El pasado 25 de agosto, el Gobierno del Estado, así como el Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de la Vivienda para Baja California (INDIVI) y la persona moral Fraccionamiento General Contreras, S.A. de C.V., firmaron un convenio de regularización para los habitantes de la colonia 3 de Octubre, quienes podrán obtener títulos de propiedad por los predios ocupados desde 1991.
En el recorrido que ZETA realizó por la colonia, se percibió que la mayoría de los habitantes cuestionados, aseguraron desconocer este convenio, mientras que los pocos pobladores enterados vieron con beneplácito tal medida que les permitirá legalizar el inmueble que habitan.
“A veces uno quiere hacer trámites y, ¿cómo presentas un papel, si no tenemos papeles?… queríamos sacar un pasaporte, un permiso, pero necesitas tener un comprobante de domicilio, de propiedad”, comentó la señora María Elena, quien llegó a la colonia hace 16 años.
Víctor Manuel, que vive en la 3 de Octubre desde hace 15 años, señaló que durante ese tiempo jamás ha sido requerido por ninguna persona que se diga dueña, por lo que se asentó ahí, señalando que su única preocupación es que si deja su casa sola, alguna otra persona lo pueda despojar, ya que al ser su propia permanencia irregular su única garantía, reconoce que no podría reclamar ante las autoridades.
La mayoría adquirió la posesión de sus predios haciendo un traspaso con los fundadores de la colonia y se manifiestan de acuerdo en pagar por los terrenos que ocupan y así obtener títulos de propiedad, siempre y cuando la empresa propietaria otorgue facilidades de pago. De no ser el caso, no cuentan con otra alternativa de vivienda.
Mediante la firma del convenio, el Gobierno del Estado reconoció la propiedad del polígono con clave catastral JD-000-001, terreno de 125 hectáreas que alberga alrededor de 2 mil 200 familias asentadas irregularmente, en favor de Fraccionamiento General Contreras, cuya administradora única es la señora Blanca Lilya Contreras Gaona.
Dicha propiedad fue acreditada mediante sentencia ejecutoriada de juicio de prescripción positiva, el 14 de agosto de 1991, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, el 21 de julio de 2000, bajo partida 5220189 Sección Civil. No obstante, ello no representa la totalidad del asentamiento, siendo que una parte del mismo se ubica en un polígono diferente, por lo que se espera que el propietario llegue a un acuerdo similar.
Las cláusulas del convenio facultan a INDIVI a que lleve a cabo “la regularización técnica y jurídica de la tenencia de la tierra respecto a la fracción de terreno con Clave Catastral JD-000-001, misma que constituye el asentamiento humano irregular denominado Jardines de la Mesa (3 de Octubre)”.
Asimismo, señalan que “se faculta a el INDIVI para que lleve a cabo de manera conjunta con la PROPIETARIA por conducto de sus apoderados legales de manera conjunta o separada, la formalización de los contratos traslativos de dominio (títulos de propiedad) de los predios resultantes de la lotificación del INMUEBLE, a favor de todas aquellas personas que acrediten haber cumplido con todas y cada una de las obligaciones pactadas con la PROPIETARIA, mediante la exhibición del finiquito que ampare el pago total del lote de terreno contratado”.
De igual modo, se establece que al estar el polígono ocupado en su totalidad y no haber predios disponibles para donar a INDIVI, la dependencia cobrará una cuota de recuperación por la cantidad de 2 mil pesos a cada posesionario que inicie trámite de regularización.