Sin mayor sobresalto ni debate, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consideró improcedente el recurso interpuesto por los ahora ex consejeros del Instituto Estatal Electoral (IEE), Olga Viridiana Maciel, Abel Muñoz Pedraza y Jorge Alberto Aranda Miranda, quienes exigían una prima de antigüedad con motivo del término de su encargo en el Consejo General del organismo autónomo.
Este miércoles 19 de noviembre en punto de las 10 de la mañana, la Sala Superior analizó una gran lista de temas a considerar en todo el país, donde destacó para Baja California la impugnación presentada ante Sala Guadalajara, para que los ahora ex consejeros tuvieran un derecho vinculado exclusivamente a los trabajadores, el cual rondaría -según estimaciones generales- a un monto de 6 millones de pesos.
El recurso analizado por la Sala Superior con número de expediente SUP-106/2025, fue leído junto con un compendio de 10 determinaciones de improcedencia emitidas por los diversos magistrados Claudia Valle Aguilasocho, Mónica Aralí Soto Fregoso, Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Reyes Rodríguez Mondragón y el presidente Gilberto Batiz García.
No hubo debate en el tema, pues los magistrados consideraron que la petición de una prima de antigüedad para los ex funcionarios no era competencia de materia electoral, por lo que consideraron improcedente la petición radicada en la primera determinación del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, donde la magistrada local, Graciela Amezola, consideró que los consejeros son considerados patrones, no trabajadores; y por ende, no adquirían el derecho a un beneficio económico de esta naturaleza.
Con la determinación, la Sala Superior cierra un capítulo en torno a los beneficios mutualistas que aspiran los consejeros electorales, quienes ahora podrán analizar sí continúan con el recurso legal a través de juzgados laborales o constitucionales.







