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lunes, septiembre 30, 2024
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Después del martes, ni una firmas más

El próximo martes primero de marzo cierra el plazo para recabar firmas de apoyo hacia los aspirantes a candidatos independientes a las presidencias municipales en Baja California.

Es el mismo plazo de quienes buscan competir sin el apoyo de un partido político por la candidatura que los lleve al escaño en el Congreso estatal.

Del 2 al 4 de marzo, los aspirantes deberán presentar ante el Instituto Estatal Electoral los formatos en que se recabaron los apoyos ciudadanos, mismos que serían revisados por el Instituto Estatal Electoral del 5 al 18 de marzo y cotejado ante las autoridades nacionales electorales.

Además, del 2 al 11 de marzo, los aspirantes presentarán sus informes de gasto durante la recepción de apoyos ciudadanos. El artículo 19 del ordenamiento aplicable señala que dichos recursos deberán ser de procedencia privada y que “El tope será el equivalente al diez por ciento del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate”.

Por poner un ejemplo en Tijuana, los aspirantes a candidatos deberán de reunir 30 mil 703 sin gastar más de 1 millón 5 mil 175 pesos, en Mexicali 17 mil 640 firmas sin superar los 663 mil 542 pesos, Ensenada 8 mil 809 apoyos con un tope máximo de 428 mil 502 pesos y en Rosarito y Tecate 2 mil 12 y 1 mil 930 firmas con un máximo gasto de 201 mil 35 pesos.

La Ley agrega: “los aspirantes que rebasen el tope de gastos señalado en el párrafo anterior perderán el derecho a ser registrados como Candidato Independiente o, en su caso, si ya está hecho el registro, se cancelará el mismo”.

Los aspirantes a munícipes y a diputados que logren el porcentaje del listado nominal requerido para validar su candidatura, 2.5 por ciento de la demarcación municipal y 3 por ciento de la demarcación distrital, respectivamente, obtendrían su constancia como candidatos independientes el 19 y el 20 de marzo.

La Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes no contempla el Estado de Baja California, no establece un plazo para el retiro de la propaganda de los aspirantes.

 

Autor(a)

Héctor Ramón González Cuéllar
Héctor Ramón González Cuéllar
Héctor Ortiz Ramírez Héctor Ortiz Ramírez Hector O 37 cygnus9304@hotmail.com
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