La embarcación siniestrada es un buque mayor denominado “Isabel I”. Los tripulantes de la embarcación resultaron sanos y salvos. Hasta el momento no se han detectado afectaciones a la vida marina en el sitio.
ENSENADA.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en coordinación con la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), atendió el hundimiento de una embarcación mayor pesquera en Isla Coronado, en Baja California.
Derivado de un reporte de la Capitanía de Puerto de Ensenada, a través del cual se informó a esta autoridad ambiental del hundimiento de una embarcación mayor pesquera en el Océano Pacífico, en la zona circundante a Isla Coronado, frente a las costas de la Ciudad de Tijuana, Baja California, inspectores federales acudieron a atender el percance.
De acuerdo al primer reporte, según un comunicado de PROFEPA, un buque sardinero de nombre “ISABEL I” se fue a pique a una profundidad de 33 metros, saliendo todos sus tripulantes ilesos de la contingencia. Se desconocía en un inicio la cantidad de combustible almacenado en los tanques de esta embarcación.
Por tal motivo se iniciaron acciones coordinadas entre SEMAR, CONANP y PROFEPA de forma inmediata, debido a que este suceso se presentó dentro de la Zona de Amortiguamiento Marina denominada “Archipiélago Coronado”, que pertenece al Área Natural Protegida “Reserva de la Biósfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California”.
DEJA MANCHA DE COMBUSTIBLE; TRAÍA 6 MIL LITROS EN TANQUES
Se realizaron recorridos marítimos en el lugar en donde se presentó el hundimiento de la embarcación mayor; inicialmente se detectó una mancha iridiscente de aproximadamente 800 metros de largo en la superficie marítima, misma que por sus características de olor y textura al tacto pudo identificarse como hidrocarburo ligero, que al parecer provenía de la embarcación.
En la periferia al hundimiento se localizaron en la zona del siniestro cuatro Lobos Marinos Californiano (Zalophus Californianus), cuatro Cormoranes (Phalacrocorax) Penicilatus), dos Pelicanos (Pelecanus Occidentalis), cuatro Gaviotas (Laurus Occidentalis), dos charranes (Thalacceus Maximus), dos aves playeras (Calidris sp); los cuales no presentaban daños o posibles afectaciones a su salud, derivado de la exposición al hidrocarburo.
Durante los primeros recorridos marítimos se pudo observar que por las características físico-químicas del hidrocarburo derramado, éste estaba presentando rápidamente un proceso de evaporación ante las condiciones naturales como oleaje, exposición solar, corrientes marinas y viento.
En respuesta al siniestro presentado, la empresa responsable identificada como “Baja Aqua Farms” inició de forma inmediata labores de contención que aún continúan, así como el retiro de los hidrocarburos mediante barreras y toallas absorbentes ideales para remover los hidrocarburos presentes.
Asimismo, de acuerdo a un informe por parte del propietario de la embarcación, al momento de su hundimiento contaba con alrededor de 6 mil litros de combustible en sus tanques, cuyas válvulas fueron cerradas después del hundimiento por buzos profesionales contratados por la empresa, para evitar posibles incendios o derrames adicionales.
La empresa continuará realizando las maniobras necesarias para evitar afectaciones e impactos al medio ambiente, a la biodiversidad marina y el hábitat de estas.
La PROFEPA, en coordinación con las demás instancias correspondientes y en el ámbito de su competencia, realizará las diligencias correspondientes y ejecutará acciones permanentes en el sitio del evento. Teniéndose ya programados sobrevuelos en el lugar para monitorear el avance en los trabajos y situación del barco hundido.
En apego al artículo 10 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, que señala: “Toda persona física o moral que con su acción u omisión ocasione directa o indirectamente un daño al ambiente, será responsable y estará obligada a la reparación de los daños, o bien, cuando la reparación no sea posible a la compensación ambiental que proceda, en los términos de la presente Ley.”
Esta autoridad continuará realizando las labores correspondientes y en caso de posibles afectaciones o daños el medio ambiente, se ejecutarán los procedimientos administrativos o penales correspondientes.