionamiento tarifado”.

Por lo anterior, los ediles consideraron necesario implementar una política de estacionamiento orientada a reducir los espacios ilegales y la circulación; incrementar o generar ganancias en los comercios, disminuir la congestión vehicular, mejorar el ordenamiento y paisaje urbano; así como asignar suelos distintos a los estacionamientos, tales como mayores mejores espacios para peatones y/u otros medios no motorizados.

Si bien no se aparece en el dictamen, los habitantes de Ensenada padecen de congestionamiento vial en eventos masivos como las carreras Baja 1000 y 500, el Carnaval, los paseos ciclistas Rosarito-Ensenada y accidentes de tránsito, principalmente en el llamado Tramo de la Muerte, sobre la Carretera Transpeninsular.

 

AUN SIN CONVOCATORIA PARA CONCESIONAR

Lo aprobado por Cabildo contempla sujetar al régimen de concesión el uso de la vía pública para la prestación servicio de estacionamiento público, mediante la instalación, operación, administración y mantenimiento de aparatos tipo parquímetros, en los términos, condiciones y caducidad, bajo los cuales se habrá de otorgar -de acuerdo a la convocatoria que deberá emitirse en consecuencia- con base en lo establecido en el artículo 17 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California.

Según El dictamen, se instruirá al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de Ensenada -por medio de Oficialía Mayor- para que en un término de tres días posteriores a la entrada en vigor del Reglamento para el Servicio de Estacionamiento en la Vía Pública del Municipio de Ensenada, Baja California, dé inicio con el procedimientos detallado respecto al proyecto de Régimen de Concesión, tomando en cuenta las consideraciones y fases legales establecidas conforme al Artículo 54 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios del Municipio de Ensenada, Baja California.

El 12 de diciembre, la Dirección de Comunicación Social informó a ZETA que Oficialía Mayor estaba a la espera de la publicación del Reglamento para el Servicio de Estacionamiento en la Vía Pública para comenzar con la convocatoria; tras su publicación días antes, entonces se dijo que el Comité de Adquisiciones debía sesionar. Hasta el cierre de esta edición, no hubo noticias del citado Comité.

Para conocer el modelo de parquímetros a instalar, así como su distribución y operación, o si ya hay empresas interesadas, se solicitó entrevista con Matilde López Chávez, directora de Administración Urbana, Ecología y Medio Ambiente del Ayuntamiento, sin embargo, está incapacitada por operación.

 

CANACO RECHAZA LA MEDIDA

Para Jorge Menchaca Sinencio, presidente de la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) en el puerto, la instalación de parquímetros es una medida recaudatoria extrema con la cual no está de acuerdo.

Argumenta que los estacionamientos exclusivos (amarillos) no funcionan porque la ciudad carece de suficientes grúas y policías que vigilen. “Quien quiere, se estaciona en un exclusivo porque sabe que no llegará ni la Policía ni la grúa”, enfatizó, para insistir en que se entiende como una medida recaudatoria, pero deben respetarse los espacios en amarillo.

En todo caso, propone que no se concesionen los parquímetros, sino que se compren, ya que la primera figura “es ventajosa para la empresa, se queda hasta con el 75 por ciento, mejor que el dinero se lo quede todo el Ayuntamiento”.

El dirigente de Canaco refutó que los trabajadores y propietarios acaparen los lugares, toda vez que la mayoría de los comercios pagan exclusivos.

“El problema es el exceso de carros ‘chocolate’, si los elimináramos, no necesitaríamos parquímetros”, reviró Menchaca, quien para concluir, cuestionó qué hará la autoridad municipal con los carros irregulares que remolque por no pagar el parquímetro. “Cómo se comprobará la propiedad del vehículo si el dueño no puede pagar la multa ni el arrastre, ¿qué hará con esa chatarra?”.

Autor(a)

Marco A. Flores
Marco A. Flores
Egresado de la licenciatura en ciencias de la comunicación por la Universidad Autónoma de Baja California. Ha sido reportero y jefe de información en diversos medios impresos, digitales y radiofónicos desde el 2007. Reportero del Semanario Zeta desde el año 2018.
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