Según los datos proporcionados por la Secretaría de Trabajo y Desarrollo Social (STDS), en Baja California Sur son más de 400 mil personas las que conforman la población económicamente activa en 2017.
Es decir, por lo menos 300 mil ciudadanos esperaron la prestación anual correspondiente al aguinaldo, misma que debe corresponder a por lo menos 15 días de su salario y que debió de haberse entregado antes del día 20 de diciembre.
“Los trabajadores tienen un derecho irrenunciable y consignado en la Ley Federal del Trabajo, precisamente en el Artículo 87, el cual marca que a más tardar el día 19 de diciembre, de cada Ejercicio Fiscal, el trabajador tiene el derecho irrenunciable de percibir un aguinaldo, una gratificación denominada aguinaldo que no puede ser menor a 15 días de salario”, comentó Gustavo Hernández Vela Kakogui, secretario del Trabajo en la entidad.
Ante ello, todo patrón debe pagar el aguinaldo en moneda de curso legal, es decir, efectivo, y de ninguna manera intentar pagarla con algún tipo de vale, pues incurren en una falta a la ley.
“El pago tiene que ser en moneda de curso legal, aquí no hay ninguna situación de que se pueda pagar con vales, con mercancía o con alguna otra situación, tiene que ser en moneda de curso legal y solamente, solamente si el trabajador está de acuerdo, podrá depositarlo en alguna tarjeta de las llamadas de débito o en alguna cuenta bancaria; si esta cuenta bancaria le cobra alguna cantidad por manejo de cuenta o alguna situación, decirle a los trabajadores que eso corresponderá a cargo de los empleadores o patrones”, refirió Vela Kakogui.
Si algún empleado no recibió su pago previo al día 20 de diciembre, tal cual lo marca la Ley Federal del Trabajo, tiene la obligación de hacer una denuncia, y en su defecto, el empleador podría ser acreedor a una multa de hasta 370 mil pesos.
“Si el patrón no paga el aguinaldo en forma, podría significar una multa por parte de autoridades laborales que pueden ir desde los 18 mil pesos hasta los 370 mil pesos, esto depende del número de trabajadores que laboren en la empresa, el número de trabajadores a los cuales no se les pagó el aguinaldo”, comentó el secretario del Trabajo.
En 2015 y 2016, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social atendió 201 quejas de quienes no recibieron sus aguinaldos en tiempo y forma. Todas fueron resueltas por la vía conciliatoria y tan solo se sancionó a una de ellas.
De las más de 400 mil personas que conforman la población económicamente activa en el Estado, son alrededor de 175 mil las que se encuentran actualmente ligadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), 80 mil más no están inscritas, pero tienen trabajos eventuales y el resto son trabajadores de comercios diversos.
Frente a ello hay una realidad paralela en la que comerciantes emprendedores no perciben esta prestación, sin embargo, tienen que prepararse y buscar alternativas para pagar a sus empleados.
“Aunque nosotros no percibimos aguinaldo, provechamos la temporada porque a la mayoría de la gente les dan aguinaldo y nosotros, como comerciantes, aprovechamos esta temporada para cumplir con nuestros trabajadores; por lo que nos preparamos, en mi caso me voy a expos y traigo artículos novedosos para la venta y así vender más”, comentó la señora Norma Rodríguez, quien es comerciante.
Por otro lado, existen aquellos trabajadores que no son formales, pues tan solo trabajan por temporadas y aunque en este caso no se tiene la obligación de dar un aguinaldo, hay quienes optan por dar una compensación a los empleados.
“Nosotros contratamos por temporada navideña y al terminar la temporada se les da una pequeña compensación a cada uno de los trabajadores, según los días que laboren y en base a su sueldo”, compartió Gabriela Álvarez, comerciante local.
Según la situación de cada trabajador, son las dudas que se ven reflejadas ante el cobro de este derecho irrenunciable; algunas de las principales son el saber cuánto es el monto que se debe cobrar, mismo que varía según el sueldo y los días trabajados de cada empleado.
Al respecto, es importante hacer del conocimiento que cualquier trabajador que haya sido incapacitado temporalmente, tiene derecho a recibir su aguinaldo completo.
Ante ello, autoridades de dependencias laborales exhortan a la ciudadanía a tener un acercamiento a cualquiera de las instancias en dado caso de tener alguna duda o denuncia referente al tema de los aguinaldos o cualquier asunto que repercuta en su situación laboral actual.