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martes, febrero 20, 2024
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México y EU se repartirían bienes del “Chapo”

Acuerdo firmado entre ambos países en 2001 posibilita compartir activos de cualquier delincuente si hubo participación o colaboración en el decomiso. Aunque no se ha localizado la fortuna de Joaquín Guzmán Loera, se tienen asegurados unos 27 inmuebles, 51 vehículos y más de 10 aeronaves

 


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Mientras algunos especialistas en derecho internacional estiman que la probabilidad de que los Estados Unidos de América se haga de parte de los bienes o fortuna del presunto narcotraficante mexicano Joaquín “El Chapo” Guzmán, depende de los acuerdos a que éste último llegue con ese gobierno, existe un documento olvidado que posibilita el compartimiento de bienes decomisados entre México y la Unión Americana.

Claro que si el hombre reclamado por la justicia extranjera pacta, declarándose culpable y decide voluntariamente señalar y entregar activos a sus juzgadores, la situación sería más sencilla; sin embargo, no son muchos los bienes asegurados al líder del Cártel de Sinaloa, y la mayoría están registrados a nombre de terceros, quienes ya reclaman su devolución en territorio nacional.

También podría Guzmán Loera dar una lucha jurídica contra la extradición y buscar permanecer más tiempo en México, con la esperanza de ganar el amparo o fugarse de nueva cuenta, pero tarde que temprano tendrá que comparecer ante las Cortes de Distrito que lo reclaman al otro lado de la frontera.


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Los Estados Unidos de América seguirán presionando para que en México se localicen todas las propiedades de este capo y otros lugartenientes del grupo criminal del Pacífico, pues hasta hoy, no existen indicios de la fortuna que la revista Forbes estimó al “Chapo” en mil millones de dólares, y que le mantuvo por cuatro años consecutivos en la lista de los multimillonarios mundiales.

Y es que ese documento olvidado, que nadie cita cuando se señala que al gobierno norteamericano le interesa el dinero de los narcotraficantes mexicanos, existe. Ahí está, vigente desde hace 15 años. Se trata de un acuerdo firmado entre México y la Unión Americana para compartir bienes incautados materia de delitos.

 

UN CHEQUE EN BLANCO

El 4 de septiembre de 2001, durante la reunión del Grupo de Asuntos Legales y Narcotráfico, en el marco de la XVIII Reunión de la Comisión Binacional México-EUA, los procuradores generales de ambas naciones firmaron el Memorándum de Entendimiento entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el de los Estados Unidos de América, en materia de Compartimiento de Bienes Decomisados en Procedimientos Penales.

Se acordó que los bienes a compartir pueden ser activos de cualquier tipo: corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles. Pero sólo tratándose de bienes que hayan sido decomisados conforme a una resolución final e inapelable de un tribunal u otra autoridad competente.

Rafael Macedo de la Concha

Rafael Macedo de la Concha

También se pueden compartir aquellos bienes declarados como abandonados por el Servicio de Administración de Bienes Asegurados (SAE), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que cuenten con ratificación de la autoridad judicial.

El Artículo IV punto 1 del acuerdo detalla que “las Partes podrán compartir dichos bienes o el producto de su venta, en parte o en total”, cuando se haya prestado asistencia en investigaciones, procedimientos o acciones que hayan dado como resultado el decomiso.

Las partes pueden hacer notar el grado de cooperación y participación, determinando el gobierno que haya sido asistido, discrecionalmente, el monto que se compartirá en reconocimiento de la contribución del otro gobierno.

Así, los bienes que fuesen compartidos por los Estados Unidos de América serán transferidos a la Procuraduría General de la República  (PGR) o al SAE (SHCP), y los bienes compartidos por México serán transferidos al Departamento de Justicia o al Departamento del Tesoro del gobierno norteamericano.

El acuerdo bilateral entró en vigor el mismo día que ambas partes lo suscribieron en Washington y podrá darse por terminado el día que cualquiera de las partes lo desee, surtiendo efectos seis meses después de notificarlo a su homóloga.

Hasta hoy no se ha hecho pública su aplicación en algún caso en específico en las diversas detenciones de narcotraficantes y aseguramiento de sus propiedades en operativos que cuentan con la colaboración de ambos países. Lo único que se ha hecho patente es la presencia de agentes de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) durante algunas de las más recientes capturas de personajes del crimen organizado en México.

 

FORTUNA FRAGMENTADA

La inmensa riqueza de Joaquín Archivaldo Guzmán Loera no aparece por ningún lado. El capo y su parentela vivían con lujos, pero no se cuentan los mil millones de dólares. Ni siquiera de pesos. Y eso que en sus dos recapturas, la de hace dos años en Mazatlán y la de hace cuatro meses y medio en Los Mochis, en Sinaloa, han sido asegurados unos 27 inmuebles, 51 vehículos y más de 10 aeronaves.

Si se toma en cuenta que el entonces procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, reconoció el 22 de febrero de 2014 que los Estados Unidos de América colaboraron para recapturar en aquella fecha al “Chapo” Guzmán, estamos ante el escenario que habla este acuerdo de compartimiento de activos. Obvio, cuando los bienes sean decomisados en definitiva.

El ex fiscal de la nación lo declaró ese día: “Esta coordinación fue entre todas las agencias mexicanas de seguridad. Tuvo también colaboración, de la información que se nos dio, de los movimientos que en el territorio norteamericano se daban y con una colaboración muy plena, también, con algunas agencias de Estados Unidos, fue a plenitud lograda en la mejor fuerza posible (sic)”.

Además del poderoso arsenal asegurado, consistente en 97 armas de fuego largas y 36 cortas, dos lanzagranadas y un lanzacohetes, se enlistaron en los bienes incautados: 43 vehículos, 19 de ellos blindados, 16 casas y cuatro ranchos. Las viviendas incluían aquellas siete que estaban interconectadas a través de túneles al drenaje de la ciudad de Culiacán, por donde Guzmán se escabulló de la milicia en esos primeros días de 2014.

Luego, con motivo de la fuga del sinaloense del penal de máxima seguridad del Altiplano (de la que no tiene culpa el gobierno estadounidense) el 11 de julio de 2015 y las posteriores investigaciones, la PGR, en voz de su titular, Arely Gómez, informó en octubre siguiente del aseguramiento de 11 avionetas, siete inmuebles y ocho vehículos, en los Estados de México, Puebla y Sinaloa.

Al ser recapturado el evadido el 8 de enero de 2016, tras una balacera en la ciudad de Los Mochis y donde volvió a recorrer el alcantarillado, al confirmar la noticia, el gobierno mexicano ya no dijo que contó con la asistencia de agencias de seguridad de los Estados Unidos de América, sino que buscó un discurso triunfalista en favor de las instituciones federales del país.

 

PRESTANOMBRES

De los vehículos y residencias asegurados en Culiacán los días previos y posteriores a la recaptura del “Chapo” Guzmán, aquel 22 de febrero de 2014, los presuntos dueños a nombre de quienes se encuentran los activos ya han ejercido su derecho de pelear jurídicamente su devolución a través de los tribunales, obteniendo en algunos casos resoluciones favorables.

Jannet Reno

Jannet Reno

Arely Adriana Quintero Luna, ganó un amparo el martes 24 de mayo de 2016 en el Juzgado Segundo de Distrito de Sinaloa, para que el director general del Instituto Catastral del Estado de Sinaloa levante la inscripción del aseguramiento que pesa sobre el inmueble ubicado en Calle Esteban Baca Calderón número 1958, Colonia Díaz Ordaz, propiedad de la quejosa.

La misma mujer reclama la orden dada el 18 de mayo de 2015 por el Ministerio Público Federal, al mismo director de Catastro para cambiar el titular de la clave catastral del inmueble ubicado en Constituyente Enrique Colunga número 1825, Colonia Libertad, una de las casas con túneles al drenaje de Culiacán, según la averiguación previa PGR/SEIDO/UEITA/189/2014.

Por su parte, Venancio Higuera Rocha obtuvo el amparo del mismo juez para que la autoridad ministerial deje sin efecto el aseguramiento de un automotor Mercedes Benz, línea G63 AMG biturbo, modelo 2013, color designo platinum magno, uno de los 43 vehículos afectos a la indagatoria PGR/SEIDO/UEITA/029/2014. La resolución fue confirmada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal en Mazatlán.

Alma Delia López Arredondo es propietaria de otro ostentoso vehículo Mercedes Benz SL 63 AMG con valor de 2 millones 639 mil pesos, el cual reclama -en tercer intento- en un juicio de amparo interpuesto ante el Juzgado Cuarto de Distrito de Culiacán.

Otros de los inmuebles asegurados en 2014 fueron facilitados por autoridades federales a guarderías, grupos de rehabilitación de alcohólicos o adictos a las drogas, o simplemente lucen abandonados. Algunos se ubican en Calle Constituyente Emiliano García número 1811, colonia Libertad; Calle Río Humaya número 130, Colonia Guadalupe; Calle Puerto de Veracruz número 1647, Colonia Vallado Nuevo; Calle Javier Mina número 1126, Fraccionamiento Los Pinos; y Calle Cerro de las Siete Gotas número 642, Colonia Antonio Rosales y/o Colinas de Sanmiguel; todas en Culiacán, Sinaloa.

Otros bienes asegurados, pero entre 2015 y 2016, se localizan en el municipio de Almoloya de Juárez, en Puebla; además en Navolato y Culiacán, Sinaloa. Casas, camionetas, motocicletas, cuatrimotos, avionetas, pista de aterrizaje y teléfonos celulares, relacionados con la investigación de la fuga del Altiplano.

 


 

 

Revisan primera recaptura del “Chapo”

A casi seis meses de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no ejercer la facultad de atracción para conocer de un recurso de revisión interpuesto por el presunto narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán, el asunto apenas regresó al Tribunal Colegiado en Materia Penal en el Estado de Sinaloa.

Se trata de la revisión del juicio de amparo que fue denegado por el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito al líder del Cártel de Sinaloa por los delitos federales relacionados con su primera recaptura, ocurrida el 22 de febrero de 2014 en la ciudad de Mazatlán.

El 27 de marzo de 2015, la magistrada María de Lourdes Villagómez Guillón negó el amparo a “El Chapo” Guzmán en contra de la confirmación del auto de formal prisión que le fue dictado por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y posesión de cartuchos para arma de fuego, también de uso reservado para las Fuerzas Armadas.

El 10 de agosto próximo pasado, el magistrado Alfredo López Cruz, quien elaboraba el proyecto de sentencia del amparo en revisión y sus compañeros del Tribunal Colegiado Penal, solicitaron formalmente a la SCJN ejercer la facultad de atracción. Aunque inicialmente aceptaron el asunto a trámite, los ministros del máximo órgano de justicia del país determinaron a finales de octubre de 2015 que el recurso debe ser resuelto por los colegiados.

Luego de una larga espera, el martes 24 de mayo de 2016, el Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en el puerto de Mazatlán anunció en sus acuerdos: “Se tiene por devuelto el amparo en revisión 213/2015 y la resolución por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ciudad de México, en la cual se determinó no ejercer la facultad de atracción”.

Por el momento se desconoce si el expediente regresará a la ponencia del magistrado Alfredo López Cruz, o será turnado de nueva cuenta para que se dicte el fallo correspondiente. Redacción ZETA

 

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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