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viernes, octubre 10, 2025
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La venganza penal (Primera parte)

Hemos sido testigos en la práctica de la carrera de abogacía que ejerzo, de cómo diariamente unas personas amenazan a otra u otras con llevarlos a la cárcel y que sean procesados ante una autoridad judicial; incluso se han llegado a grabar estas amenazas en videos cuando las personas están siendo agredidas y amenazadas de que llamarán a la policía para proceder a la detención de una falsa acusación.

Esto sucede con frecuencia cuando alguien pretende crearle a otra persona un serio conflicto, ya por una simple venganza o atribuyéndoles conductas penales que los acusados nunca cometieron, y esto nos hace reflexionar sobre el supuesto estado de Derecho que vivimos, en donde existe una represión que es carente de garantías y de límites.

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La mayoría de la sociedad concibe al derecho penal como una forma de justicia social, de prevención de delitos y consecuentemente de protección para la mayoría de la sociedad.

¿Cuál es entonces la función del Ministerio Público? Partiendo de que el numeral 127 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que le compete al Ministerio Público conducir la investigación, coordinar a los policías y a los servicios periciales durante la investigación, resolver sobre el ejercicio de la acción penal y ordenar las diligencias útiles para demostrar, o no, la existencia de un delito y la probable responsabilidad de quien lo cometió o participó.

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Por su parte, el artículo 129 del Código ya citado, dice que durante la investigación tanto el imputado como su defensor, la víctima o el ofendido, pueden solicitar al Ministerio Público todos los actos de investigación que se consideren pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, aunque en mucho de estos actos de investigación se violente la presunción de inocencia, lo cual repercute en el imputado y en general en la sociedad y es ahí cuando se aplica la prisión preventiva y se vuelve realidad la amenaza de que: “Te dije que te metería a la cárcel”.

Así se cumplen las amenazas de muchas personas que carecen de decoro y de decencia y que con amigos policías y la falta de viveza el Ministerio Público le crean un problema mayúsculo a otro ciudadano.

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Existen ocasiones en que personas que han terminado su relación de pareja ocurren ante los cándidos defensores de oficios, para acusar al padre de sus hijos de que éste no les otorga pensión alimenticia a sus niños; al mismo tiempo, esas perversas personas también se van a las oficinas centrales de la Defensoría de Oficio y piden el auxilio bajo el pretexto de que no pueden pagar los honorarios profesionales de un abogado particular, y aparte de haber denunciado penalmente a su ex pareja, ya también lo denunciaron por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar. Y no lo dude usted, amable lector, que si hubiera otro medio de denunciarlo o perjudicarlo lo harían con toda la mala fe del mundo, sedientos de ver los resultados de cómo sus ex parejas y padres de sus hijos tienen ahora un conflicto civil y penal también.

Tengo que aclarar que, si un padre no proporciona pensión alimenticia, efectivamente está cometiendo un delito; me refiero al escribir estas líneas a la insaciable sed de venganza que tienen ciertos ciudadanos de denunciar a otros para causarles graves y serios problemas.

Incluso, en este último caso que refiero, el ciudadano pudo haber sido citado a una Agencia del Ministerio Público para que se le recibiera su declaración y un día al salir de su casa para irse a trabajar o llegando a su centro de trabajo, es detenido por una pareja de Agentes de Investigación que le informarán que lo están deteniendo por una orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público al Juez Penal y que deben de llevarlo a la Penitenciaria, donde quedará internado a disposición de un “Juez de Control Garantías”, que al día siguiente lo hará comparecer ante su presencia para que responda por los graves hechos que se le imputan y que ofenden gravemente a la sociedad y, por supuesto, a la persona que con fines de venganza lo denunció.

Benigno Licea González es doctor en Derecho Penal y Derecho Constitucional; fue presidente del Colegio de Abogados “Emilio Rabasa” y actualmente preside el Colegio de Medicina Legal y Ciencias Forenses de B.C.

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